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viernes, 30 de noviembre de 2012

CARTA AL OBISPO PIDIENDO EXORCISTA PARA UNA DIOCESIS DONDE NO LO HAY



A continuación se transcribe un modelo de carta dirigida al Obispo que en su Diócesis no haya aun designado un exorcista. Es importante que los laicos le hagan saber de la carencia, fundamentando su pedido. La carta puede ser completada con otros datos, y adecuada a la localidad y Obispado de que se trate.
Lugar y fecha
S.E.R. MONS. NNNNNNN
OBISPO DE (LOCALIDAD)
S/D
NNNNNN (Nombre y apellido de la persona que se presenta), con Documento de Identidad NNNNNNNNNNN, fiel laico de la diócesis con domicilio en calle NNNNNNNNNNNNNNNNNNN, ante S.E.R. se presenta y como mejor proceda muy respetuosamente manifiesta:
Que en ejercicio de mis derechos como fiel laico de la diócesis, dirijo a S.E.R. la presente, a los efectos de solicitar designe a un Presbítero como exorcista, para los casos que se puedan presentar en la diócesis.
Que según el Canon 1172 del Código de Derecho Canónico de la Iglesia, “Sin licencia peculiar y expresa del Ordinario del lugar, nadie puede realizar legítimamente exorcismos sobre los posesos. El Ordinario del lugar concederá esta licencia solamente a un presbítero piadoso, docto, prudente y con integridad de vida.”
La solicitud está dirigida para permitir que el Presbítero designado realice realizar exorcismos sobre los posesos en el territorio de la Diócesis, con todas las obligaciones y derechos que le corresponden de acuerdo al Código Canónico y al derecho particular.
El pedido también se fundamenta en la abundancia de sectas y de laicos que muchas veces pretenden utilizar el ritual del exorcismo por su cuenta, o que para concurrir a buscar un exorcista se debe viajar a otras diócesis distantes. Desde hace algunos años, ciertos grupos eclesiales multiplican reuniones para orar con la intención de obtener la liberación del influjo de los demonios, aun cuando no se trate de exorcismos propiamente dichos. Tales reuniones son efectuadas bajo la dirección de laicos, incluso cuando está presente un sacerdote.
Conforme a la Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre los exorcismos, la misma refiere: “El canon 1172 del Código de Derecho Canónico declara que a nadie le es lícito realizar exorcismos sobre personas posesas, a no ser que el Ordinario del lugar haya concedido licencia peculiar y expresa para ello (§ 1), y determina también que esta licencia sólo puede ser concedida por el Ordinario (Obispo) del lugar a un presbítero piadoso, docto, prudente y con integridad de vida (§ 2). Por consiguiente se invita a los Obispos a urgir el cumplimiento de estos preceptos”.
“De estas prescripciones se sigue que no es lícito a los fíeles cristianos utilizar la fórmula de exorcismo contra Satanás y los ángeles apóstatas, contenida en el Ritual que fue publicado por orden del sumo pontífice León XIII; mucho menos les es lícito emplear el texto entero de este exorcismo. Los Obispos procuren amonestar a los fieles sobre este asunto cuando sea necesario”.
El referido documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe consigna que “Por las mismas razones, se ruega a los Obispos que velen para que –aun en los casos que, excluida la auténtica posesión diabólica, parezcan revelar algún influjo del diablo– personas sin la debida autorización no dirijan reuniones en las cuales se hagan oraciones para obtener la expulsión del demonio, oraciones que directamente interpelen a los demonios o traten de conocer la identidad de los mismos”.
El documento, firmado por el Papa cuando ejercía el cargo de Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, concluye afirmando que “Es necesario recordar lo que la Tradición de la Iglesia enseña respecto a la función propia de los Sacramentos y a propósito de la intercesión de la Bienaventurada Virgen María, de los Ángeles y de los Santos en la lucha espiritual de los cristianos contra los espíritus malignos.”
Todo lo expuesto, justifica y muestra la necesidad de designación de un exorcista en la diócesis
Agradeciendo desde ya su atención, lo saluda con la mayor de las deferencias en Cristo Rey y María Reina
FIRMA

1 comentario:

  1. En caso de que el Obispo en cuestión rechace este pedido, se debería escribir otra carta dirigida al Prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, solicitando que tome cartas en el asunto.

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