El último intento de celebrar una marcha de
orgullo gay en mayo de 2011 en la capital rusa desembocó en choques violentos.
San Petersburgo, Rusia.- Un juez de paz de San
Petersburgo, la segunda ciudad de Rusia, dictó hoy la primera sentencia
inculpatoria por "propaganda de la homosexualidad" y condenó al
acusado a pagar una multa de 5,000 rublos, unos 170 dólares.
El activista en favor de los derechos de las
minorías sexuales Nikolái Alexéyev fue declarado culpable de violar la ley
local que prohíbe la propaganda de la homosexualidad y pedofilia, aprobada en
febrero pasado por la asamblea legislativa de la ciudad.
Según el magistrado, Alexéyev incurrió en la
falta administrativa al participar en un piquete frente a la sede del
Ayuntamiento.
"No sé qué es la propaganda de la
homosexualidad. No soy culpable", dijo al juez el activista, informó desde
el juzgado la agencia Interfax.
Alexéyev recalcó que se trataba de un piquete
en defensa de los derechos de los homosexuales.
Recientemente, la Iglesia Ortodoxa Rusa pidió
extender a toda Rusia esa ley, que prohíbe la propagación de información entre
menores de edad sobre la homosexualidad, la bisexualidad, el lesbianismo, la
transexualidad y también la pederastia.
La ley de San Petersburgo castiga la falta con
una multa de 5,000 rublos (unos 170 dólares) a las personas físicas; de 50,000
rublos (unos 1,700 dólares) a los funcionarios, y de entre 500,000 y 1,000,000
de rublos (17,000 y 34,000 dólares) a las personas jurídicas.
Las organizaciones homosexuales han criticado
la ley de San Petersburgo, que ha sido replicada en la regiones de Ástrajan,
Kostromá y Riazán, al considerar que supone una violación de la libertad de
expresión y que servirá de pretexto para seguir prohibiendo las marchas de
orgullo gay.
El último intento de celebrar una marcha de
orgullo gay en mayo de 2011 en la capital rusa desembocó en choques violentos
entre activistas homosexuales y ultranacionalistas, y en la detención de varias
decenas de personas.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó
una sentencia que considera que la prohibición de marchas de orgullo gay en
Moscú en 2006, 2007 y 2008 "se contradice con la Convención europea de
defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales".
Fuente: Agencia EFE 4/5/2012
NO ES “DERECHO HUMANO”
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ha
confirmado (en marzo de 2012) la decisión adoptada por alta magistratura
francesa que prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo –homosexuales
o no– así como la adopción. En la prohibición del llamado “matrimonio”
homosexual, el Tribunal resuelve que «éste no es un derecho en virtud del
Convención Europea de Derechos Humanos». Y añade que «no hay ‘discriminación
indirecta fundada […] sobre la imposibilidad del matrimonio», ya que el
artículo 12 de la Convención «no impone a los gobiernos la obligación de abrir
el matrimonio a una pareja homosexual». Por lo tanto «dictamina que la
prohibición de la adopción a las parejas no casadas no es discriminatoria,
porque se aplica por igual a parejas homosexuales o heterosexuales».
La historia es sencilla y repetida. Una pareja
de lesbianas francesas arrejuntadas se fueron a Bélgica a someterse a
fecundación «in vitro», proceso del que tuvieron una hija en 2000. Al volver a
Francia una de ellas fue reconocida como madre biológica y la otra pidió
adoptarla antes de formalizar un PACS – Pacte Civile de Solidarité– en 2002. La
justicia francesa le denegó la solicitud, puesto que según la legislación, ni
las parejas no casadas o unidas por PACS, sean del mismo sexo o de distinto,
pueden hacerlo.
La sentencia supone un duro palo al
argumentario de lobby gay. Es la segunda vez que el alto tribunal dicta una
sentencia en el mismo sentido. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos recalca
expresamente que la Convención Europea de Derechos Humanos de 1950 solo
garantiza como derecho fundamental el matrimonio entre un hombre y una mujer.
En 2010 ya lo dictaminó con ocasión de la demanda por discriminación de dos
ciudadanos austriacos contra su país por no dejarles «casarse»
Fuente: Análisis Digital, 20 de marzo de
2012