Desde 1860 se produjeron en la Rusia
zarista diversos levantamientos promovidos por pequeños grupos
radicalizados socialistas, anarquistas y comunistas, con actos
terroristas, magnicidios y provocaciones que les atrajeron sangrientas
reacciones. Origen de nuevas y crecientes sangrías.
Las
sucesivas derrotas militares en el Pacífico por parte de Rusia en la
guerra contra el Japón trajeron enorme malestar en las tropas, las que
fueron explotadas por esos profesionales de la
agitación.
San Petersburgo era, en 1905, asiento de unidades
de reserva del ejército zarista, adonde muchos combatientes
desmoralizados de la guerra ruso-japonesa eran enviados.
Allí
se formó la primera asamblea (en ruso: “soviet”) de carácter comunista,
liderada por Trotsky y formada por soldados. Soldados que, por ser de
caballería y usar picas, eran conocidos como “piqueteros” (en ruso:
“ynah”).
En la primera reunión de la asamblea o “soviet” de
soldados piqueteros, se dispuso la primera directiva que rápidamente se
extendió a todo el ejército: la revisión de la orden. Es decir, los
subalternos, antes de cumplir una orden impartida por los oficiales, la
revisaban y la aprobaban o desaprobaban, por lo que decidían “qué
cumplir” y “qué no cumplir”.
El primer efecto práctico de esta resolución fueron los hechos en el acorazado Potemkin, fondeado en el Báltico y en el que la
rebelión de la marinería terminó con el lanzamiento a las congeladas aguas de los oficiales del buque.
El
Zar reprimió duramente el hecho, pero la rebelión continuó
subterráneamente y al estallar la guerra del ‘14 -nueve años después-
San Petersburgo recibió dos millones de desertores, que fueron la masa
del futuro “Ejército Rojo” que terminó con el milenario zarismo e impuso
la sangrienta “dictadura del proletariado” que costó a Rusia setenta
millones de muertos, de los cuales, seis millones eran de pobres entre
los pobres: los “music” (peones de campo), asesinados por el “Ejército
Rojo”.
El gobierno de la familia Kirchner, tras instalar una
Corte ideológicamente adicta, viola la Constitución Nacional al imponer
el enjuiciamiento a los miembros de las FFAA, de Seguridad y Policiales,
fundados en la aplicación de los Tratados Internacionales sobre
Derechos Humanos a una guerra (lo cual es ya
irrisorio) firmados varios años después de terminada la misma,
transgrediendo así artera y abiertamente:
- El articulo 18 de
la Constitución nacional, que dice expresamente que nadie puede ser
“sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa”
y menos aún, que se funde el proceso judicial en aquello que no sea una
“ley anterior al hecho del proceso”.
- El artículo 74, inciso
22, párrafo 2do, que expresamente dice que la inclusión de los Tratados
Internacionales a la Constitución “no derogan artículo alguno de la
Primera Parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de
los derechos y garantías por ella reconocidos” (el artículo 18 es Parte
Primera de la Constitución).
- Por lo que, consecuentemente,
no puede sacarse de Fuero y aplicársele a los miembros de las Fuerzas
“comisiones especiales” de juzgamiento, fundado en delitos de “lesa
humanidad”
derivados de los Tratados de Derechos Humanos, por cuanto éstos no
tenían jerarquía constitucional en el momento de los hechos, y de
hacerlo, como se hace, se viola un Principio del Derecho Occidental
milenario como es la “irretroactividad” de las leyes.
-
Tampoco es válida la aplicación del “Derecho de Gentes”, porque él está
ya contenido en el Código Penal de la Nación y muy por el contrario de
penalizar éstos al defensor del Estado, castiga al agresor.
-
Incluso no se aplica el artículo 103 de la Constitución entonces
existente (hoy artículo 119) por el que se penaba hasta con muerte el
delito de “traición a la Patria”, entendiéndose como tal el tomar las
armas contra ella o unirse a sus enemigos, por lo que -tal como
expresara la Cámara que juzgó a las Juntas- se trató de una guerra
revolucionaria, en que los terroristas respondían a dirección de
potencia extranjera.
- Etc., etc.,
etc.
La Corte actual llega a cuestionar y no admitir,
incluso, la existencia de una guerra, reconocida por la Cámara que juzgó
a las Juntas Militares y homologada por las Cortes Supremas de tres
gobiernos sucesivos, como si un gobierno constitucional pudiera ordenar a
sus FFAA “aniquilar” un sector de la población si no es en estado de
guerra. O como si la guerra fuera sólo entre ejércitos, cuando la
moderna jurisprudencia, como lo definido por el “Instituto de
Investigaciones de la Paz Internacional” de Suecia no definiera a la
misma como conflicto armado entre una fuerza militar contra otra o
“contra insurgentes”, y cuando ya llevan muertos más de mil personas (la
orden de la presidente Argentina de entonces se efectuó cuando el
terrorismo llevaba producidos 1200 muertos). O como si la amenaza de las
organizaciones armadas no hubiesen constituido la mayor estructura
armada clandestina en el mundo, después de la Segunda
Guerra Mundial, en Argentina, dispuestas a segregar territorio nacional
y dar lugar por el Tratado de Descolonización de la ONU, de abiertos
apoyos internacionales a sus pretensiones.
Sin continuar
describiendo estas flagrantes transgresiones que naturalmente no
quedarán impunes, es de preguntarse si hay detrás de ello un tema de
Justicia o un tema de revancha y odio.
- No es un tema de
Justicia porque se arbitra de modo ilegal. Ni hace Justicia porque se
castiga a quienes cumpliendo órdenes defendieron a la Nación, sin
condenar a quienes agredieron a la Nación siguiendo estrategias de
Potencia extranjera.
- Tampoco es un tema de odios y
revanchas, porque habría que pensar que son idiotas, ya que la historia
demuestra que en Argentina, el péndulo vuelve más afilado. Pensar eso
sería subestimar a sus autores.
Aquí no se trata de detener y dejar morir en la cárcel a 100, 1.000 o 10.000 miembros de las
FFAA, de Seguridad y Policiales.
De lo que aquí se trata es
de demoler la obligación del “cumplimiento de órdenes” en las Fuerzas
que el Estado arma, para defensa de la sociedad y la Nación. Algo
claramente ridículo que en ningún tiempo o espacio alguna autoridad
pretendió imponerle a sus subalternos.
Obligación que el
Código de Justicia Militar penaliza hasta con la muerte y que el Código
Penal de la Nación confirma como “eximente” si de allí resultare algo
ilegal.
Esto fue, incluso, el fundamento de la Ley de
“obediencia debida” del gobierno constitucional del Dr. Alfonsín para
terminar con los juicios que se habían iniciado para con los que tenían
capacidad decisoria en la guerra y no contra quienes cumplían órdenes.
Mellar
o destruir el instituto de “obediencia debida” o “cumplimiento de la
orden impartida por autoridad legal” apunta lógica y absurdamente a
terminar con
toda organización vertical estatal.
Un remedo de la “revisión
de la orden” de la primera directiva del primer “soviet” ruso, que
llevó a esa nación a la “dictadura del proletariado”, con millones de
muertos.
La demolición de la “obediencia debida” o “revisión
de la orden” no concluye con la destrucción de las Fuerzas del Estado,
sino que servirá, obviamente, como jurisprudencia para quitar a toda
jerarquía de empresa del ámbito civil y privado, autoridad para resolver
y ordenar a sus empleados, con lo que se sientan las bases de la
co-gestión en camino a la anulación de las propiedades de producción,
comercialización y servicios.
Los efectos llegan
Los
actuales motines de Fuerzas de Seguridad, en camino a expandirse a las
Fuerzas policiales y Armadas, son la consecuencia inevitable de haber
socavado el instituto de “obediencia debida”. Y su éxito garantiza
nuevos motines (y esto las autoridades lo saben).
Que hoy existan causas claras y extraordinarias para que ello sucediera, no hay dudas. El reclamo es justo e inobjetable.
Pero
habría que preguntarse si socavar el instituto de la “obediencia
debida” como se está haciendo en Argentina (algo que todos los demás
países han advertido, razón por la que acotaron los juicios a quienes
tenían autoridad para ordenar) al encarcelar a quienes cumplieron
órdenes y no a quienes las impartieron (empezando por María Estela
Martínez y sus ministros) como a quienes agredieron a la Nación.
Humillar de mil formas a las instituciones armadas del Estado. Incumplir
flagrante y abiertamente las Leyes establecidas sobre pagos y
remuneraciones a tales Fuerzas. Presionar a la Corte Suprema para que
dicte una sentencia distinta (caso “Zanotti”) a la efectuada (caso
“Salas”), desconociendo la mismísima Ley de retribuciones al personal.
Ascender a los más altos puestos a miembros de tales fuerzas,
caracterizados por su ineptitud, falta de carácter o cómplices en
algunos delitos -como ya se conocen algunos casos- ¿no es parte de
azuzar finalmente la RUPTURA DE LA CADENA DE MANDOS?
Dicho de
otro modo y más allá de la Justicia de los reclamos: todo esto, ¿es
causado por la ineptitud o por planificados designios?
Sea
cual sea la respuesta, el efecto es el mismo. Estamos en las puertas de
la anarquía y fragmentación de las Fuerzas del Estado Nacional que
portan armas.
Estamos en las puertas del inicio de la
politización de los fragmentos que vendrá inmediatamente y con ello, del
ingreso a la “libanización” que hará correr mucha sangre por las calles
de la Patria.
Más con “carteles” que medrarán en el caos.
¿Y acaso, no es ésta la matriz que impuso la dictadura comunista
en otros
lugares?
Por otro lado, quienes sólo ven un desgaste de la
Presidente, o la mejora justa de las remuneraciones de los protestantes,
no están viendo que el costo será terrible para la sociedad, porque
vamos camino a la sovietización (gobierno por asambleas) de las Fuerzas
primero, empresas después, Parlamento finalmente y que, el
debilitamiento consecuente del Estado Argentino traerá como consecuencia
la partición del espacio nacional en tres o cuatro nuevos Estados,
según la apetencia de los intereses internacionales.
Sepa el
pueblo entonces y cada uno de los actores, dónde estamos parados, porque
lo peor en este tipo de guerras es confundir quién es el enemigo y
desconocer sus planes.
Fuente: Informador Público