Por Emilio Nazar Kasbo
¿Qué es el matrimonio? Analizaremos esta pregunta a la luz del Magisterio de la Iglesia Católica y del Derecho Canónico.
La mejor definición dada del mismo, es la perteneciente al pagano Modestino, un jurista romano, que precisó: "el matrimonio es la unión de un hombre con una mujer, consorcio de toda la vida, comunicación del Derecho Divino y humano".
I- ¿Es un contrato o una institución?
Dada la definición, no se trata de algo "convencionar", que se puede modificar por las partes, sino que es algo "dado", un "hecho". Por ello, la libertad de los contrayentes se limita a aceptar una forma de vida con una persona del sexo opuesto con la cual podrán tener hijos para formarlos y educarlos con afecto para que sepan ser libres y no libertinos. A pesar de que en algún tiempo haya sido restaltada la calidad de expresión de voluntad de los contrayentes en lo cual se asemeja a un contrato, o de que se haya resaltado la forma de unión de voluntades al estilo de la constitución de una sociedad, definitivamente se trata de una institución. Nunca está de más reiterarlo: el Matrimonio y la Familia son una Institución.
II- ¿En el ámbito civil, es una normativa de Orden Público o "libre en sus formas y formalidades"?
Si fuese una institución libre en sus formas, podría establecerse de manera consensual cualquier figura bajo la denominación de "matrimonio" o de "familia". Sin embargo, se trata de una institución en la cual obra de modo directo la Naturaleza humana en toda su dimensión espiritual, psicológica, cultural, sociológica, biológica y en particular en la cual se hace patente el instinto de perpetuación de la especie. Tal perpetuación de la especie, implica a su vez la perpetuación de la familia en la descendencia, y la perpetuación de las instituciones e identidad del Estado. Si fuese una institución libre en sus formalidades, un matrimonio podría constituirse de cualquier modo, sin intervención de terceras personas, en lo cual se da esto en un matrimonio de orden natural: de la unión de un varón y una mujer nacen hijos, se constituye una familia natural, y ello se da sin intervención de formalidades en el caso de un concubinato. El Orden Público marca el grado de inmutabilidad normativa y de obligaciones y derechos respecto de los cónyuges y los hijos, así como de los concubinos y de sus hijos. Hay una intervención del Estado en el reconocimiento de la situación, y una regulación de ella. En sí, el concubinato es un mal, un apartamiento de la Ley. Por ello, en el Matrimonio y la Familia se refleja de modo directo la acción del Derecho Natural, del Derecho Divino, de la Legislación Eclesiástica y se concluye ue se trata de normas de Orden Público no alterables por la voluntad de las partes.
III- ¿Es una institución de Derecho Privado o de Derecho Público?
La consecuencia de la pregunta anterior, nos lleva a ubicar al Matrimonio y la Familia en la legislación de Derecho Público, ya que el mismo Estado depende de su fortaleza y condiciones para el desarrollo de cada uno de sus miembros. Es un error considerar al Matrimonio y la Familia como una mera cuestión consensual, contractual, societaria o personal. Por otra parte, se trata de una institución que es base del municipio, el cual no es más que la unión de las familias integradas por sus miembros. Efectivamente, la unidad sobre la cual se solidifica el Municipio y luego la Provincia, y en la federación de Provincias la Nación Argentina, es la familia, que debe ser reconocida con este status. El Matrimonio y la Familia son instituciones de Derecho Público.
IV- ¿Es una institución de Existencia Necesaria o de Existencia Posible?
Vinculado a su status de Derecho Público, el Matrimonio y la Familia es una institución de Existencia Necesaria, en la antigua clasificación del Código Civil Argentino. Existen instituciones y sociedades que pueden o no existir sin afectar a la existencia de la Nación; sin embargo, el Matrimonio y la Familia no ingresan dentro de tal encuadre. Un Estado carente de matrimonios y de familias se enfrenta a la atomización y a la anarquía, sumiendo en el deshamparo a los niños, violando sus derechos, y dañando a la existencia de toda la sociedad, que ingresa en una debacle que lleva a su extinción como tal. Por ello, el Matrimonio y la Familia es una institución de Existencia Necesaria.
V- ¿Cuál es la importancia de los elementos enumerados en la definición del Matrimonio?
Iremos analizando uno a uno los elementos, para justipreciarlos:
1- Unión
La unión es de elementos complementarios que se hacen uno, que se unen, que comparten una misma identidad. Lo que se une se enlaza (de allí el "enlace" referido al matrimonio), se ata, se liga (y re-ligar es base de la religión). Unión es la asociaciación de personas en pos de un fin común. Aquello que es unido entre sí, convierte a los elementos en un todo.
Un matrimonio y una familia sin unión, sin ligazón, sin re-ligación (sin Religión), carece de la suficiente permanencia para cumplir los fines del mismo. La unión es la que fortalece las debilidades de cada miembro, desde la complementariedad, desde el aporte de diversos elementos en pos de una causa común: desde la unión de los padres, cuidar de los hijos que nacerán para formarlos y educarlos preparándolos para afrontar los desafíos de que la sociedad presentará, procurando que no falten en lo material los afectos, sanidad, comida, techo, vestimenta, y todo lo necesario incluso para la recreación. Así, el Matrimonio y la Familia además constituyen una unidad económica, calificada de "célula básica" de la sociedad, denotando su aspecto vital en el organismo de la sociedad toda. El Matrimonio y la Familia son una institución de progreso social, material, cultural y espiritual.
La mera satisfacción de la lujuria no alcanza para la unidad en un matrimonio y la familia, pues es algo muy burdo y que en sí repugna a la racionalidad, en tanto que muestra una enfermedad psicológica que debe ser tratada. En el aspecto espiritual, el amor es el factor de unión en el Matrimonio y la Familia, reflejo del Amor de Dios presente en el Sacramento. Pero esto hace al mayor factor de unión, que será tratado en el último punto del análisis, al abordar el Derecho Divino y humano.
2- de un hombre con una mujer
No existe matrimonio que no sea de un hombre con una mujer. Es imposible una unión múltiple de modo natural para el nacimiento de hijos, la cual se produce exclusivamente por la unión de un hombre con una mujer. No existe matrimonio posible entre dos varones, dos mujeres, entre animales entre sí, o entre seres humanos y animales; tampoco existe matrimonio en la "poligamia" o en la "poliandria" (dándose esto en sociedades en que siempre existe una preferencia por un cónyuge en particular, demostrando así que no existe un "múltiple amor", sino el amor personalizado entre un hombre y una mujer). Tampoco existe matrimonio entre una persona humana y un vegetal o con un objeto inanimado. Todo ello, que basta para su demostración el mero sentido común, la mera racionalidad básica, hoy es cuestionado en muchos aspectos pretendiendo la existencia de un amor sin objeto propio, confundido con la lujuria.
Es el Orden Natural el que rige esta materia, y cualquier otra alternativa no es más que una ficción antijurídica.
3- consorcio
Un consorcio es una unión de personas que tienen intereses comunes. En el caso del Matrimonio y la Familia, el consorcio bien constituido se basa en la unión en el Amor, que es de orden espiritual y que resulta superior a los "intereses comunes" que son las cuestiones prácticas alimentarias en el Matrimonio y la Familia. El interés siempre es personal, pero en el caso del Matrimonio y la Familia es por el cónyuge y los hijos: es un "darse".
4- de toda la vida
Por no tratarse de una unión basada en la lujuria de un momento, ni en un interés particular, ni en la comodidad de una persona que pretende el hedonismo sin sacrificios, es una unión de toda la vida. La unión de un hombre con una mujer en un consorcio basado en el amor, en la disposición al cuidado y sacrificio respecto del cónyuge y los hijos, más allá de la condición de riqueza o pobreza, de salud o enfermedad, de ánimos buenos o decaídos, de alegrías o de dolores, tornan central el amor que produce una fuerte unidad para superar problemas y disfrutar de bonanzas. Este es el único camino de constituir una familia sólida, que se proyectará al futuro en las próximas generaciones y que cuidará de los mayores. Una costumbre que perdura en las familias del cercano Oriente, es la mentalidad de "clan familiar", marcando que el dato "de toda la vida" del matrimonio y la familia se refiere también al "clan familiar", "tribu", "gens" o como se quiera denominar. La reducción del concepto de familia a la "nuclear" (padre, madre e hijos), hace perder de vista muchas veces a la "gran familia", constituida por abuelos, bisabuelos, tatarabuelos y su descendencia toda. La consecuencia de la mentalidad de "familia nuclear" es la pérdida de referencia de la "Historia de la Familia" propia, como un inicio continuo de familias atomizadas independientes unas de otras y sin vinculación alguna, y que en la actualidad ha producido a personas individualistas, incapaces de sacrificio y de donación del propio tiempo y de la propia vida para los demás, y por tanto incapaces de asumir un compromiso "para toda la vida, hasta que la muerte los separe". Una unión que no es "para siempre", no es matrimonio.
5- comunicación del Derecho Divino y humano
Debe destacarse esta parte final de la definición, ya que no pertenece a un católico actual, sino a un pagano romano. Por lo tanto, de nada se lo puede acusar como "tendencioso".
El Derecho Divino es el conjunto de leyes y de normas que dependen exclusivamente de la voluntad de Dios, la cual se ha revelado a sí misma. Santo Tomás lo denominaba Lex Aeterna (proyecto eterno de Dios de la creación y de la revelación) o Lex Divina del Antiguo y del Nuevo Testamento (actuación histórica del proyecto). Puesto que estas verdades son objeto del mensaje anunciado por la Iglesia al mundo, el derecho divino se engloba dentro del Derecho Canónico.
El Matrimonio es un ámbito común de regulación por parte de la Iglesia Católica y del Estado, y el Orden Sobrenatural prima sobre el orden temporal. El Estado no debe establecer normativas que contradigan la Ley Eterna y el Derecho Canónico, del mismo modo que lo accesorio no condiciona lo principal. La correcta "comunicación" entre ambas legislaciones produce una armonía que facilita el desarrollo de los miembros de cada Familia. La discordancia entre ambas legislaciones entorpece la vida en un Matrimonio y en la Familia, dañando además al mismo Estado.
VI- ¿Qué sentido tiene un matrimonio civil?
El matrimonio civil debería reconocer el matrimonio canónico lisa y llanamente, pudiendo regular otras materias diversas a las ya establecidas por el Código de Derecho Canónico. En sí, el matrimonio civil no es más que un registro que produce presunciones en materia de familia, y que regula obligaciones entre cónyuges y dentro de la familia. El matrimonio civil, cuando es planteado como única forma de matrimonio, no es más que un placebo para imitar el Sacramento del Matrimonio de la Iglesia Católica.
Si el matrimonio civil se regula como legislación independiente del Derecho Canónico, o incluso cuando se legisla contra el Derecho Canónico, produce normativas inicuas que naturalmente no puede producir efecto alguno. La naturaleza del matrimonio civil debe hallarse en la concordancia del Derecho positivo con la Ley Natural y el Derecho Canónico; sin tal concordancia, el matrimonio civil queda vaciado de contenido y significado.
Un matrimonio que no es una unión, que no es entre un hombre y una mujer, que no es consorcio de toda la vida, o que no es comunicación del Derecho Divino y humano, no es matrimonio.
Hay personas a quienes les agrada la formalidad por su mismo hecho, aunque sea vacía. Un compromiso "mientras todo ande bien", "mientras tu vida no sea una incomodidad o una molestia para la mía", o un compromiso "hasta que se me de la gana", es un compromiso temporal que se puede deshacer, o un compromiso sobre bases antinaturales, no es un compromiso.
¿Qué buscan los contrayentes en una boda civil? Una formalidad que genera un evento "social" no muy rimbombante, y en la cual Dios se halla ausente. o un medio de lograr la sucesión de una persona, o un medio jurídico para obtener ciertos beneficios patrimoniales... La posibilidad del divorcio vincular (no la separación de personas en casos graves, pero manteniendo el vínculo), vicia el consentimiento matrimonial.
Siendo lo principal un acto carente de sentido en sí, más que una cuestión de derecho positivo, un divorcio como disolución del vínculo corre la suerte del sinsentido del acto principal. Diverso sería en su caso si fuese reconocido el Derecho Natural en la legislación civil, lo cual no quita la condición de institución del Matrimonio y la Familia con sus efectos en el Orden Natural.
El divorcio reiterado produce confusión en los hijos, pérdida de identidad y daños sociales. Los profesionales del Derecho que realizan divorcios que no sean para adecuar la condición al status canónico matrimonial, colaboran con el daño como partícipes.
VII- ¿Qué es un matrimonio ante cultos que no son católicos?
Su significado es diverso, puede coincidir con el matrimonio civil, pero en las religiones y sectas siempre hay algún tipo de ceremonia. En cultos no cristianos, es la unión de un hombre y una mujer en un vínculo generalmente disoluble, revestido de cierta formalidad. En cultos cristianos, la unión puede o no ser disoluble, conforme el grado de cumplimiento del Evangelio y de acercamiento a la Iglesia Católica. En ciertos casos, la Iglesia puede reconocer validez sacramental en el caso de matrimonios no celebrados ante la Iglesia Católica, ésta puede reconocerlos cuando son realizados con el mismo sentido indicado en el Código de Derecho Canónico.
Incluso en sus formalidades, ningún matrimonio (civil o de otros cultos) tiene la profundidad, en sus dimensiones y significado, del Sacramento Católico.
VIII- ¿Por qué casarse y formar una familia?
En todo lo que no atente contra la Fe, es necesario cumplir con las formalidades legales del país. El matrimonio civil permite hacer pública en la sociedad la nueva condición de los contrayentes, sumado a la presunción de que los hijos nacidos en el matrimonio tienen padre y madre ciertos, otorga los derechos sucesorios, informa de las obligaciones alimentarias conyugales y filiatorias, y además permite acceder a diversos beneficios que en cada lugar se propone a quienes se casan y tienen hijos. Todo esto hace al matrimonio civil, y resulta claro que no es lícito al católico acceder al divorcio vincular.
Pero se trata de una vocación. Si una persona tiene vocación para ser sacerdote y el correspondiente celibato, y se casa, traicionando su vocación real, se sentirá incompleto y por momentos infeliz, porque no se sentirá pleno. La vocación que se desarrolla conduce a la Felicidad.
En el caso del Catolicismo, el amor humano se eleva a Sacramento con una participación del Amor de Dios en la vivencia personal y familiar, recibiendo una Gracia especial constante para su fortalecimiento y desarrollo.
Hay un solo motivo para casarse conforme el Evangelio enseña para los católicos: para la Mayor Gloria de Dios.
Quien no se casa según el Derecho Canónico, vive en una situación irregular llamada concubinato para la Iglesia Católica, incluso si se ha casado según el Derecho Civil o por otro culto. El único matrimonio católico es el que se realiza según el Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica. Cualquier otra cosa, es un simple placebo.
IX- ¿Cómo llegar al Matrimonio?
En primer lugar, vivimos en una época en que la lujuria de Sodoma y Gomorra o de la globalización de los tiempos de Noé parecen revitalizarse de modo apocalíptico. Quien tiene vocación al matrimonio debe tener la plena seguridad de que Dios le presentará la persona adecuada en algún momento.
Dice el Padre Horacio Bojorge que "buscando a Dios se encuentra a la persona indicada". Por ello, se debe robustecer y fortalecer la vivencia de los Mandamientos, la vida Sacramental y de piedad, y cumplir con las obligaciones de estado propias. En ese camino de búsqueda de Dios, al hallar a otra persona que transita por el mismo Camino que es la vida de Jesucristo, de modo natural se darán cuenta ambos que están hablando con alguien que permitirá colborar en el desarrollo de la vida espiritual para el futuro, que sería bueno contituir una familia con alguien así, ya que además formará y educará con criterio católico a los hijos.
Las palabras castidad y virginidad son temas "tabú" en los medios masivos de comunicación, y son desalentadas desde allí para adolescentes jóvenes y mayores débiles de carácter, que viven ya habituados a considerar el mundo como un angustiante pantano horripilante del que no pueden salir, incapaces de elevar la vista al Cielo y al Amor Sobrenatural para hallar la Paz de Jesucristo.
En la realidad, los que viven en la lujuria desconocen al Amor, y no hallan la verdadera Felicidad, porque hasta son adictos a un vicio siendo manipulados a su antojo y perdiendo la libertad ante la presencia del vicio, tanto como un adicto al tabaco cuando ve algo para fumar o siente la necesidad que no puede controlar.
Siempre se enseñó que hay que casarse una sola vez y virgen ¿y qué? ¿No es eso acaso lo que predicó Jesucristo?
Por ello, hay que asumir si como católicos han de vivir en la Ciudad de Dios, en conformidad con la Iglesia Católica, o en la Ciudad de los hombres. Quien está decidido a vivir en la Ciudad de Dios sabe que incluso debe prepararse para el martirio, y soportar cada golpe y daño que la vida cotidiana moderna ofrece al católico coherente que busca la santidad. Y por ello, no hay que desfallecer, sino seguir siempre adelante con la prédica del Amor de Dios según Jesucristo enseñó.
No es en realidad tanto una elección de las personas, como un reconocimiento de la persona que Dios tiene preparada desde su Providencia.
No hay normativas para los enamorados y novios, pero la improvisación en la materia no debe conducir a la comisión de pecados, ya que estos alejan de Dios, y por tanto alejan del verdadero Amor.
Para casarse, hay que descubrir a la otra persona y decidirse al desafío del noviazgo con vistas al pronto matrimonio. No depende de recursos económicos, de un lugar donde vivir (que es necesario, pero nada tienen que ver con el Sacramento). Lógicamente que no debe caerse en una improvisación absoluta, todo debe ser pensado, pero no al punto tal de quedarse en la parálisis y la falta de decisión por pretender controlar incluso los futuribles, o por obtener una seguridad económica que nunca llegará. Incluso grandes empresarios llegan no a quedar sin deudas, sino gravemente endeudados, y aun así su matrimonio debe persistir: implicará un nuevo desafío familiar para recomenzar en algún emprendimiento o en una relación de empleo. Del mismo modo, más fácil aun ha de ser para quien se casa sin deudas, y que incluso no tiene hijos (como en el posible caso de un quebrado).
La confianza no ha de estar en los recursos económicos, sino en la Providencia de Dios.
Al Matrimonio hay que llegar como Dios manda, porque sólo así se alcanzará la dicha y la Felicidad, porque Dios no ordena nada que conduzca al daño o infelicidad de las personas.
X- ¿Qué sentido tiene un Matrimonio Sacramento en la Iglesia Católica?
El sacramento del matrimonio es la presencia del mismo Jesucristo, en presencia sacramental, siendo un medio de comunicación de la gracia de Dios y camino para la salvación de quienes lo integran. Como Sacramento es un signo del Amor y de la Alianza de Cristo con la única Iglesia fundada por El mismo con Pedro como primer Papa. La finalidad del Sacramento del Matrimonio es la santificación de los esposos mediante la Unión y la procreación, y educación de los hijos, ayudándose mutuamente con la gracia de Dios en la realización de la propia vocación.
Esta es la enseñanza del Evangelio: Dios Uno y Trinitario es Amor, por Amor crea el Universo, se Encarna para redimir al hombre del Pecado Original, y el Espíritu Santo es Amor presente y que guía a la Iglesia Católica hasta el fin de los tiempos. Esa efusividad interna y externa de Dios que es Amor, se hace presente en el Sacramento Católico del matrimonio, y lo vivifica para soportar todas las dificultades que aparezcan y para alegrarse sanamente en la virtud para alcanzar la Felicidad en la santidad viviendo según Jesucristo ha enseñado.
En el Rito Latino de la Iglesia Católica los ministros del Sacramento son los contrayentes, y el sacerdote es un testigo; en cambio, en los Ritos Orientales de la Iglesia Católica tanto los contrayentes como el sacerdote son Ministros del Sacramento del Matrimonio.
Todo el ritual del Matrimonio en la Iglesia Católica señala el camino del Amor, y sólo quien esto comprende puede vivir en plenitud la fidelidad y perdurabilidad hasta la muerte según Jesucristo enseñó. Vivir con sana alegría y Felicidad, ser Santo y vivir según el Evangelio, es todo una misma realidad con el Amor Infinito de Dios en medio de los cónyuges y de la familia de manera siempre presente, aun en las dificultades y dolores. Porque el Matrimonio y la Familia católicos no son una formalidad, sino un modo de vida hasta el pleno encuentro con el Amor de Dios.
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