En la foto: Teresa Razzari, concejal oficialista del bruerismo, defendió la Ordenanza Fiscal e Impositiva en el Concejo, basándose en la generación de recursos propios por el Municipio, evitando la dependencia económica de la Provincia y de la Nación
La concejal Teresa Razzari puso en consideración el proyecto que modifica la actual Ordenanza Fiscal e Impositiva ante Concejales y Mayores Contribuyentes, en el que “se procura garantizar la razonabilidad que debe existir entre los ingresos que percibe la Comuna por los servicios que brinda y el costo en que se incurre al efectuar los mismos –tanto directos como indirectos”
En el proyecto se incorpora la valuación fiscal de la provincia de Buenos Aires como base imponible para liquidar la Tasa por Servicios Urbanos Municipales, abandonando la duplicación valuatoria, ampliando las bases imponibles totales para el cobro de la tasa.
La Tasa de Servicios Urbanos Municipales (SUM), es calculada en base a la valuación fiscal del inmueble y una alícuota por la cantidad de servicios recibidos en el inmueble, aplicando en la actualidad la base imponible a partir de valores básicos provinciales que datan de 1955 y actualizados por un coeficiente hasta el año 1999. De ese modo se desactualiza la valuación fiscal.
Al unificar el Valor Fiscal, se realiza un único cálculo valuatorio, permitiendo la unificación de datos registrales inmobiliarios y una mejor identificación de los contribuyentes, y por ende una mejor cobrabilidad. Permite también realizar controles fiscales conjuntos con la Provincia, detectando construcciones o ampliaciones no declaradas por métodos informáticos, fotogramétrico u operativos de inspección en campo. Además se unificaría el marco legal para ambos organismos, con una sola notificación, una sola declaración jurada y un solo trámite de rectificación en caso de ser necesario. Finalmente, permite ampliar el padrón de domicilios, accediendo el municipio a los declarados por los contribuyentes en la Provincia. El plus máximo a abonar, estimado por la edil, sería de $ 30, atendiendo que el 93% de los inmuebles del Partido abonan hasta 100 Pesos.
La unificación de la valuación fiscal con la provincial ya es utilizada en varios municipios. Además, se establece un nuevo régimen simplificado para los pequeños contribuyentes de la Tasa de Seguridad e Higiene, para incorporar al sistema a contribuyentes que operan en la economía informal.
Actualmente hay 15.429 contribuyentes activos en de la Tasa de Seguridad e Higiene, divididos en tres tipos de categorías según su monto anual tributado:
Ordinarios: ingresaron en el año anterior menos de $ 900, tienen un solo local y representan el 70 % de los contribuyentes, mientras que solo aportan el 4 % de total recaudado.
Grandes: Ingresaron en el año anterior más de $ 900, o tienen 2 o 3 locales
Especiales: Registran en el año anterior un pago bimestral mayor a $ 3000 (proyectado $ 18.000 al año) o tienen por lo menos 4 locales.
El nuevo régimen ayuda a los pequeños, quienes tienen un cumplimiento del 50%, con deficiente nivel organizativo, operan informalmente y cuentan con escaso asesoramiento profesional en la liquidación de tributos.
Este denominado “monotributo” en las primeras 5 categorías (que antes oblaban entre $ 45 y $ 90), pasarán a abonar bimestralmente un monto fijo de $ 100, mientras que las 4 categorías siguientes $ 200; y las mayores (que facturan entre $ 240.000 y $ 300.000) pagarán de $ 400 a $ 600 según la actividad desempeñada.
Se incorpora en la normativa, además, el “domicilio electrónico” válido para realizar notificaciones vinculantes y producir tanto en el ámbito administrativo como judicial los efectos del domicilio fiscal constituido.
También se incluyen explícitamente ciertos tipos de publicidad no contemplados al momento, que generan problemas administrativos al realizar su liquidación, como los avisos en pantallas de refugios de la red de transporte público y los avisos en pantallas autoportantes urbanas.
En el proyecto se establecen los “Derechos para la realización de filmaciones audiovisuales”en el Partido de La Plata, permitiendo “definir valores de tributación como contraprestación por la ocupación de esos espacios públicos”
Asimismo se incorpora entre los Derechos por Factibilidad de Localización y Permiso de Instalación de Antenas de Telefonía Celular y la Tasa por Inspección de las mismas, el cobro de las “celdas o microceldas, que son dispositivos utilizados por las empresas de telefonía que no se encontraban contempladas en la ordenanza anterior”.
Se modifica la tasa por la licencia de conducir, que pasa de $ 60 a $ 72, con un incremento de menos de 3 Pesos anuales y con un costo total anual de $ 13.
Se actualizan asimismo las alícuotas en la “Tasa de Seguridad e Higiene” para ciertas actividades de alta ganancia, en armonía entre las distintas actividades, como en los hipermercados que pasarán de tributar el 13 por mil (antes el 9 por mil) y las entidades financieras que tributarán el 16 por mil (antes el 13 por mil). Finalmente, los Derechos de Construcción se reajustan en un 25% en los valores a tributar.
La actualización de los valores tributarios se desarrolló teniendo en cuenta el incremento en el costo de los insumos que el municipio debe afrontar para garantizar los servicios prestados. El ejemplo es la tasa SUM, recaudándose unos $ 80 millones con un gasto anual que ronda los 130 millones de Pesos
El principio utilizado para fundamentar el proyecto es el criterio la “necesidad real de generar sus recursos” propios y no depender de la Provincia o la Nación.
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