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jueves, 11 de junio de 2009

EL ESTADO DEBE RESARCIR A FAMILIARES DE DELINCUENTES

SENTENCIA CATEGÓRICA
Recientemente la Cámara Civil y Comercial Federal, Causa 2052/99, confirmó un fallo por el que con motivo de un tiroteo entre la Policía Federal y dos delincuentes sorprendidos "in fraganti" cuando asaltaban un garaje, se produjo la muerte de un delincuente.
La sentencia establece que el Estado además de las costas, debe resarcir el daño moral a la viuda y a los 3 hijos del delincuente abatido, por un total de $ 125.000 más intereses, ya que "delincuente o no" la víctima era esposo y padre, y que su familia ha debido experimentar un dolor moral por su pérdida, dolor que debe resarcirse.

CONSECUENCIA
Los analistas jurídicos tratan de extraer las consecuencias del referido fallo. Cabe destacar que en Europa ya hay fallos en los cuales las personas secuestradas que son finalmente rescatadas, deben abonar los gastos correspondientes al rescate.
Hasta aquí, toda la información es real y verídicca, según las fuentes serias de que se disponen. Por ello, surgen numerosas consecuencias jurídicas en el nuevo análisis de los hechos delictivos, las cuales pueden no responder al sentido común, ya que la cultura atenta contra el mismo.
Si se roba impunemente el ladrón puede disfrutar del botín; si es herido por la victima al defenderse, o por la policía, tendrá resarcimiento por incapacidad laboral temporaria; y si muere, le queda la indemnización a su viuda e hijos en una cantidad mayor a la que paga la ART a un trabajador.
Sería conveniente que se inscriban como monotributista al menos.
¿Realiza el ladrón los aportes correspondientes de Ganancias, IVA e Ingresos Brutos como consecuencia de su actividad? Tales rubros podrían hacer que el delincuente vaya preso, no por el delito que cometía, sino por el delito de evasión al Fisco.

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