Por Emilio Nazar Kasbo
El día jueves 8 de Septiembre de 2011, tuve el honor de
concurrir a disertación efectuada por Alejandro Ezcurra Naón en la ciudad de Buenos Aires,
sobre el tema “Neo-Revolución cultural y el futuro de la familia”.
REVOLUCIÓN “HOLLYWOODENSE”
En la conferencia, fue abordada
la cuestión del cambio cultural revolucionario, detallando por ejemplo los orígenes
del jazz como música surgida en prostíbulos estadounidenses, o del arte que
abandona el reflejo de lo bello para convertirse en la manifestación de lo feo
y desagradable.
Posteriormente, el disertante centró
su charla en la cuestión de la homosexualidad como eje de la revolución
cultural. Denunció cómo influyó el estilo de vida “hollywoodense” a escala
internacional, exportado desde Estados Unidos, y las vinculaciones de la
cinematografía con la homosexualidad.
Asimismo, expresó que el término “homofobia”
es una contradicción, puesto que la homosexualidad en sí es un trastorno que
conduce a la infelicidad, y que se trata en esa medida de un mal. La
contradicción, surge en tanto que la “fobia” se define como un temor infundado
respecto de un mal que en realidad no es tal; por tanto, si la homosexualidad
tiene esos aspectos de mal real, la calificación de “fobia” resulta errada.
Todo esto fue expresado respecto de la homosexualidad objetivamente, en sí, sin
alusión a persona alguna.
REVOLUCIÓN MARXISTA
El Sr. Ezcurra Naón además hizo
referencia a la ideología gramsciana, y a la difusión de los errores de Rusia
por el mundo, así como recordó la protección prometida por la Virgen de Fátima.
En su exposición, marcó el
esquema revolucionario marxista, por la vía de la lucha de clases, así como su
difusión por los medios de comunicación.
Finalizada la disertación, una
asistente quiso remarcar que el origen de tales males no son solamente del
marxismo soviético o gramsciano, sino también del capitalismo liberal
estadounidense, a pesar de que efectivamente habían sido ambos criticados, tal
como he detallado precedentemente.
DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA
El error se manifestó al expresar
la asistente que conforme la Doctrina Social de la Iglesia los bienes tienen una
función social una vez satisfechas las necesidades familiares. Efectivamente,
el destino universal de los bienes y la justa distribución de las riquezas no
tienen un sentido igualitario, ni tampoco la Caridad se constituye en un
elemento obligatorio (ya que en este caso sería un acto de Justicia y no de
Caridad).
Todos los bienes tienen un
sentido social. La satisfacción de las necesidades de la familia, conforme la
propia condición de cada familia, también es parte de la justa distribución de
las riquezas y del destino social de los bienes. La familia misma es una
sociedad, y existe una primera distribución familiar de bienes, que es
efectuada por la autoridad en la familia (Padre - Madre - Hermano mayor),
conforme las necesidades integrales de cada cual, que internamente son
conocidas.
Tal distribución interna de los
bienes, es social, porque la familia es una sociedad. Desvincular esto de la
función social de la propiedad conforme la Doctrina Social de la Iglesia, es un
error.
NECESIDADES SOCIALES
El segundo error, consistió en
afirmar que satisfechas las necesidades de la familia, el resto es objeto de la
función social de los bienes, que se dedican entonces a un destino social. Este
pensamiento convierte al núcleo familiar, hablando en términos meramente económicos
y materiales, en una unidad de consumo exclusivamente.
Precisamente, la economía es la
recta administración de los bienes y recursos escasos en el hogar, que implica
tener ingresos y egresos, que implica el consumo posterior al oficio, profesión
o industria que hace crecer el patrimonio familiar en un aporte que a la vez es
social. De hecho, la empresa familiar es una muestra de ello.
A su vez, el oficio, profesión o industria
del Padre de Familia, ya sea en el marco de una empresa familiar o fuera de él,
implica una interacción con otras familias dentro de la actividad que se desarrolla.
Contratar empleados, o ser empleado, ser propietario o ser inquilino, o el mismo
uso del dinero, implican el aspecto social.
CARIDAD SOCIAL
La distribución de los bienes y recursos
económicos (que no del dinero), es una acción social por naturaleza.
Si tal distribución se realiza por
una obligación legal o moral, se trata de un acto de Justicia. En todo lo que exceda
la Justicia, y en tanto se realice con espíritu cristiano (no filantrópico), tal
distribución es un acto voluntario de Caridad, más valioso en tanto más “duela”
a quien lo realiza, y sin que exista obligación alguna de realizar tal gesto más
que el Amor a Cristo, llevado a cabo por Él, con Él y en Él.
Finalmente, se encuentra la
orientación moral en la financiación de causas nobles, que también ha de ser
conforme lo enseña el Magisterio de la Iglesia. Es decir, la financiación del
mal, o de males sociales, incluso se convierte en un pecado.
Efectivamente, el respeto por la
propiedad privada no implica una negación ni una omisión del sentido social de
los bienes, ni de su justa distribución. Pero la Caridad no se puede imponer.
Todo lo expresado, contradice el
espíritu capitalista liberal o marxista colectivista, ya que eleva la mirada
por sobre lo material para conducirla hacia lo Sobrenatural, abriendo el camino
a la perfección cristiana y al ideal de santidad.