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martes, 11 de noviembre de 2008

ARBA ALLANÓ UN FRIGORÍFICO EN CHASCOMÚS


Fue aplicada así por primera vez la nueva herramienta fiscal que le permite a la Agencia de Recaudación solicitar –directamente a la Justicia- órdenes de allanamiento cuando los contribuyentes se resisten a aportar información a la autoridad tributaria.

 

Por orden judicial, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires realizó un allanamiento junto a funcionarios policiales en un frigorífico ubicado en el partido de Chascomús. Esta acción fue producto de la resistencia de la empresa al cumplimiento de sus deberes de colaboración e información para con la Autoridad Tributaria.

Arba abrió un proceso de fiscalización a la firma para verificar su situación fiscal. En base al entrecruzamiento de datos de organismos nacionales y provinciales, se detectaron cuantiosas ventas sin declarar. Mediante un profundo trabajo de inteligencia fiscal pudo establecerse que no se había tributado impuesto alguno.

El allanamiento se concretó como consecuencia de la negativa sistemática que manifestaron los directivos y administradores de la empresa a permitir que los inspectores de Arba controlen los libros y registros de la firma, pretendiendo así ocultar su situación fiscal.

Al configurarse en consecuencia lo que se denomina “resistencia pasiva”, se aplicó por primera vez una herramienta contemplada en el Código Fiscal provincial, por la cual el  Director Ejecutivo de la Agencia, Lic. Santiago Montoya, solicitó –directamente- a la Justicia la orden de allanamiento que se concretó el viernes 7 de noviembre.

Montoya elevó la petición al Juzgado de Garantías N°4 del Departamento Judicial La Plata, a cargo del Dr. Juan Pablo Masi, quien autorizó la medida. En base a ello, se procedió con el allanamiento y registro en la planta del frigorífico. Los fiscalizadores lograron acceder a la información que permitirá cuantificar la obligación fiscal del contribuyente, analizar el caso y verificar la situación fiscal final, exigiendo el pago del importante impuesto evadido.

La norma que posibilitó hacer el allanamiento es el artículo 42 del Código Fiscal, el cual indica que “con el fin de asegurar la verificación oportuna de la situación impositiva de los contribuyentes,  (…) la autoridad de aplicación tendrá amplios poderes para verificar, inclusive en forma simultánea con la verificación del hecho imponible, el cumplimiento que los obligados den a las normas fiscales…”.

También, especifica que la autoridad de aplicación podrá “…Recabar orden de allanamiento de la autoridad judicial competente, debiendo especificar en la solicitud el lugar y la oportunidad en que habrá de practicarse, y dejando expresa constancia de la facultad de los autorizados para secuestrar los libros, registros y documentación contable del lugar allanado que puedan servir como testimonio probatorio de infracciones a este Código o de violaciones a la Ley Penal Tributaria. Las órdenes de allanamiento, que pueden ser solicitadas tanto en los casos de denuncias fundadas o indicios vehementes de existencia de infracciones o delitos tributarios, como también en el caso de resistencia pasiva de los contribuyentes a la fiscalización, deberán ser despachadas por el Juez, dentro de las veinticuatro (24) horas, habilitándose días y horas si fuera solicitado. En la ejecución de las mismas, serán de aplicación los artículos 219° y siguientes del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires”.

Durante el procedimiento, los funcionarios de Arba fotocopiaron documentación contable de los periodos fiscales 2005, 2006, 2007, labraron actas, y relevaron los bienes, libros, y material pertinente para completar los datos de interés del fisco.

Este allanamiento se produjo luego de las inspecciones previas realizadas los días 9 de mayo, 13 de junio y 4 de julio de 2008. En las tres oportunidades, la empresa se negó a proporcionar información requerida por la Agencia de Recaudación, motivo por el cual se solicitó la orden de allanamiento a la Justicia.

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