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jueves, 23 de septiembre de 2010

EL SENADO APROBÓ LA REGULACIÓN DE LOS DELIVERY EN LA PROVINCIA

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El senado bonaerense aprobó por unanimidad el proyecto de ley que giró el Ejecutivo provincial a través del cual se crea el Registro Único de Prestadores de Servicios en motovehículos, ciclorodados, bicicletas y velocípedos.

Ahora el proyecto -que tiene por objeto establecer un Registro de Prestadores que proporcionan servicios de entregas a domicilio que se realizan mediante la utilización de motos o ciclomotores o bicicletas o velocípedos- deberá ser tratado en la cámara de diputados para obtener su sanción completa.

En los considerando el Ejecutivo consignó que “siendo una actividad que en los últimos años fue creciendo como una fuente de trabajo que, primordialmente, brinda oportunidad de inserción laboral a jóvenes y adolescentes, aunque, en la mayoría de los casos lo hace desde la precariedad y la inseguridad más injusta” y agregó “el Estado debe garantizar y velar por el cumplimiento de las normas, además de buscar herramientas que permitan mejorar la calidad de trabajo, brindando seguridad a quienes desarrollen actividades que implican un riesgo habitual”.

Por tal motivo y atento a “priorizar la vida y el trabajo de quienes desarrollan esta actividad, resulta necesario normas que regulen y que ponga freno a la precariedad laboral, a la falta de elementos de seguridad e higiene con los que deben contar los conductores que utilizan este tipo de vehículo en particular”.

Las disposiciones de la normativa alcanzan a todos las personas físicas o jurídicas que realizan la actividad en forma habitual en el territorio de la provincia de Buenos Aires, aun cuando el domicilio de asiento de la actividad principal se encuentre en otra jurisdicción, y salvo que por ley especial tengan otro régimen establecido.

Los empleadores de estos servicios deberán solicitar la autorización correspondiente ante el Registro Único de Prestadores de Servicios en motovehículos, ciclorodados, bicicletas y velocípedos; denunciar el inicio y finalización de toda relación laboral con sus dependientes; proporcionar casco y chaleco reflectante a todas las categorías de vehículos y los demás elementos de seguridad que establecen las normas que regulan la circulación de los vehículos.

Además, deberán proveer de indumentaria adecuada a las condiciones climáticas tanto en época invernal como estival; velar por el correcto uso de los elementos de seguridad y el cumplimiento de las normas de tránsito por parte de sus dependientes; Informar los vehículos que realizan la prestación, tanto sean de su propiedad o que su titular sea el dependiente, siendo responsable de las condiciones de seguridad que deben cumplir para su circulación; llevar un registro de entregas debidamente rubricado por la autoridad de aplicación.

Aquellos deliverys que no cumplan con las normas establecidas estarán sujetos a infracciones que rondarán desde el valor de 300 litros de nafta especial a 5000, de acuerdo a la gravedad de las infracciones.

La iniciativa puesta ahora a consideración de Diputados, se hará extensiva a los municipios para que adhieran la norma una vez reglamentada.

Los controles de la normativa estarán bajo la órbita de la cartera laboral provincial y el Poder Ejecutivo designará un responsable con competencia para autorizar la prestación de la actividad, habilitar a los trabajadores que realicen la misma a través de la expedición de una credencial, y aplicar el régimen de sanción.

También se controlará la situación tanto legal como aboral de los deliverys, quienes deberán estar contratados en relación de dependencia cumpliendo con la legislación impositiva, previsional, de seguridad e higiene.

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