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martes, 1 de diciembre de 2009

FUE SUSPENDIDO EL PUTOMONIO POR LA CAMARA CIVIL


El matrimonio entre homosexuales quedó suspendido hasta que haya una sentencia definitiva
La Cámara Nacional en lo Civil suspendió el putomonio hasta que en la causa se dicte una sentencia definitiva, confirmaron hoy fuentes judiciales.
La Sala E de la Cámara, que mandó a su secretario a notificar personalmente la resolución al director del Registro Nacional de Estado Civil, es el primer tribunal de segunda instancia que se expide sobre el casamiento entre Alejandro Freyre y José María Di Bello.
Al revocar lo resuelto en primera instancia por la jueza civil María Rosa Bosio, el tribunal dictó la medida cautelar solicitada por el abogado Pedro Javier Andereggen, quien reclamó, además, la nulidad de la sentencia de la justicia de la Ciudad de Buenos Aires que autorizaba el matrimonio, según informó Telam.
Semanas atrás la jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Gabriela Seijas resolvió autorizar el matrimonio entre Freyre y Di Bello, quienes habían conseguido turno para hoy en el Registro Civil.
Esa causa se inició luego de que Freyre y Di Bello pidieron un turno para contraer enlace a un Registro Civil y las autoridades se negaron a la solicitud.
Ayer, la jueza civil Martha Gómez Alsina, a solicitud de los abogados Francisco Roggero y Joaquín Otaegui, dejó en suspenso lo que iba a ser el primer putomonio en la Argentina.
Andereggen había pedido a Bosio la declaración de nulidad de la sentencia de Seijas que autorizaba el matrimonio, pero el planteo fue rechazado por la magistrada por cuestiones formales.
El letrado apeló inmediatamente y la causa llegó a la segunda instancia de la justicia nacional en lo civil, la que tiene competencia en materia de matrimonio.
La Fiscalía ante la Cámara sostuvo que el fallo de la justicia de la Ciudad produjo un "desquiciamiento institucional", ya que el fallo que permitía el casamiento entre dos personas del mismo sexo fue dictado por un juzgado "manifiestamente incompetente".
El Ministerio Público agregó que, con la resolución de Seijas, "se ha producido en forma nítida, inequívoca y concluyente, un grave menoscabo a las reglas del debido proceso".
La Sala E de la Cámara recordó que la ley impone que, cuando una sentencia debe pronunciarse con relación a varias partes "éstas habrán de demandar o ser demandadas en un mismo proceso" y si alguna de ellas estuviere ausente, el desarrollo de la causa quedará en suspenso mientras se cita a los litigantes omitidos.
Sobre tal punto, los camaristas Juan Duspuis, Fernando Racimo y Mario Calatayud acotaron que, como la demanda ante la justicia de la ciudad fue promovida por Freyre y Di Bello "previo a decidir lo que corresponda deberá integrarse la "litis" con el último de los nombrados, que no fue citado ni se presentó en autos".
Los camaristas señalaron que cuando las autoridades administrativas (Registro Civil) se opusieron al matrimonio homosexual se basaron en una "imposibilidad jurídica" e indicaron que carecían de competencia para ejercer funciones judiciales o decidir sobre materia que atañe al Estado Nacional.
En la misma resolución, el tribunal de segunda instancia decidió apartar de la causa a la magistrada Bosio y ordenó que se sortee un nuevo juez para continuar con el trámite del expediente.

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