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viernes, 24 de febrero de 2012

MONS. RICHARD WILLIAMSON ABSUELTO: LA CORTE ALEMANA DESECHÓ EL CARGO DE “NEGACIÓN DEL HOLOCAUSTO”




El juzgado regional de Nuremburgo, Alemania, dejó sin efecto una sentencia contra el obispo británico Mons. Richard Williamson por “negar el Holocausto”.

SENTENCIA ANULADA
En julio de 2011 un juzgado local condenó a Williamson a pagar 6500 euros por sus opiniones. El matutino DIE WELT explica que los jueces de Nuremburgo anularon la sentencia por fallos de procedimiento. Sin embargo, dejaron la puerta abierta a nuevas acusaciones contra Williamson.
El tribunal de Nuremberg dictaminó que hubo "irremediables problemas de procedimiento" en el caso seguido contra de Richard Williamson, quien había sido condenado a abonar una multa de € 6,500 ($ 8,600 dólares estadounidenses) en julio de 2011 por negar hechos clave del genocidio nazi.
"El fiscal tiene ahora la posibilidad de presentar cargos sobre la base de los mismos hechos del caso", dijo el tribunal en un comunicado.
El Tribunal Regional Superior de Nuremberg el miércoles 22 de febrero de 2012 rechazó la condena del obispo británico Richard Williamson, de 71 años, debido a que el tribunal inferior no se pronunció acerca de cuándo y cómo los comentarios fueron ofensivos los comentarios transmitidos. Una nueva acusación se espera esté lista en cinco semanas.

UN PRECEDENTE
Tribunal Constitucional de Alemania ha fallado a favor de un nazi que niega el Holocausto en el pub de su vecindario, porque lo hizo "como parte de un intento de argumentar" que Alemania no fue el agresor en la Segunda Guerra Mundial.
En un fallo, que el Tribunal Constitucional Federal dictó en noviembre de 2011, el mismo anuló los cargos de incitación al odio a un acusado no identificado de 80 años que compartió material impreso en el cual calificó al “Holocausto” como "una mentira deliberada." El tribunal dictaminó que el acusado estaba protegido por las leyes sobre "la libertad de expresión", ya que había compartido sus puntos de vista en privado con el propietario de un bar que frecuentaba.
La sentencia, dictada en noviembre de 2011, difundida el jueves 23 de febrero de 2012, se debe a un caso presentado en el oriental estado alemán de Turingia, donde un hombre de 82 años de edad, entró en un pub y comenzó a quejarse de un documental sobre la Segunda Guerra Mundial que se estaba ejecutando en la un televisor de allí. Puso en duda lo que él llamó las "mentiras" sobre los orígenes de la guerra, y cuestionó el papel que desempeñaron los judíos en la posterior alteración de los registros históricos.
El hombre regresó dos días más tarde, comenzó otra discusión, y entregó a los propietarios varios panfletos neonazis. Uno de ellos, titulado "La mentira histórica del llamado ataque a Polonia en 1939," afirmando que no hubo cámaras de gas usadas en el Tercer Reich.
El propietario mantuvo los panfletos y más adelante presentó cargos contra el hombre, quien fue declarado culpable de crimen de odio a través de la difusión de la literatura en dos cortes Turingia, en junio de 2006 y abril de 2007. El hombre -que sostuvo que su libertad de expresión había sido violada - presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional, el cual falló a su favor.
De este modo, el máximo Tribunal de Alemania, con sede en la ciudad occidental de Karlsruhe, dijo que los argumentos del hombre forman parte de la libertad de expresión, y por lo tanto estaban protegidos por el artículo quinto de la Constitución alemana. El fallo también dijo que el hombre, a quien un juez calificó diciendo que "aún hoy en día es un celoso defensor de la ideología nacional-socialista y contrario a la falsificación histórica", no había cometido los crímenes de odio, porque él había sólo había entregado la literatura a la otra persona.
"Incluso la difusión de las ideas del nacionalsocialismo como un cuestionamiento radical del statu quo" no se encuentra necesariamente fuera de la protección del artículo cinco, dijo el tribunal.
La negación del Holocausto sigue siendo ilegal en Alemania, destacó el tribunal, sosteniendo que el Holocausto era "un hecho históricamente probado que normalmente no está bajo la protección de la libertad de expresión".
Sin embargo, el tribunal decidió que ese no era el punto decisivo de los argumentos del hombre. Él simplemente estaba utilizando la negación como un "intento de introducción a una explicación" para negar la culpabilidad de Alemania en general en el desencadenamiento de la Segunda Guerra Mundial.
Algunos críticos ven la ley de Alemania sobre la negación del Holocausto como una amenaza a la libertad de expresión, pero el tribunal dice expresamente que esta decisión no afecta en nada esa ley.

ANTECEDENTES DEL CASO
Los cargos contra Mons. Williamson derivaron de una entrevista que concediera en 2008 a la emisora ​​sueca SVT.
Tras la entrevista, fue filmado sin ser informado que estaba siendo registrada su imagen y su voz, en una declaración privada, y en la cual explícitamente solicitó que además sus declaraciones no fuesen difundidas, dadas las leyes represivas alemanas en la materia que prohíben realizar tales afirmaciones en público.
En esa situación, Mons. Williamson calificó como "mentiras, mentiras, mentiras" a la afirmación del supuesto asesinato de 6 millones de judíos en cámaras de gas durante el Holocausto.
Williamson, quien es ciudadano británico y miembro de Fraternidad Sacerdotal San Pío X,  también insistió en que no más de 300.000 judíos europeos fueron asesinados en total. Él concedió en 2008 la entrevista, en Regensburg, Alemania, y la misma fue transmitida por la televisión sueca y también estaba disponible en Internet. Es decir, no hubo difusión pública en Alemania, sino eventualmente por un medio globalizado como es Internet, cuya difusión no es específica de dicho país.

¿MULTA A LA VERACIDAD CIENTÍFICA?
En 2010, el tribunal de Regensburg declaró a Mons. Williamson culpable de incitación al odio, y le impuso una multa de $ 14,000, una suma que se redujo a alrededor de $ 9.000 en apelación en julio de 2011. Pero el tribunal no cumplió con los prerequisitos formales para la acusación, dictaminó el Tribunal Superior, dijo el miércoles 22 de febrero de 2012.
Mientras tanto, el Tribunal levantó la condena por la “negación del Holocausto” a Mons. Williamson. El tribunal calificó "irremediables problemas de procedimiento" a su decisión de eliminar una multa de € 6500 (8.600 dólares) impuesta a Williamson en julio de 2011.
"El fiscal tiene ahora la posibilidad de presentar cargos sobre la base de los mismos hechos del caso", dictaminó el tribunal. Un portavoz de la fiscalía dijo a la agencia de noticias AFP que tenían la intención de presentar nuevos cargos "lo más rápidamente posible", y agregó que esto podría suceder en los próximos cinco semanas.
El obispo británico de 71 años de edad, dijo a la televisión de Suecia en 2008 que no más de "200.000 a 300.000 judíos perecieron en los campos de concentración nazis", y negó la existencia de cámaras de gas. La entrevista fue concedida en suelo alemán, en las circunstancias antes referidas.
La corte hizo hincapié en que su decisión no significaba que las acciones de Williamson no eran ilegales, aclarando que los vicios de procedimiento obligaron a anular el caso.
Un portavoz de la fiscalía dijo a la agencia de noticias AFP que efectivamente la intención de presentar nuevos cargos "lo más rápidamente posible", y agregó que esto podría suceder en alrededor de cinco semanas.

INTERNET SUECA
La entrevista se dio en una ciudad en Alemania, donde es ilegal negar que los nazis asesinaron a seis millones de judíos durante la Segunda Guerra Mundial.
La difusión de los dichos de Mons. Williamson fue realizada desde fuera de Alemania y por Internet, que no es un medio propio de Alemania, ni es controlado por dicho país. Como dicen muchos respecto de la TV: “a quien no le gusta, que no lo vea”.
¿La cuenta por la cual fue subido el video, era de Alemania o de otro país? ¿Puede internacionalizarse la justicia alemana en un caso semejante?
¿No ha cambiado la valoración de los dichos de Mons. Richard Williamson, tras el referido precedente del neonazi que distribuyó material en el pub alemán, a quien la Corte de dicho país reconoció el derecho de libertad de expresión?
¿Puede ser condenada judicialmente o legalmente la corriente del científico Revisionismo Histórico aplicado a Alemania?

WILLIAMSON Y BENEDICTO XVI
Williamson, también llegó a los titulares en 2009 cuando el Papa Benedicto XVI revocó la excomunión en un intento por superar una ruptura con la organización.
Habiendo sido grabada durante el año 2008 la entrevista, casi simultáneamente con el levantamiento de las excomuniones fue difundida la entrevista, en lo que se supone podría ser una maniobra mediática premeditada.
Benedicto XVI dijo más tarde que él no hubiera tomado esa medida, si hubiera sabido de puntos de vista de Williamson sobre “el Holocausto”. El Supremo Tribunal de Alemania ahora afirma que la difusión del pensamiento no es delito…
Y entonces, quedan flotando ciertas preguntas: ¿Cambiará de opinión Benedicto XVI, en esta materia en todo lo que tiene de opinable, dado que la Justicia de Alemania deja la puerta abierta para reconocer el Revisionismo Histórico como postura científica válida, a la vez que efectivamente se refiere a la libertad de expresión en la materia? ¿Qué tiene que ver el Catolicismo con una inexacta cifra de muertos en un genocidio, que además no son católicos, como para negar el levantamiento de la excomunión a Mons. Williamson? ¿Acaso una matanza de 200 o 300 mil personas no es un genocidio? ¿Acaso Mons. Williamson negó las condenas de los Papas al régimen nazi, para merecer ser excluido del levantamiento de las excomuniones?


Fuentes:
Radio Nederland

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