“El matrimonio es la unión fiel, exclusiva y duradera de varón y mujer, para la mutua realización y plenificación personal y para la transmisión de la vida humana. Esta unión responde a la condición sexuada del ser humano, varón y mujer”.
Estos simples pero rotundos conceptos forman parte de las declaraciones efectuadas por monseñor Antonio Marino, obispo auxiliar de La Plata, durante una entrevista con AICA.
Monseñor Marino preside la comisión “ad hoc” de la Conferencia Episcopal para el seguimiento de los proyectos legislativos, y tiene la misión de realizar una tarea aclaratoria ante los legisladores, tarea que está cumpliendo intensamente con relación al tratamiento legislativo del proyecto de ley sobre la legalización de la convivencia entre personas del mismo sexo a la que se pretende llamar equívocamente matrimonio. Texto de la entrevista.
-Monseñor, en algunas publicaciones y en comentarios televisivos se dijo: ¿Qué daño te hace que dos hombres que se quieren se casen? Basta con que vos no hagas lo mismo, si eso no te convence. ¿Qué piensa usted acerca de esta posición?
-Preguntar qué daño hace la redefinición del matrimonio según la norma homosexual, es invertir la carga de la prueba. Para todos los ciudadanos, el que quiere acceder a un régimen especial de protección (p.ej. un subsidio o una sociedad determinada), tiene que explicar las razones por las cuales es beneficioso que el Estado se lo dé. El matrimonio es una sociedad privilegiada por el Estado por los fines sociales que cumple (asistencia recíproca, educación de los niños, transmisión de las tradiciones culturales, perpetuación de la especie). En realidad, corresponde a quienes solicitan la redefinición del matrimonio justificar que tienen las mismas características y por lo tanto pueden otorgar los mismos beneficios.
De todas formas, es conveniente saber que en los países en los que se redefinió el matrimonio según la norma homosexual, la institución matrimonial heterosexual se vio severamente perjudicada. La tasa de personas heterosexuales que contraen matrimonio descendió radicalmente. Y los homosexuales que contraen ese llamado “matrimonio” son apenas del 1,5% al 3% de la población homosexual total (aproximadamente el 0,5% de la sociedad, con cifras variables según el caso). Quiere decir que redefinir al matrimonio imponiéndole una definición homosexual causa daño a la institución heterosexual.
También causa daños a los hijos. El lugar para que un niño acceda a su derecho al desarrollo integral es el hogar conyugal estable y sano entre marido y mujer. A partir de la redefinición homosexual del matrimonio, se ha incrementado radicalmente la tasa de niños nacidos fuera del matrimonio. Los niños nacidos fuera del matrimonio se ven expuestos a mayor inestabilidad en las relaciones de sus padres, lo que les causa discapacidades psicológicas. Los niños crecidos sin alguna de las dos figuras materna o paterna, también tienen trastornos psicológicos. En síntesis, si el activismo homosexual tiene éxito en imponer la definición homosexual del matrimonio, también los niños se verán perjudicados.
-Se dice también que hay que respetar el derecho a la privacidad. El Estado no puede ingresar en el fuero privado de las personas, porque éste pertenece a Dios y a su conciencia. ¿Es esto así?
-Es verdad que el Estado no puede ingresar en el fuero privado de las conciencias de las personas. Tampoco puede ingresar en sus prácticas y elecciones sexuales. Pero esa privacidad ya se respeta ahora. Si ellos quieren, pueden unirse, relacionarse y convivir sin que el Estado intervenga.
Otra cosa muy distinta es pretender que el Estado redefina la institución heterosexual del matrimonio. Eso no es una pretensión de respeto a la privacidad, sino una invasión de la esfera pública y la imposición de su definición de matrimonio a las parejas heterosexuales. Es decir, que aquí no estamos discutiendo el derecho a la privacidad, sino la pretensión de publicidad de sus uniones.
-¿Qué piensa usted sobre la afirmación de que es discriminatorio negar el derecho a “casarse” a personas del mismo sexo?
- El derecho a casarse no es un derecho universal, sino que está constreñido a ciertas restricciones en beneficio de la finalidad de la institución matrimonial. Todas las personas (también las que practican la homosexualidad) tienen derecho a casarse. Pero tienen que cumplir con las formalidades de la institución, a saber: el matrimonio tiene que ser entre varón y mujer, no puede ser entre hermanos, hijos o padres, el consentimiento tiene que ser libre y prestado ante un agente público, etc. No se discrimina a los hijos porque no puedan casarse con su padre. Tampoco se discrimina a los homosexuales porque no puedan casarse entre sí.
-¿Por qué, entonces, a quienes no están de acuerdo con el llamado “matrimonio” de homosexuales se los tacha de intolerantes?
-A mí me parece que hay que aprender a convivir con la diferencia. Yo creo que las personas que practican la homosexualidad, por esa sola razón, están acostumbrados a respetar lo que es distinto. Pero los activistas, tal vez sean intolerantes: parece no pueden convivir con las instituciones de los heterosexuales y necesitan redefinirlas imponiendo la norma homosexual a los heterosexuales.
Habría que preguntar si los activistas son verdaderamente representativos de las personas que practican la homosexualidad. Porque sucede una cosa muy curiosa: una vez que se aprueba el matrimonio sólo del 3 al 5% de las personas que se reconocen homosexuales se casan. Eso quiere decir que los activistas no representa al amplísimo sector del 95 al 97% de la comunidad homosexual. Lo que significa que el dicho “matrimonio” no interesa a la casi totalidad de los homosexuales.
Entonces, tal vez sean los activistas y no las personas que practican la homosexualidad, los que no toleren convivir con las instituciones de los heterosexuales y buscan imponer su definición homosexual del matrimonio. No se entiende por qué no se puede respetar lo distinto.
-¿Cree usted que es inconstitucional aprobar el matrimonio entre personas del mismo sexo?
-Sí, y la Argentina podría incurrir en responsabilidad internacional. Los Tratados internacionales que integran la Constitución Nacional, siempre aplican los derechos humanos a las “personas”. En cambio, al referirse al matrimonio, los tratados internacionales constitucionalizados se refieren al “hombre y la mujer”. Luego, no sólo no existe un derecho humano vinculante respecto del derecho al matrimonio de personas del mismo sexo, sino que la Argentina podría violar el derecho constitucional si aprobara una norma de este tipo.
No hay ninguna legislación internacional de ningún tipo (ni recomendaciones, ni fallos) que ordenen redefinir el matrimonio imponiendo la norma homosexual a los heterosexuales. Sí hay recomendaciones de no discriminar a las personas por orientación sexual, pero éstas no incluyen la obligación de abolir el matrimonio heterosexual y redefinirlo, sino que son respetuosas de la diferencia.
-¿Porqué habla de “redefinición” del matrimonio, cuando en realidad simplemente se trata de ampliar la base de personas que pueden contraerlo?
-El matrimonio es la unión permanente y exclusiva entre un varón y una mujer. De él surgen los deberes de cohabitación, fidelidad y asistencia mutua. Estos valores del matrimonio entre personas heterosexuales no se verifican en las uniones homosexuales, que son sustancialmente distintas.
En las uniones homosexuales es muy difícil la exclusividad y la fidelidad. Las personas que se encuentran en uniones o “matrimonios” homosexuales, tienen hasta 8 parejas por año y hasta 500 en toda la vida, según diversos estudios. Son parejas abiertas, que no viven la exclusividad. Por eso, en caso de que se impusiera la norma homosexual, habría que suprimir el valor de exclusividad de los matrimonios en tanto que institución heterosexual.
En las uniones homosexuales no hay permanencia. La duración es aproximadamente y en promedio de 1,5 años a 3, según los distintos estudios. Esto las hace constitutivamente inestables. Por eso, si los activistas redefinieran la institución matrimonial, habría que suprimir la estabilidad, que tanto bien causa a los niños en su desarrollo.
Son más violentas. Las uniones de homosexuales son 30 veces más violentas que el matrimonio entre personas heterosexuales. Las personas que practican la homosexualidad padecen de más ansiedad, tienen más tendencia al suicidio, y consumen con más frecuencia estupefacientes. Esto las hace menos amigables a los niños y menos beneficiosas para el Estado.
-Otra de las exigencias de los activistas homosexuales es la de tener derecho de adoptar niños. ¿Es legítima esta exigencia?
-El Estado tiene interés en el matrimonio porque cumple fines reproductivos y educativos en virtud de sus notas especiales de estabilidad, funcionalidad y exclusión de la promiscuidad; en beneficio de un crecimiento óptimo de los niños. Es lógico que las uniones entre personas del mismo sexo, al no cumplir los mismos roles, no tengan los mismos beneficios del Estado.
Para el desarrollo pleno de su identidad relacional y psíquica el niño requiere un padre y una madre; no dos madres o dos padres. Para los niños es traumático crecer sin un padre y tiene efectos gravemente nocivos ya comprobados por muchos estudios concordantes. También es muy traumático crecer sin una madre.
Un niño no es un medio para que los adultos sean felices, es un fin en sí mismo. Si un niño necesita madre y padre, privarlo por egoísmo adultocéntrico es contrario a la primacía de los derechos de los niños por sobre los de los adultos.
Es verdad que hay estudios contradictorios sobre los efectos de la crianza entre personas del mismo sexo. Pero si hay estudios contradictorios, entonces es que no está claro. Y si no está claro, no se puede hacer experimentos sociales con los niños.
-El matrimonio es una construcción cultural y ha ido cambiando a lo largo de la historia e incluso algunas sociedades aceptan la poligamia. Los partidarios del proyecto de ley que se está debatiendo reclaman: ¿Por qué no aceptar ahora el cambio e incluir como “matrimonio” a las uniones homosexuales”?
-También podemos empezar a llamar sillas a las mesas o puertas a las paredes. Pero la alternativa que proponen los activistas homosexuales parte de la base de no tolerar la diferencia. ¿Cuál es el problema de convivir con lo que es diferente? Nadie impide a las constitutivamente distintas uniones entre personas del mismo sexo que sucedan. Cada uno puede privadamente obrar según su conciencia. Lo que no se puede, es abolir y aniquilar por intolerancia lo que es diferente.
Por otra parte, en la historia de las civilizaciones nunca se pretendió llamar matrimonio a las uniones de dos personas del mismo sexo.
-Si se define al matrimonio a partir de su finalidad procreativa, ¿pueden formar un matrimonio un varón y una mujer que no pueden tener hijos?
-Claro, mucha gente sostiene este punto. La finalidad procreativa del matrimonio supone la posibilidad física que tienen varón y mujer de copular procreativamente, no que de hecho dicho acto se practique. Hablar de la apertura a la transmisión de la vida del matrimonio es reconocer el dato que aporta la biología. Es obvio que las personas que se casan después de una determinada edad no pueden tener hijos, o que muchas parejas desearían tenerlos y no pueden, pero existe una analogía: la cópula que hipotéticamente (dadas las circunstancias) podría producir la filiación es posible entre ellos. En cambio, no es posible entre dos hombres y dos mujeres.
El acto de unión conyugal entre varón y mujer, de suyo, está abierto a la vida, aún cuando por alguna circunstancia la procreación no ocurra.
-En definitiva, ¿qué es el matrimonio? ¿Por qué el matrimonio es solo entre varón y mujer?
-El matrimonio es la unión fiel, exclusiva y duradera de varón y mujer, para la mutua realización y plenificación personal y para la transmisión de la vida humana. Esta unión responde a la condición sexuada del ser humano, varón y mujer. En tal distinción de los sexos encontramos una riqueza que nos habla del carácter relacional de toda persona, de que no somos seres cerrados en nosotros mismos sino abiertos al encuentro con el otro, que nos plenifica y se abre a la vida. Al querer redefinir el matrimonio, estamos borrando la riqueza de la diversidad sexual y su complementariedad. Le enseñamos a las futuras generaciones que la mujer o el varón son prescindibles para la familia.
Por eso, detrás de la afirmación de que el matrimonio es entre varón y mujer subyace un principio antropológico fundamental: la complementariedad entre lo masculino y femenino se expresa en esa institución que es el matrimonio, que expresa la mutua donación para toda la vida y que, por la garantía que ofrece esa mutua donación, es el ámbito propio y exclusivo para la unión sexual, que de suyo los une y está abierta a la vida.
-¿En qué se relaciona el matrimonio con la ley natural? ¿Por qué redefinir el matrimonio a partir de las uniones de homosexuales es contrario a la ley natural?
-La naturaleza del hombre es sexuada. De esa naturaleza surge una inclinación espontánea del hombre a unirse con una mujer y preservar de esa manera la especie humana. Los padres naturalmente tienden a cuidar a sus hijos y educarlos. De esta unión de hombre y mujer, perdurable y exclusiva para la óptima educación de los hijos, nace la institución natural del matrimonio. El matrimonio es de "ley natural", porque expresa una dimensión constitutiva de la naturaleza humana.
La tradición clásica del pensamiento llama "ley natural" a aquella norma de conducta que expresa esas inclinaciones espontáneas que surgen de la naturaleza humana. Esas leyes naturales están orientadas hacia el fin del hombre. Si el hombre vive según su naturaleza, se plenifica y es feliz. Si el hombre contraría su naturaleza, muchas veces sufre y se siente incompleto: o bien se deshumaniza o se sobrehumaniza (cuando sucede una renuncia en orden a ideales más altos).
La ley natural se refiere a bienes que no son disponibles por el legislador, porque la naturaleza humana escapa a la potestad del legislador. Por más que el legislador dijera que el ser humano es algo que no es (por ejemplo, cuadrúpedo); el hombre seguiría siendo lo que es (en el ejemplo, bípedo). El hombre es lo que es y la ley no puede desfigurar ese dato. Ni siquiera la totalidad de los legisladores pueden modificar la naturaleza del hombre.
De ahí que el matrimonio, constituyendo una institución natural regida por la ley natural en orden al fin del hombre y el bien común de la sociedad, sea indisponible para el legislador.