Por Emilio Nazar Kasbo
El
día 22 de abril de 2014, Mons. Dr. Eduardo María Taussig resolvió aplicar un “apercibimiento”
al Prof. Dr. Antonio Caponnetto.
EL PADRE TAUSSIG
El
padre Taussig (como dicen hoy en la Iglesia “democrática”, “horizontalizada” e “igualitaria”),
no especifica cuáles son las reiteradas y públicas afirmaciones del Dr. Antonio
Caponnetto. No indica cuáles medios digitales y gráficos han reproducido sus
notas “a lo largo de estos últimos meses y en múltiples ocasiones anteriores”, y cuáles de ellas son reprobables.
Sólo
señala que las afirmaciones se refieren al Santo Padre Francisco, a Papas
precedentes, y de otros miembros de la jerarquía de la Iglesia.
Tal
abstracta afirmación pretende fundamentar que el hecho de que el Profesor
Caponnetto hable de los Papas anteriores y del actual, o de la Jerarquía de la
Iglesia, causa “aversión y espíritu de desobediencia, a la autoridad del Santo
Padre y a otras autoridades de la jerarquía eclesiástica”, en una presunta
violación –indemostrada- del canon 1373, y ello “en un número significativo de
fieles de la Diócesis de San Rafael”, lo cual también resulta incierto.
“HAGAN LÍO” DIJO EL PAPA
Asimismo,
hace referencia a “la pertinaz actitud de público desafío del Dr. Antonio
Caponnetto" al Ordinario Taussig y a las autoridades superiores de la Iglesia
(en otra expresión indeterminada), pretendiendo aplicar así el canon 1347. ¿La
pertinaz actitud, es dar una charla sobre una materia que el Obispo no tiene
interés en su temática? ¿No sería prudente que el Ordinario replique al Dr. Caponnetto y haga saber a la feligresía esclareciéndola, cuál es la verdad sobre la Tradición de la Iglesia?
Es
decir, universalizando el principio, se pretende que ningún feligrés hable y mucho menos disienta (tratándose de materia que no es
opinable) respecto de imprudencias y fallas en los dichos o actitudes de los Papas
(ya sea formando parte o no del Magisterio), así como tampoco de miembros de la
Jerarquía de la Iglesia, ya que según tal visión ningún feligrés tiene derecho
alguno a ello, sobre todo cuando se abordan yerros, porque según el criterio
del Ordinario mencionado, parece que son todos “perfectos” (cual neopublicanos
de espíritu farisaico) que actúan en una muestra de inmensa “humildad”.
En
la parte resolutiva de la disposición, en su artículo 1, advierte que “si
manteniendo estas afirmaciones y actitudes, produjera más hechos de este tenor,
se tomarán las medidas correspondientes en el ámbito de la diócesis de San
Rafael, valiendo el presente texto como formal amonestación canónica”.
El “tenor”
de los hechos es insistir en la prédica de la Tradición de la Iglesia… y
señalar aquellas desviaciones que resultan públicas, las cuales incluso se encuentran insertas hoy en
Encíclicas, respecto de lo cual todo feligrés mínimamente ilustrado puede darse
cuenta, no siendo atribución específica del Dr. Caponnetto. Ahora bien, ¿Con qué autoridad el padre Taussig pretende exigir obediencia, cuando el mismo Papa llamó a la desobediencia y a la indisciplina, que no otra cosa significa "lío"?
PASTORAL
DE LA ADIVINANZA
El
padre Taussig sanciona al Dr. Caponnetto por una conferencia que no ha dado, y
en virtud de declaraciones previas no especificadas, por lo cual mal puede
alegar desviaciones o promoción de indisciplina de un futurible que sólo Dios
conoce hasta que se haya producido. De hecho, no cabe anatema alguno, ya que
debe señalarse concretamente cuál es el error enseñado o propalado por el Dr.
Caponnetto, omisión que torna nulo el apercibimiento efectuado, puesto que lo
convierte en un acto “político” y ajeno al Magisterio.
¿Acaso
toda expresión del Dr. Caponnetto es desaprobada? ¿En qué medida es
desaprobada? ¿Cuál es la expresión desaprobada? Tal incertidumbre, no puede
formar parte de una actitud “pastoral”, porque se sujeta a la adivinanza de los
feligreses el descubrir qué es lo errado y qué no. De hecho, en ningún momento
afirma el padre Taussig que el Dr. Caponnetto miente, o que esté equivocado,
sino que se trataría de una cuestión “de disciplina”, de modo que lo sancionado
no es lo dicho en sí, sino la “actitud” que el sancionador presupone de modo
prejuicioso.
El
padre Taussig, como obligación de Caridad, debe señalar puntualmente cuál es el
yerro y esclarecer dónde está la Verdad de la cual es responsable.
FALTA DE JURSIDCCIÓN
Por
otra parte, el Dr. Caponnetto no pertenece a la diócesis de San Rafael, y mal
puede el Ordinario del lugar aplicar un apercibimiento a quien no se encuentra
bajo su cuidado. A su vez, debe destacarse que el entredicho se dirige no al
Dr. Caponnetto, sino a la feligresía de la diócesis, PARA QUE NO ASISTAN ni
aprendan del “sancionado”, de modo que la finalidad supuesta del apercibimiento
no es la sanción al orador, sino evitar que la feligresía concurra y a su vez
evite su presencia.
Si
la cuestión se dirige a sancionar opiniones personales y privadas del Dr.
Caponnetto, las mismas son tan "pastorales" como las del
"teléfono pastoral" del Papa Pancho, de modo que debe ser aplicado a
ambos casos el mismo criterio, no mereciendo siquiera aclaración alguna, tal
como el Vaticano no aclara ambigüedades para permitir que se expanda la
confusión.
Todo
feligrés tiene derecho a presentarse ante el padre Taussig para darle a conocer
su punto de vista sobre la cuestión. Se está convirtiendo en un “dogma” la “pastoral”
circusntancial, a la vez que en ninguna parte de los documentos de la Iglesia
Católica se señala que la “pastoral” debe ser ambigua, ni tergiversar o
silenciar verdades.
CONFUSIÓN "PASTORAL"
Si
en un camino que conduce a un precipicio se pusiera una doble señal aconsejando
y desaconsejando a su vez el tránsito por ese rumbo, muchos en la desorientación
caerán, y esto no es lo propio de un “pastor con olor a oveja” sino de “pastor
con olor a chivo”, puesto que claramente ha dicho Jesucristo que es el enemigo
quien ingresa al campo a sembrar cizaña, es decir, una prédica que no es la del
Señor, para confusión y condena de las almas.
Parece que es "pastoral" dar la razón a quien no la tiene, y sancionar a quien está en la Verdad y se subordina a ella.
Es más, el Dr. Caponnetto resulta apercibido por ejercer su derecho conforme el Código de Derecho Canónico: Canon 212 § 2. Los fieles tienen derecho a manifestar a los Pastores de la Iglesia sus necesidades, principalmente las espirituales, y sus deseos. § 3. Tienen el derecho, y a veces incluso el deber, en razón de su propio conocimiento, competencia y prestigio, de manifestar a los Pastores sagrados su opinión sobre aquello que pertenece al bien de la Iglesia y de manifestar a los demás fieles, salvando siempre la integridad de la fe y de las costumbres, la reverencia hacia los Pastores y habida cuenta de la utilidad común y de la dignidad de las personas.
SANTA OPORTUNIDAD
Justamente
el día en que el padre Taussig emitió tal resolución, se conmemoraba el día de
Santa Oportuna, quien en Francia fuera abadesa, célebre por su verdadera
humildad, abstinencia y austeridad, falleciendo en el año 770. Su hermano era
el santo Crodegan, obispo de Sées.
Cuando ella llegó a su juventud, pensó que
lo fundamental para vivir de acuerdo con su proyecto de vida, lo mejor
-repetía- era consagrarse a Dios. Se lo comunicó a su hermano porque quería que
fuera él quien le impusiera el velo de vírgenes. Murió triste ante la muerte
trágica de su hermano, asesinado por un primo que quería sucederle como obispo.
Ella murió trece días después.
El ejemplo nos señala a miembros de la Iglesia Católica que la perciben como estructura inmanente y de neto corte modernista modernista, la cual sólo se definiría a sí misma como
una estructura “de poder”, donde existen “intrigas palaciegas” que sirven para “ascender”
hasta llegar a la máxima posición desde se puede hacer y decir lo que venga en
gana para ser aplaudidos al unísono por los obsecuentes y por todos, buscando
la veta de “los negocios” en cada evento que se realice. Dios y Su Gracia muy lejos están de todo ello.
JERARQUÍA Y UNIDAD DE LA TRADICIÓN
“La
Iglesia no es una Ong”, dijo el Papa Francisco. Y tiene razón, pero sólo resta
decir que no debe ni ser tratada como tal, ni se debe actuar como si lo fuese. La
Iglesia Católica es la portadora de la Tradición, del intacto mensaje de la
Revelación que Jesucristo mismo nos ha dejado, de modo que no es un “bien personal”
de un Obispo o del Papa.
Hacer
notar contradicciones en el Magisterio, no es llamar ni a rebeldía, ni a “indisciplina”,
cuando encima el mismo Papa llamó a ella. De modo que no puede ser sancionado
quien incluso sigue la orientación que el mismo obispo de Roma ha impartido.
¿Con Cristo o sin Cristo ni Tradición? Siempre en la Verdad y con el Papa, pero
con el Papa en la Tradición, sin la cual carecerá de raíces y se predicará un
falso “evangelio”. Sí, sí; no, no, tal ha de ser siempre el lenguaje de todo
católico, perteneciente o no a la Jerarquía.
Muchos santos han recibido sanciones de Obispos... y eso nos indica que muchas veces, los Obispos se pueden equivocar por hacer apreciaciones a la luz de la visión humana e inmanentista, obviando la Gracia, a la cual han dejado de predicar.
Lo decía Jordán Bruno Genta: "SOMOS JERÁRQUICOS EN TODO". Obedecemos al Papa, pero del mismo modo tenemos la obligación de ejercer nuestro derecho como feligreses de hacer sentir nuestra voz cuando vemos que hay un desvío en el Magisterio o en la "pastoral". La responsabilidad de los miembros de la jerarquía de la Iglesia es muy grande, sobre todo ante el Juicio de Dios.