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martes, 5 de octubre de 2010

DENUNCIAN QUE MONS. BERGOGLIO ORDENÓ COMO OBISPO AUXILIAR DE BUENOS AIRES A UN SACERDOTE DE MALA REPUTACIÓN

Joaquin Sucunza

Panorama Católico Internacional publicó los antecedentes de una causa de divorcio en la cual se encontraba involucrado el entonces sacerdote Joaquín Sucunza. Los hechos en los que se encuentra involucrado son realmente escandalosos.

El problema que se presenta es la Caridad y la conversión de las personas. ¿Hubo un arrepentimiento de los hechos y una clara conversión? ¿O por el contrario no hay arrepentimiento? La Iglesia es quien juzga conciencias en este mundo. ¿Cómo se soluciona un problema semejante? ¿O acaso Mons. Sucunza desconocía los hechos a que se hace referencia en la nota que más abajo se transcribe?

¿Hasta dónde hay “flexibilidad” en la Iglesia? ¿Bergoglio iba a ordenar Obispos a todos los sacerdotes amancebados si llegaba a ser Papa en la actualidad? ¿Qué piensa Mons. Bergoglio de los sacerdotes amancebados, y del Seminario de San Isidro, donde los seminaristas tienen novia hasta que son ordenados diáconos… (y tal vez más allá de la ordenación)?

Buenos Aires, 18 de Septiembre de 2010.
Su Eminencia Reverendísima
El Sr. Cardenal Marc Ouellet
Pallazzo delle Congregazioni
Piazza Pio XII, 10
00120 Città del Vaticano

Eminencia,

Tengo el pesar, pero al mismo tiempo la grave obligación, de poner en conocimiento de Su Eminencia Reverendísima hechos que he conocido en mi condición de periodista y que, a mi humilde juicio, requieren vuestra urgente intervención.

Se trata de una sentencia en un juicio de divorcio, dictada el 22 de junio de 1998 por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº XX, y confirmada por la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, por su Sala X, el 20 de mayo de 1999; ambos de la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina.

En el expediente Nº XXXXX/1995, tramitado en el mencionado Juzgado, se relata el caso de la Sra XX, (a partir de ahora la Esposa), que promueve demanda por divorcio vincular contra el Sr. XX (a partir de ahora el Esposo), por haber hecho éste abandono del hogar en octubre de 1994.

El Esposo contesta indicando que también había iniciado demanda de divorcio por la causal de injurias graves (Expediente Nº XXXXX/1995), luego unificada para la sentencia con la anterior causa, como “resultado de soportar, aguantar y resistir durante los últimos 5 años la agresión, indiferencia y desatención absoluta de su cónyuge, a partir de sus sentimientos amorosos, confesos e inocultables por el Párroco Joaquín Sucunza... a quien frecuentaba todos los días y varias veces.”

Señala también el Esposo, que su mujer ha manifestado un “absoluto desinterés en lo concerniente al hogar, reflejado en el poco interés que mostró en el seguimiento escolar de los hijos del matrimonio, que habían quedado en sus manos”. Asevera también el Esposo, “que ello se debió al tiempo que pasaba su mujer en la parroquia del padre Sucunza. Habiendo dejado de cumplir con el débito conyugal a poco tiempo de conocer a dicho sacerdote”.

Relata asimismo “que su esposa renunció al puesto de docente que detentaba... para ingresar, por expresa influencia del Padre Joaquín al colegio Patrocinio de San José, ubicado a dos cuadras de la Parroquia y bajo la supervisión de ésta”.

Pone de relieve que la Esposa “recurrió cada vez con mayor dependencia a la mentira para hacerse de tiempo libre y permanecer más tiempo en la parroquia junto al Padre Joaquín. Lo que deterioró la relación familiar y de pareja, a tal punto que en mayo de 1994 debió retirarse a casa de sus padres para tener la calma y atención necesarias para encarar la intervención quirúrgica y el tratamiento de... (grave enfermedad), que hoy continúa. Fecha aproximada en que el aludido párroco fue trasladado a la Iglesia Santa Rosa de Lima”.

Dice también “que, finalmente, el 11 de noviembre de 1994, cuando dijo estar en un curso anual con asistencia obligatoria de dos días por semana, la encontró en la Iglesia con el padre Joaquín”. Aseverando que “ella no lo quiso enfrentar, y escapó”.

Asevera también que al regresar al hogar su esposa “le confesó estar enamorada del padre Joaquín, a quien no dejaría de ver por ninguna razón. Sentimientos que eran públicamente conocidos por la feligresía de San Cayetano, lo que motivó su retiro del hogar, previo acuerdo con su cónyuge”.

Finalmente presenta como prueba de las injurias inferidas, un papel en el que su esposa había escrito: “Hace cuatro años que me sigo acostando con él, lo hacemos con absoluta reserva. Estoy obnubilada por él “.

En los considerandos del fallo, dice el Juez de Primera Instancia: “puede afirmarse sin temor a equivocarse que ese “él” que se menciona en la nota en cuestión no estaba referido al Esposo, sino a otro individuo. A lo que debe sumarse la convicción del juzgador de que esa persona que se cita en la nota se refiere al padre (Joaquín) Sucunza, a quien la Esposa conoció como párroco de San Cayetano, y siguió frecuentando cuando fue trasladado a la Parroquia Santa Rosa de Lima”. Sacerdote que declaró en el expediente.

La convicción del Juez arriba indicada, de que el padre Sucunza era el amante en cuestión, lo llevó a fallar decretando el divorcio vincular del matrimonio por haber el esposo acreditado la causal prevista en el inc. 4º del art. 202 del Código Civil (Injurias Graves).

La sentencia fue apelada ante la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil quien, al confirmarla, por la Sala X, señala:

“A la Esposa se le dio por finalizada la tarea que, como docente, cumplía en una escuela religiosa, por su modo de vestir impropio del lugar, sus faltas de respeto a su superior, sus inasistencias y llegadas tarde sin que telefónicamente se la encontrase en su domicilio. No era un secreto para nadie su concurrencia a San Cayetano, iglesia en la que actuaba el sacerdote Joaquín Mariano Sucunza, durante los cinco años transcurridos entre abril de 1989 y abril de 1994, con asiduidad superior a la requerida por las funciones de ayuda que realizaba. Como que desde el traslado del religioso a la Parroquia Santa Rosa estuvo ella presente desde la primera misa oficiada por él hasta que, por haber sido citado como testigo en este juicio de divorcio, le aconsejó que dejase de concurrir”. Lo que la esposa hizo desde marzo a mayo de 1996.

En suma, el paciente examen de ambos expedientes y sus agregados, me lleva a compartir las juiciosas conclusiones del colega de la anterior instancia”.

La gravedad del caso queda patentizada al advertirse que no pudo ser desconocido este fallo para quienes promovieron y luego elevaron al Padre Sucunza a la dignidad episcopal. Porque como queda claro en ambas instancias judiciales, era por todos conocido su accionar, amén de que fue citado judicialmente como testigo. Recuerdan algunos parroquianos de Santa Rosa de Lima que para consagrarlo obispo, hubo que esperar alrededor de un año hasta que se removiera un obstáculo. Alrededor de un año pasó entre la muerte del marido y la consagración del Obispo.

Ya he adelantado algo de este caso en el medio periodístico del que soy responsable, tratando de preservar la identidad del Obispo y esperando que la Jerarquía tomase algunas medidas. No habiendo recibido ninguna señal en ese sentido, y considerando que no será posible proteger la identidad del implicado por mucho tiempo más, solicito la intervención S.E.R., para evitar mayor daño y escándalo.

Curso copia al Sr. Prefecto de la Sagrada Congregación para el Clero, SER Mons. Claudio Humees O.F.M., y al Sr. Nuncio Apostólico en la República Argentina, Mons. Adriano Bernardini

Sin otro particular, saludo a Su Eminencia con los mayores sentimientos de filial devoción.

Marcelo González

Editor Responsable de Panorama Católico Internacional
Web. www.panoramacatolico.info
Email: panorama@panodigital.com

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