miércoles, 6 de enero de 2016

NOMBRAN A RICARDO ECHEGARAY EN LA AGN PESANDO ACUSACIONES DE IRREGULARIDAD





Por Emilio Nazar Kasbo
El Congreso aprobó la designación del ex titular de la AFIP durante el gobierno kirchnerista, involucrado en causas judiciales, al frente de la Auditoría General de la Nación. Los auditores no pueden tener procesos judiciales pendientes, sin embargo, Echegaray fue promovido al cargo en un evidente pacto político.

LA DESIGNACIÓN
Fueron la vicepresidente Gabriela Michetti y el presidente de la Cámara de Diputados, Emilio Monzó, quienes firmaron el documento que nombra a Echegaray. Contra el funcionario, pesan una serie de procesos, el fiscal Di Lello solicitó su inclusión en el procesamiento de la causa Ciccone, y la diputada Margarita Stolbizer lo denunció en la causa de las “facturas truchas”, entre otros.
La Constitución Nacional dispone que la AGN debe ser presidido por un representante del partido opositor con mayor número de legisladores en el Congreso, y por tal motivo en diciembre el titular anterior, Leandro Despouy de la UCR presentó su renuncia, cuya aceptación fue demorada a raíz de las impugnaciones efectuadas por Stolbizer y por Elisa Carrió.
Por su parte, Ricardo Echegaray juró "no encontrarse procesado en causa judicial alguna". La interpretación que se hace valer para ello, es que la ley pediría auto de procesamiento, y no el estar involucrado en procesos judiciales. Así, interpretando que la exigencia sería que exista un auto de procesamiento, el criterio resulta muy restringido, y habilitaría al ex titular de la AFIP para postularse al cargo. No obstante, si las causas avanzaran, debería abandonarlo.


¿OPOSICIÓN LEGISLATIVA O AL EJECUTIVO?
Quien está oficiando de “opositor”, es el Partido Justicialista, es decir, no se trata del Frente para la Victoria. Más allá de este “detalle” no menor, debe señalarse que importantes sectores del Justicialismo han acompañado a Mauricio Macri en su carrera hacia la presidencia, entre quienes puede mencionarse a dirigentes gremialistas como Moyano y Venegas. Por ello, el Justicialismo estaría oficiando a la vez de oficialismo y de oposición, lo cual facilita propuestas como la de Echegaray.
La designación de Ricardo Echegaray (DNI 17.478.633) fue efectuada por Jorge Milton Capitanich, como propuesta del Partido Justicialista Nacional, mediante una carta documento de fecha 18 de diciembre de 2015. A su vez, el 30 de diciembre de 2015 Jorge Landau como apoderado del Partido Justicialista en el orden Nacional, presentó una nota refiriendo que la cantidad de diputados y senadores del Partido Justicialista Nacional “son los registrados en cada Cámara como integrantes de los bloques del Frente para la Victoria”.
Por esta vía, es el Frente para la Victoria el que se adjudica la representación del Partido Justicialista, a pesar de que careció del escudo, del sello o de identificación alguna con tal Partido. El FpV tiene 95  bancas de diputado y 40 de senadores, seguido por 41 diputados de Unión Pro y 40 diputados y 8 senadores de la UCR.
¿Qué se debe considerar como “oficialismo” y como “oposición”? ¿Existe un “oficialismo legislativo” diverso del “oficialismo ejecutivo”? ¿Existe tal identidad entre el FPV y el PJ? Es decir, si el FPV tiene la mayoría en la Cámara de Diputados y de Senadores, es “oficialismo”, en tanto que quien ocuparía el lugar de “primera minoría” entre los opositores, en este marco, sería la UCR o al mismo PRO, a quien correspondería la designación al cargo.

VACÍO LEGAL
Por otra parte, el Partido Justicialista no se encuentra claramente identificado entre los bloques legislativos, ni del FPV ni respecto del denominado “Peronismo disidente”. Ahora bien, si se toma a la “oposición” como contrapuesta a quien ejerce el cargo de Presidente, debería ser el FPV quien se pronunciara como bloque, y no el Partido Justicialista.
Es decir, según el art. 85 de la Constitución Nacional, el funcionario “será designado a propuesta del partido político de oposición con mayor número de legisladores en el Congreso”. Ahora bien, ¿el partido opositor con mayor número de legisladores en el Congreso debe ser “opositor al Ejecutivo”, o es el partido “opositor en la Cámara”? Esto no está aclarado ni detallado en la Constitución Nacional, y puede dar lugar a diversas interpretaciones. Cuando el Ejecutivo asume con un número mayoritario de legisladores a su favor ejerciendo funciones en las Cámaras, no hay dificultad alguna en interpretar que el opositor es tanto en las Cámaras como respecto del Ejecutivo. Pero ¿qué sucede cuando esta coincidencia no se da?
Recordemos que hubo un antecedente cuando el Comité Nacional de la UCR presidido por Mario Barletta envió una nota para sostener la continuidad de Leandro Despouy en el año 2012, cuando el senador Miguel Pichetto (FpV) había manifestado que “el mandato de Despouy está vencido desde marzo de 2010, y la UCR, que tiene que nominar al titular de ese organismo, no lo hizo, por eso el cargo quedó vacío”. Este argumento fue replicado por el diputado Ricardo Gil Lavedra (UCR), quien sostuvo que “Despouy no necesita ser ratificado después del vencimiento del plazo, porque de acuerdo a la propia Constitución su mandato subsiste hasta que es revocado”.
Existe un vacío legal interpretativo en lo que se refiere a la organización de la AGN. Y todo esto forma parte de tal vacío legal. Y si no se considerase al FpV como partido opositor (porque además se trata de un “Frente”), la designación del titular de la AGN correspondería al siguiente en número en la Cámara. Una alternativa cuya resolución no sería de simple factura.


UNA DECLARACIÓN
Ricardo Echegaray expresó en nota fechada el 5 de enero de 2016: “DECLARO BAJO JURAMENTO NO ENCONTRARME INHIBIDO, EN ESTADO DE QUIEBRA O CONCURSADO CIVILMENTE, NI POSEER PROCESOS JUDICIALES PENDIENTES, NI HE SIDO TAMPOCO CONDENADO EN SEDE PENAL, DANDO CABAL CUMPLIMIENTO AL ART. 126 DE LA LEY No. 24.156”.
El motivo por el cual efectúa tal declaración, sin acudir a constancias fehacientes en los expedientes, es la Feria Judicial.
Sin embargo, debe destacarse que los Juzgados y Fiscalías Penales en turno tienen un funcionamiento diverso al civil, cuestión que ha sido omitida. Por ello, no es posible alegar una imposibilidad material de producir las debidas constancias, pudiendo haberse incurrido por ello en una irregularidad.

LAS DENUNCIAS
Hubo una serie de oposiciones, además de las efectuadas por las diputadas Carrió y Stolbizer, como son del Dr. Ricardo Monner Sans y de la Senadora Magdalena Odarda, con opiniones contrarias a la designación de Echegaray.
La denuncia de la diputada Elisa Carrió referencia que en mayo de 2014 el diputado nacional Fernando Sánchez “denunció ante la justicia con competencia penal con especialización en Crimen Organizado de Montevideo la celebración de una operación inmobiliaria en esa ciudad en presunta infracción a la Ley 17.835 y al decreto-ley 14.294, y su modificatoria Ley 18.494; sobre prevención y control del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, que involucraría al señor Echegaray”. También señaló en una ampliación que “Ricardo Echegaray se encuentra imputado en la causa “Ciccone” y cuenta con un pedido de indagatoria pendiente formulado por el fiscal actuante” a la vez que adjuntó un “certificado emitido por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 4 a cargo del doctor Javier M. ARZUBI CALVO”.
La resolución considera que “tanto el PARTIDO JUSTICIALISTA NACIONAL como el candidato manifiestan cumplir con todos los requisitos exigidos por la Ley N° 24.156; y la propia resolución conjunta R.P. N° 005/2015 da por cumplimentado por el candidato en su artículo 4° el requisito exigido por el artículo 126° de esa ley respecto a no haber sido condenado en sede penal”. Esto está significando que no han existido diferencias y hubo un consentimiento en ello, a pesar de los vacíos legales antes aludidos.

DATOS DE ECHEGARAY
Los siguientes son datos del postulado que fácilmente pueden hallarse en Internet, tratándose por ello de información pública.
Nombre completo: Ricardo Daniel Echegaray
Fecha de nacimiento: 27 de enero de 1966
Edad: 49 años
Dirección: Lago Viedma 835 835
Localidad: Guer Aike
Provincia: Santa Cruz
Código Postal: Z9400
Ocupación: Abogado
Actividad: servicios n.c.p.
Actividad principal:  841100 (F-883) -SERVICIOS GENERALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - Mes de inicio: 02/2014
Secundaria(s): 581100 (F-883) -EDICIÓN DE LIBROS, FOLLETOS, Y OTRAS PUBLICACIONES - Mes de inicio: 11/2015
Fecha de Inscripcion: 1992-01-21 (24 años)
Impuesto Ganancias: Activo
IVA: Activo – EXCENTO con fecha 11-2015
Monotributo: No Inscripto
Integrante sociedades: No inscripto
Empleador: No inscripto
Domicilio Fiscal: ECHEVERRIA 1200 - BARRIO: lot 418 - GENERAL PACHECO – CP 1617-BUENOS AIRES
Dependencia de la AFIP en que se encuentra inscripto: AGENCIA NRO 66 - AV. CAZON N° 201 - CP 1648 BUENOS AIRES

Nomenclador          Código     Descripción             Condición               Orden      Período desde         Fecha actualización
F-883 VIGENTE     841100    SERVICIOS GENERALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA      PARCIALMENTE EXENTA  1              02-2014                  23-02-2014 13:32:56
F-883 VIGENTE     581100    EDICIÓN DE LIBROS, FOLLETOS, Y OTRAS PUBLICACIONES      EXENTA                2              11-2015  11-11-2015 16:19:44

DATOS PUBLICOS DEL BCRA
Consulta de información para el CUIT-CUIL-CDI 20174786330
ECHEGARAY RICARDO DANIEL
Central de deudores del sistema financiero
La magnitud del monto de deuda se encuentra expresada en "miles de pesos con un decimal".
ENTIDAD                                     PERIODO    SITUACION        MONTO               DIAS ATRASO   
BCO DE GALICIA Y BS AS S.A.     10/15        1                         165,9     N/A
PSA FINANCE ARG. C.F.S.A         11/15        1                         133,3     N/A
BCO DE LA NACION ARG              11/15        1                           18,8