Por Silvio H. Coppola
Este resumen tiene el solo propósito de poder hacer comparaciones, en muchos casos de estimación de deudas, sobre todo en lo que se refiere a valores y a totales relativos a la deuda externa.
En la época hispánica circularon monedas de oro y plata, aunque prevaleció principalmente esta última. El peso (también denominado duro o escudo de plata o real de a ocho) equivalía a una onza de plata. El peso de la onza es variable, pero alrededor de 28,7 gramos (dieciseisava parte de la libra). Un peso era igual a 8 reales. Entre las monedas de oro la base fue la onza de oro (también llamada doblón de a ocho o pelucona) igual a 8 escudos o ducados. La onza pesaba 27,0643 gramos y era de ley variable ( proporción de oro fino que contiene en relación al total) según la época, pero en general de 0,91666 (11/12 partes).
En 1812 se estableció la paridad de la onza de oro en 17 pesos fuertes ($F) (una libra esterlina valía 16 onzas). Eran convertibles, aunque en la mayoría de las épocas fue sólo una ficción. Situación que duró hasta 1864 en que la paridad se fijó en 16. El peso fuerte se denominaba así, para diferenciarlo del peso papel o moneda corriente (m/c) que comenzó a circular en 1826 y era inconvertible.
En 1867 se volvió a la convertibilidad a razón de 25 m/c por cada $F. En 1876 vuelve a ser inconvertible. En 1881 se volvió a la convertibilidad por ley 1130 al cambio de 25 m/c por un peso oro sellado (o$s). Entonces se retiran los pesos papel (m/c) y se los reemplaza por pesos moneda nacional (m$n) a razón de 25 m/c por 1 m$n o sea que un nuevo peso moneda nacional equivalía a un peso oro sellado (o/s) con 1,6129 gramos de oro y convertible. La moneda de oro de menor denominación fue el Argentino de oro, equivalente a 5 o$s.
Aquí se puede hacer constar que hasta entonces, circularon en el país diversas monedas, en especial el peso boliviano (moneda de plata, de un valor menor que el $F).
En 1885 se vuelve a la inconversión, comenzando a diferenciarse el peso m$n del peso o$s. La que se mantuvo hasta 1902, en que se volvió a la conversión en oro al tipo de m$n 2,2727 por peso o$s, dada la pérdida de aquél desde su creación, por su inconvertibilidad.
Desde el 9 de agosto de 1914 hasta el 25 de agosto de 1927 volvió a regir la inconvertibilidad. Y luego desde el 16 de diciembre de 1929 (crisis del 30). Desde entonces, salvo el período de sumisión del menemato de la década de 1990, en que rigió una especie de convertibilidad de la moneda argentina con relación al dólar estadounidense de uno por uno (ley 23.928, derogada por ley 25.563), cuando en USA ya habían dejado la convertibilidad con relación al oro, desde 1971. O sea que nuestra convertibilidad era en todo caso de papel contra papel y de contraer deudas cada vez más lapidarias, al ser necesaria cantidad infinita de dólares para sostener el engendro, no bastando el endeudamiento por generaciones, sino que hubo que enajenar todo lo que se pudiera del patrimonio nacional. Mientras la atrasada clase media argentina, se hacia notar por el déme dos.
La persistente inflación producida desde mediados del S.XX, llevó a varios cambios en el signo monetario:
A partir del 1° de enero de 1970, rigió la ley 18.188, que sustituyó al peso moneda nacional por el peso ley 18.188 (le sacaron dos ceros: 100 $ m/n = 1 $ ley.
Por ley 22.707 del 6 de enero de 1983, se creó el peso argentino ($a), valiendo cada uno 10.000 pesos ley (cuatro ceros menos).
Por decreto 1096/85, se creó el Austral (A), equivalente a $a 1.000 (se sacaron tres ceros).
Por decreto2128/91 se creó el peso ($), equivalente a 10.000 A (se sacaron cuatro ceros), actualmente en vigencia.
LA PLATA, diciembre primero de 2009.
ACOTACIÓN: La moneda universal y más codiciada, sigue siendo el oro. Se estima que en el mundo hay 125.000 tns. del metal, de las cuales el 40% se encuentra en los bancos centrales.
BREVE HISTORIA DE LAS MONEDAS QUE CIRCULARON EN NUESTRO PAÍS, DESDE EL DESCUBRIMIENTO A LA ACTUALIDAD
Este resumen tiene el solo propósito de poder hacer comparaciones, en muchos casos de estimación de deudas, sobre todo en lo que se refiere a valores y a totales relativos a la deuda externa.
En la época hispánica circularon monedas de oro y plata, aunque prevaleció principalmente esta última. El peso (también denominado duro o escudo de plata o real de a ocho) equivalía a una onza de plata. El peso de la onza es variable, pero alrededor de 28,7 gramos (dieciseisava parte de la libra). Un peso era igual a 8 reales. Entre las monedas de oro la base fue la onza de oro (también llamada doblón de a ocho o pelucona) igual a 8 escudos o ducados. La onza pesaba 27,0643 gramos y era de ley variable ( proporción de oro fino que contiene en relación al total) según la época, pero en general de 0,91666 (11/12 partes).
En 1812 se estableció la paridad de la onza de oro en 17 pesos fuertes ($F) (una libra esterlina valía 16 onzas). Eran convertibles, aunque en la mayoría de las épocas fue sólo una ficción. Situación que duró hasta 1864 en que la paridad se fijó en 16. El peso fuerte se denominaba así, para diferenciarlo del peso papel o moneda corriente (m/c) que comenzó a circular en 1826 y era inconvertible.
En 1867 se volvió a la convertibilidad a razón de 25 m/c por cada $F. En 1876 vuelve a ser inconvertible. En 1881 se volvió a la convertibilidad por ley 1130 al cambio de 25 m/c por un peso oro sellado (o$s). Entonces se retiran los pesos papel (m/c) y se los reemplaza por pesos moneda nacional (m$n) a razón de 25 m/c por 1 m$n o sea que un nuevo peso moneda nacional equivalía a un peso oro sellado (o/s) con 1,6129 gramos de oro y convertible. La moneda de oro de menor denominación fue el Argentino de oro, equivalente a 5 o$s.
Aquí se puede hacer constar que hasta entonces, circularon en el país diversas monedas, en especial el peso boliviano (moneda de plata, de un valor menor que el $F).
En 1885 se vuelve a la inconversión, comenzando a diferenciarse el peso m$n del peso o$s. La que se mantuvo hasta 1902, en que se volvió a la conversión en oro al tipo de m$n 2,2727 por peso o$s, dada la pérdida de aquél desde su creación, por su inconvertibilidad.
Desde el 9 de agosto de 1914 hasta el 25 de agosto de 1927 volvió a regir la inconvertibilidad. Y luego desde el 16 de diciembre de 1929 (crisis del 30). Desde entonces, salvo el período de sumisión del menemato de la década de 1990, en que rigió una especie de convertibilidad de la moneda argentina con relación al dólar estadounidense de uno por uno (ley 23.928, derogada por ley 25.563), cuando en USA ya habían dejado la convertibilidad con relación al oro, desde 1971. O sea que nuestra convertibilidad era en todo caso de papel contra papel y de contraer deudas cada vez más lapidarias, al ser necesaria cantidad infinita de dólares para sostener el engendro, no bastando el endeudamiento por generaciones, sino que hubo que enajenar todo lo que se pudiera del patrimonio nacional. Mientras la atrasada clase media argentina, se hacia notar por el déme dos.
La persistente inflación producida desde mediados del S.XX, llevó a varios cambios en el signo monetario:
A partir del 1° de enero de 1970, rigió la ley 18.188, que sustituyó al peso moneda nacional por el peso ley 18.188 (le sacaron dos ceros: 100 $ m/n = 1 $ ley.
Por ley 22.707 del 6 de enero de 1983, se creó el peso argentino ($a), valiendo cada uno 10.000 pesos ley (cuatro ceros menos).
Por decreto 1096/85, se creó el Austral (A), equivalente a $a 1.000 (se sacaron tres ceros).
Por decreto2128/91 se creó el peso ($), equivalente a 10.000 A (se sacaron cuatro ceros), actualmente en vigencia.
LA PLATA, diciembre primero de 2009.
ACOTACIÓN: La moneda universal y más codiciada, sigue siendo el oro. Se estima que en el mundo hay 125.000 tns. del metal, de las cuales el 40% se encuentra en los bancos centrales.
BREVE HISTORIA DE LAS MONEDAS QUE CIRCULARON EN NUESTRO PAÍS, DESDE EL DESCUBRIMIENTO A LA ACTUALIDAD
Este resumen tiene el solo propósito de poder hacer comparaciones, en muchos casos de estimación de deudas, sobre todo en lo que se refiere a valores y a totales relativos a la deuda externa.
En la época hispánica circularon monedas de oro y plata, aunque prevaleció principalmente esta última. El peso (también denominado duro o escudo de plata o real de a ocho) equivalía a una onza de plata. El peso de la onza es variable, pero alrededor de 28,7 gramos (dieciseisava parte de la libra). Un peso era igual a 8 reales. Entre las monedas de oro la base fue la onza de oro (también llamada doblón de a ocho o pelucona) igual a 8 escudos o ducados. La onza pesaba 27,0643 gramos y era de ley variable ( proporción de oro fino que contiene en relación al total) según la época, pero en general de 0,91666 (11/12 partes).
En 1812 se estableció la paridad de la onza de oro en 17 pesos fuertes ($F) (una libra esterlina valía 16 onzas). Eran convertibles, aunque en la mayoría de las épocas fue sólo una ficción. Situación que duró hasta 1864 en que la paridad se fijó en 16. El peso fuerte se denominaba así, para diferenciarlo del peso papel o moneda corriente (m/c) que comenzó a circular en 1826 y era inconvertible.
En 1867 se volvió a la convertibilidad a razón de 25 m/c por cada $F. En 1876 vuelve a ser inconvertible. En 1881 se volvió a la convertibilidad por ley 1130 al cambio de 25 m/c por un peso oro sellado (o$s). Entonces se retiran los pesos papel (m/c) y se los reemplaza por pesos moneda nacional (m$n) a razón de 25 m/c por 1 m$n o sea que un nuevo peso moneda nacional equivalía a un peso oro sellado (o/s) con 1,6129 gramos de oro y convertible. La moneda de oro de menor denominación fue el Argentino de oro, equivalente a 5 o$s.
Aquí se puede hacer constar que hasta entonces, circularon en el país diversas monedas, en especial el peso boliviano (moneda de plata, de un valor menor que el $F).
En 1885 se vuelve a la inconversión, comenzando a diferenciarse el peso m$n del peso o$s. La que se mantuvo hasta 1902, en que se volvió a la conversión en oro al tipo de m$n 2,2727 por peso o$s, dada la pérdida de aquél desde su creación, por su inconvertibilidad.
Desde el 9 de agosto de 1914 hasta el 25 de agosto de 1927 volvió a regir la inconvertibilidad. Y luego desde el 16 de diciembre de 1929 (crisis del 30). Desde entonces, salvo el período de sumisión del menemato de la década de 1990, en que rigió una especie de convertibilidad de la moneda argentina con relación al dólar estadounidense de uno por uno (ley 23.928, derogada por ley 25.563), cuando en USA ya habían dejado la convertibilidad con relación al oro, desde 1971. O sea que nuestra convertibilidad era en todo caso de papel contra papel y de contraer deudas cada vez más lapidarias, al ser necesaria cantidad infinita de dólares para sostener el engendro, no bastando el endeudamiento por generaciones, sino que hubo que enajenar todo lo que se pudiera del patrimonio nacional. Mientras la atrasada clase media argentina, se hacia notar por el déme dos.
La persistente inflación producida desde mediados del S.XX, llevó a varios cambios en el signo monetario:
A partir del 1° de enero de 1970, rigió la ley 18.188, que sustituyó al peso moneda nacional por el peso ley 18.188 (le sacaron dos ceros: 100 $ m/n = 1 $ ley.
Por ley 22.707 del 6 de enero de 1983, se creó el peso argentino ($a), valiendo cada uno 10.000 pesos ley (cuatro ceros menos).
Por decreto 1096/85, se creó el Austral (A), equivalente a $a 1.000 (se sacaron tres ceros).
Por decreto2128/91 se creó el peso ($), equivalente a 10.000 A (se sacaron cuatro ceros), actualmente en vigencia.
LA PLATA, diciembre primero de 2009.
ACOTACIÓN: La moneda universal y más codiciada, sigue siendo el oro. Se estima que en el mundo hay 125.000 tns. del metal, de las cuales el 40% se encuentra en los bancos centrales.
BREVÍSIMO ANEXO A LA NOTA SOBRE MONEDAS DEL 1/12/09
Por ley de la Sala de Representantes de la Provincia de Buenos Aires, del 18 de noviembre de 1835 (gobierno de Juan Manuel de Rosas), que rigió desde el 19 de enero de 1836, no se recargaban con impuestos o gabelas, las mercaderías entradas al puerto de Buenos Aires, que sean reembarcadas “cabos adentro”. Lo que significaba que el interior del país, no era sujeto a un mayor gravamen por dicho tránsito.
Cabe agregar y como muy importante, que durante el mandato de Rosas como Encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina, rigió la prohibición de exportar oro desde el 31 de agosto de 1837. Sólo se permitió el pago de las importaciones, con productos del país, con el beneficio consiguiente. Prohibición que desapareció después de Caseros (febrero de 1852).
LA PLATA, diciembre 3 de 2009.