En la foto: Raúl Alfonsín, presidente en 1989, recorre el regimiento de La Tablada después de haber ordenado su recuperación tras la sangrienta masacre provocada por los integrantes del movimiento izquierdista "Todos por la Patria"
El juez federal Germán Andrés Castelli declaró como delitos de lesa humanidad los cometidos durante el copamiento al cuartel militar de La Tablada.
Se trata de ejecuciones y torturas contra integrantes de la agrupación Movimiento Todos por la Patria (MTP), cuando, el 23 de enero de 1989, atacaron el Regimiento de Infantería ubicado en La Matanza. La Justicia consideró estos delitos como "imprescriptibles".
Además, Castelli ordenó tomar declaración indagatoria a dos militares por su presunta vinculación con el homicidio de Iván Ruiz y de José Alejandro Díaz, dos de los atacantes que habrían sido capturados con vida y posteriormente ejecutados, luego de encontrarse bajo custodia y el control exclusivo de los agentes militares que recuperaron el cuartel.
El magistrado aseguró que los militares "además de cumplir exitosamente la misión encomendada, aprovecharon el extraordinario poder otorgado, el dominio del escenario de los hechos, la estructura y los recursos estatales, para sobrepasar, sigilosamente, el poder presidencial, y así planificar y ejecutar graves violaciones al derecho humanitario internacional, que incluyó dificultar las investigaciones; todo lo cual, además, constituye un crimen de lesa humanidad".
La Justicia Federal de Morón ordenó la detención de dos militares acusados por presuntas torturas y fusilamientos de integrantes del Movimiento Todos por la Patria (MTP), durante el intento de copamiento del Cuartel de La Tablada, en enero de 1989.
Se trata del ex general Alfredo Arrillaga, quien ya se encuentra detenido acusado por delitos cometidos durante la guerra contra la subversión en tiempo de la dictadura, y del mayor Jorge Eduardo Varando, quien está procesado y camino al juicio oral por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001 en el marco de la democracia, hecho que precedió a la caída de Fernando De la Rúa, quien aún no fue apresado ya que no fue hallado en el domicilio al que una delegación policial concurrió a detenerlo.
Varando, según investiga la Justicia, era custodio privado del Banco HSBC, situado en proximidades de Plaza de Mayo, escenario de la sangrienta represión, desde donde se efectuaron disparos contra manifestantes. Arrillaga, por su parte, era el comandante a cargo de la recuperación del cuartel, según una orden impartida por el entonces presidente argentino, Raúl Alfonsín. Para ese entonces, estaba beneficiado por las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, pese a que había sido investigado por la denominada "Noche de las Corbatas", ocurrida en junio de 1977 en Mar del Plata, cuando fueron secuestrados, desaparecidos y asesinados varios abogados locales.
El juez Germán Castelli, a cargo de una investigación impulsada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), resolvió que los nueve presuntos fusilamientos y los 20 supuestos casos de torturas durante y después de los episodios de La Tablada son "delitos de lesa humanidad".
Además, estableció mediante un examen de ADN –aunque no con 100% de certeza- que uno de los cuerpos que desde 1989 permanecían como NN corresponde a José Alejandro Díaz, uno de los presuntos fusilados después de rendirse, al fracasar el intento de copamiento de La Tablada.
En febrero de 2008, el juez Castelli pidió al Poder Ejecutivo la desclasificación de archivos reservados sobre los episodios de La Tablada, y obtuvo una aceptación parcial por parte de la presidenta Cristina Kirchner, que admitió la liberación de esos documentos pero sólo para su conocimiento.
No obstante, el juez determinó que, con los elementos que tenía reunidos en el marco de la investigación, podía avanzar en al menos dos casos de presuntos fusilamientos: el de Díaz y el de otro integrante del MTP, Iván Ruiz, cuyos restos habían sido identificados en 2000.
En una resolución de una treintena de páginas, el juez, con la intervención del fiscal federal Sebastián Bazo, resolvió que "los delitos investigados en la presente causa... además de vulnerar el derecho humanitario internacional, constituyen crímenes de lesa Humanidad y, por ende, resultan imprescriptibles".
En ese contexto, ordenó las declaraciones indagatorias de Varando y Arrillaga y notificó al Juzgado Federal Nº3 de Mar del Plata que este último debía quedar detenido también a disposición de la Justicia Federal de Morón.
La investigación por las presuntas violaciones a los derechos humanos por los hechos de La Tablada se disparó a partir de un fallo de la CIDH, que "sostuvo que nueve atacantes que sobrevivieron y fueron capturados por los militares que recuperaron el cuartel fueron ejecutados extrajudicialmente". Por otra parte, el organismo internacional concluyó que los trece sobrevivientes del ataque, como otros cómplices aprehendidos fuera del cuartel, fueron torturados por agentes del Estado", evaluó el juez en su resolución.
Tras una profunda investigación, la resolución estableció que "a la luz de lo expuesto, el resultado de los informes mencionados dan plena razón a las conclusiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en punto a que (los nueve presuntos fusilados) habrían perecido en el lugar, en manos de agentes del Estado y, a su vez, pone en evidencia la fragilidad de los argumentos del Estado argentino".
Sin embargo, los atacantes del Regimiento, quienes fusilaron incluso a soldados conscriptos de 18 años de edad, tras un tiempo de cárcel quedaron libres, incluyendo a Gorriarán Merlo, quien había realizado en su oportunidad una huelga de hambre pidiendo por su libertad. ¿Serán nuevamente juzgados por delitos de lesa humanidad por los mismos hechos cometidos, y Fray Antonio Puigjané volverá otra vez a la cárcel?
La resolución excluye a Raúl Alfonsín (Comandante en Jefe de las FFAA art. 86 inc 15 CN vigente). El fallo sostiene que "los militares ...aprovecharon el extraordinario poder otorgado, el dominio del escenario de los hechos, la estructura y los recursos estatales, para sobrepasar, sigilosamente, el poder presidencial".
Sin embargo, la responsabilidad última es de quien imparte las órdenes, y se declara como inocente al verdadero responsable: el Presidente constitucional.
Sin embargo, la Ley 24.873 publicada en el Boletín Oficial el 23 de junio de 1998, dispone en su artículo 1: "Distínguese con una condecoración a los miembros de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y Policiales que por su participación en defensa de la Constitución Nacional, resultaron muertos o heridos de gravedad en los hechos de violencia acaecidos ... en La Tablada en enero de 1989 ..."
¿El Congreso encubrió crímenes de "lesa humanidad" al sancionar la Ley? ¿El Congreso hizo apología del delito? ¿No debería el Juez citar en su indagatoria a todos los diputados y senadores que aprobaron la Ley, así como involucrar al Presidente?
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