Por el Lic. Héctor Giuliano
(7.2.10).
Lo que sigue es un razonamiento libre sobre la cuestión del destino de las Reservas Internacionales del Banco Central (BCRA), que sólo tiene la pretensión de replantear los términos de una confusa información periodística al respecto e instalar la idea alternativa de Moneda Paralela como Tema de Debate.
El BCRA tiene hoy Reservas por algo más de 48.000 Millones de Dólares (MD), reservas éstas que son motivo de discusión dada la decisión del Gobierno Kirchner de usarlas – en línea con las recomendaciones del FMI - para el pago de la Deuda Externa Argentina.
La controversia de base sobre el DNU 2.010/09 reside en que este Decreto del Poder Ejecutivo crea el denominado Fondo del Bicentenario para el Desendeudamiento (es decir, para el pago de Deuda) y para la Estabilidad (concepto que no está aquí muy claro en su relación con el objeto del Fondo); e integra dicho fondo con Reservas Internacionales.
Simplificando, en todo lo posible, el cuadro de opciones básicas que tiene un Gobierno para el uso o destino de sus reservas – particularmente en lo que toca al muy discutible concepto de Reservas Excedentes o de Libre Disponibilidad – tenemos que las autoridades nacionales pueden hacer con ellas esencialmente tres cosas:
1. Acumularlas, como hasta ahora, colocándolas en el Exterior (donde están expuestas a los riesgos de la expatriación) para obtener una rentabilidad que, hoy en día, es muy baja.
Esta es la Política de Acumulación de Reservas que se vino practicando bajo la presidencia de Martín Redrado en el BCRA.
La finalidad básica de tener esta masa de divisas es prevenir la atención de transferencias públicas y privadas al Exterior por operaciones comerciales y financieras.
2. Usarlas – como pretende el Gobierno Kirchner con el DNU 2.010/09 – para el pago de Deuda Externa.
Esta opción, como dijimos, está en gran medida en línea con las sugerencias del Fondo Monetario, que insta a los Países Deudores a utilizar las divisas para pagar a los Acreedores Externos para así poder volver a endeudarse en el Mercado Internacional de Capitales; contando con el resguardo del FMI como “prestamista de última instancia” a través de sus nuevas líneas de crédito contingente (FCL o CCL).
Alternativamente, esta misma cobertura pudiera obtenerse por nuevos “blindajes” de organismos multilaterales y/o por la ampliación de los préstamos ya existentes del Banco de Pagos Internacionales (BIS) de Basilea, Suiza, al Banco Central de la Argentina.
3. Utilizarlas, como también se sugiere, para financiar la reactivación económica del país.
A los fines del presente trabajo – dejando de lado las otras dos - nos interesa analizar algo más detenidamente esta última opción: la del uso de Reservas para el Desarrollo Económico.
RESERVAS Y DESARROLLO.
Cuando se habla de utilizar las divisas de las Reservas del BCRA para aplicarlas a la financiación del desarrollo productivo – cosa que, en principio, no es motivo de desacuerdo – surge sin embargo el interrogante de la forma concreta por la que tales divisas serían asignadas a los proyectos de reactivación económica.
Una vía para hacerlo es que el BCRA – directamente o a través del sistema bancario – habilite líneas de crédito en dólares que se necesiten para Importación de Bienes de Capital y/o Insumos necesarios para financiar Proyectos de Inversión o ampliación de la Capacidad Instalada de las Empresas existentes.
Pero se supone que la gran mayoría de los emprendimientos locales no necesitarían emplear divisas sino pesos. Entonces: cómo y para qué se usarían las Reservas a los efectos de promover la expansión de la Economía Nacional?
Si se desea usar divisas para financiar líneas de crédito en pesos, esto se traduciría en la venta de Reservas para conformar una masa prestable en moneda nacional lo que, se advierte, pudiera generar presiones inflacionarias y alza de las tasas de interés, reciclando la Inflación.
El resultado, en ese caso, sería que el país se quedaría con menos Reservas y más Inflación.
Cabe aclarar que no compartimos la hipótesis de que la sola emisión monetaria, o su equivalente por conversión de divisas, sea factor causal del aumento de Precios (Teoría Clásica de la Inflación), pero este punto no es determinante ni materia de discusión aquí.
Volviendo entonces al dilema planteado, tendríamos en principio que si se venden las Reservas del BCRA para financiar líneas de crédito barato en pesos bajaría obviamente el stock de Reservas y se incrementarían las presiones inflacionarias.
Y esto, en la experiencia argentina, es un riesgo cierto independientemente de cualquier interpretación o adhesión ideológica o doctrinaria.
Los peligros que conlleva toda posible licuación del valor del Dinero y el mantenimiento de la paradoja de la Tasa de Interés como factor de Inflación pueden llevar, efectivamente, a una espiral inflacionaria.
Por ende, es conveniente contemplar otras alternativas heterodoxas en materia monetaria que permitan soslayar – al menos como experiencia de transición – este riesgo de Inflación por el empleo de Reservas para el Desarrollo Económico.
RESERVAS O MONEDA PARALELA.
Por qué desprenderse de Reservas Internacionales para convertirlas a Pesos y prestarlas a Interés si es posible emitir Moneda Paralela, en forma de Bonos para la Producción sin Interés a los fines de inducir y/o mantener la reactivación de la Economía?
Esta idea – que el autor ha desarrollado en otras oportunidades – tendría una operatoria de esquema simple:
El BCRA crearía un Bono de Producción (BOPRO o como quiera llamarse) que administrarían los Bancos Oficiales y Privados como Líneas de Crédito y, además, una serie de cuentas habilitadas para el giro de Organismos de Gobierno a Contratistas y Proveedores.
Este Bono estaría bajo la estricta administración y control del Banco Central - no del Ministerio de Economía - como responsable de la Base Monetaria del país y también de la nueva masa cuasi-monetaria, ya que tales Bonos tendrían valor cancelatorio (total o parcial) para el pago de obligaciones fiscales.
Esto es así por definición, porque si se acepta la idea de Cuasi-Moneda o Moneda Paralela, el Estado (en este caso, a través del Banco Central) tiene que hacerse responsable no sólo de la emisión sino también de la posterior aceptación de la misma como forma de pago por parte de las personas y empresas que la utilicen para cancelar sus impuestos y/o deudas con el Fisco.
Los Bonos actuarían como Cuasi-Moneda Nacional - no Provincial ni Municipal - aunque ambas jurisdicciones estarían igualmente obligadas a su aceptación.
Puede darse que, en la medida que el circuito funcione debidamente, la proporción de pago en Bonos por parte del Estado, y su correspondiente aceptación con valor cancelatorio por parte del Fisco, puedan ir variando pero, en principio, una relación entre Efectivo en Pesos y Bonos pudiera ser del 20 Ó 25 %.
Los Bonos no serían canjeables o convertibles en Pesos ni descontables en Bancos, no cotizarían en Bolsa, no servirían como garantía ni forma de atesoramiento; y todo descuento sobre los mismos constituiría Delito porque su valor de paridad oficial es el Peso.
La idea, en principio, es que estos títulos sean utilizados por el Banco Central para fondear líneas de crédito bancarias para proyectos productivos y, dentro de este esquema, utilizables también por los Organismos de Gobierno – por medio de cuentas abiertas en el BCRA (como si se tratase de Cuentas Corrientes con giro en descubierto) - para el pago parcial a Contratistas y Proveedores del Estado.
Una vez puestos en circulación, el empleo de estos bonos sería válido y se distribuiría a través de toda la cadena de Compra-Ventas de la Economía.
En tal condición, puede darse que estas cuasi-monedas lleguen después a manos de consumidores, pero ésta no es la finalidad primaria del Bono sino poner en marcha el aparato de producción por vía de un mecanismo de crédito de fomento que no utilice pesos sino moneda paralela.
Por la misma razón, el uso o derivación de estos bonos para el pago de Sueldos (Públicos o Privados) y/o de Jubilaciones, en principio no es recomendable porque los bonos tienen, entre sus fines prioritarios, no volcar excesivos medios de pago para el Consumo de la gente.
Si se aumentara el circulante cuasi-monetario en poder del público y, consecuentemente, la Demanda Agregada, no sólo no se obtendría la rebaja de precios buscada (por eliminación del traslado del costo financiero empresario al Sistema de Precios que conlleva el uso de los Bonos de Producción sin Interés) sino que, por el contrario, se presionaría una suba de tipo inflacionaria.
Sólo en una segunda etapa – cuando los Bonos se hayan experimentado en la cadena de pagos productiva y en su absorción parcial o total por el Estado – el sistema pudiera hacerse extensivo al pago de una cuota-parte de Sueldos y Jubilaciones. Y ello, en forma muy gradual, que partiera – digamos – de un 10 % y llegase, como máximo al 30.
El tema, obviamente, es materia de discusión y da para mucho más; pero tal es la idea y la precaución básica: primero, la cuasi-moneda para financiar la Producción, y luego la alternativa de ampliar los bonos para un uso generalizado.
Desde el punto de vista de las Finanzas Públicas, la ventaja fundamental del uso de los Bonos de Producción está en el ahorro de desembolsos por Gastos de Capital del Presupuesto.
El Estado – siempre bajo la vigilancia del BCRA – tendría prohibido usar estos Bonos para el Gasto Público Corriente (particularmente, como hemos dicho, no podría utilizar este título para pago de Remuneraciones).
Esta restricción es esencial, ya que la finalidad primaria del Bono no es alentar el Consumo sino la Producción: en la medida que la Oferta de Bienes y Servicios aumente y los precios tiendan a abaratarse por las Economías de Escala productivas, el Control del Agiotaje y la ausencia de la Tasa de Interés (los Bonos – como se ha dicho – no devengan Interés), el Poder Adquisitivo de la Población aumentaría y entonces sí, naturalmente, se incrementaría el Consumo. Pero la moneda paralela no actuaría en forma directa – por aumento de la liquidez para consumo – sino indirectamente, por mejora del poder de compra derivado de una deflación de precios.
Los Bonos se utilizarían así, exclusivamente, para Proyectos Productivos y/o Gastos Públicos de Capital (fundamentalmente Obras Públicas y de Infraestructura) y los pondrían en circulación tanto el Estado Nacional, para la Inversión Pública, como los Bancos Privados y Públicos, responsables de administrar las líneas de crédito en Bonos que abriría y controlaría el BCRA.
Estas líneas de crédito del Banco Central se darían al Sector Bancario y al propio Gobierno, como intermediarios y prestatarios responsables por el uso de los fondos en Bonos que reciban del BCRA.
La diferencia reside en que el Estado puede gozar así de un Cuenta Abierta para financiar Obras Públicas mientras que los Bancos Privados son responsables de préstamos que deben devolver después al BCRA, vía rescate por amortización de Bonos.
La cuenta y/o subcuentas de los Organismos Nacionales habilitadas por el Banco Central, en cambio (siempre bajo contralor de destino por parte del BCRA) pueden ser objeto de compensación o directamente de no devolución porque el sentido es que una vez que se genere un circuito paralelo de cuasi-monedas con los pagos iniciales del Estado en bonos el sector privado los emplearía en toda la cadena productiva y parte de esos bonos volverían al Fisco como pago de Impuestos y Tasas, pudiendo retro-alimentar el sistema sin necesidad de emitir nuevos títulos.
Así, el uso de estas cuasi-monedas sólo debiera expandirse – por vía de créditos productivos y por vía de pagos del Estado – en función y en proporción directa al aumento del Producto Bruto Interno de los Sectores Productivos involucrados.
Los Entes Públicos pertinentes (por ejemplo, Dirección de Vialidad, Administración de Puertos, Secretaría de Transporte Ferroviario, etc.) utilizarían estos Bonos para financiar obras – adjudicadas por licitación - pagando contra presentación de certificados de cumplimiento y/o avance de obras).
En el caso del Gobierno, el circuito operaría – en lo básico - pagando con Bonos por un lado (caso típico de pago a Contratistas y Proveedores del Estado) y recibiéndolos luego por cobros fiscales (Impuestos y tasas), lo que debiera llevar a un circuito continuo o de retro-alimentación, de cuyo saldo neto el Ministerio de Economía sería responsable ante la cuenta abierta por el BCRA.
Esta cuenta, por otra parte, no tendría por qué ser cancelada por el Estado en la medida que su puesta en circulación sirva como flujo de dinero paralelo en la actividad económica.
LOS BONOS Y EL SECTOR BANCARIO.
Por el lado del sistema bancario, las entidades financieras autorizadas por el BCRA – sean indistintamente bancos oficiales o privados – administrarán las líneas de crédito productivo con los mismos requisitos de evaluación que los préstamos en pesos, con la gran diferencia que los créditos en Bonos no devengarán interés y los bancos sólo tendrán derecho a cobrar por su intervención aranceles regulados por la prestación de sus servicios administrativos.
Inicialmente – como se explicó más arriba - hasta que el sistema se afiance, los Bonos no deberán utilizarse para créditos de vivienda ni mucho menos personales, ya que la finalidad de los mismos es inducir la monetización de la Economía partiendo del lado de la Oferta de Bienes y Servicios, dejando recién para una segunda etapa su posible y gradual puesta en funcionamiento también para los sectores individuales y familiares que lo usen para compra de Inmuebles y bienes Durables.
Y esto es así – repetimos - porque el objetivo principal de los Bonos, como cuasi-monedas, es posibilitar primero el financiamiento de la Inversión Productiva (cosa que no inhibe, por ejemplo, su utilización por parte de Empresas Constructoras de Viviendas) y solo luego, una vez experimentados los efectos del nuevo sistema, se pensaría en cómo hacerlo extensivo al público en general.
El motivo es que una disposición generalizada de crédito barato en bonos a los compradores de viviendas, en la realidad del mercado inmobiliario argentino, terminaría seguramente traccionando los precios, mientras que ese tipo de créditos dados a los constructores debiera tender a bajarlos; y tal debiera ser formalmente uno de los requisitos o condicionamientos de esta clase de préstamos de fomento en bonos.
Más aún, con el objeto de garantizar este propósito, quienes reciban créditos bancarios en Bonos de Producción tendrían que asumir la obligación de abaratar los precios finales de sus productos o servicios en función de la disminución de sus costos financieros por uso de estas cuasi-monedas, porque no devengarían interés.
En todo momento, existiría así todo un circuito o flujo paralelo de bonos que daría “lubricación” o liquidez a la actividad económica productiva pero sin presionar la inflación de precios; y forzando a la vez su reutilización dentro del Sistema.
No olvidemos, por otra parte, que los préstamos bancarios – a diferencia de las cuentas abiertas al Estado – tienen luego que ser devueltos por los prestatarios, de modo que los mismos beneficiarios de estos créditos en moneda paralela tienen que preocuparse después en recuperarlos dentro del sistema para reintegrar sus cuotas de amortización a los Bancos y éstos al BCRA.
Pero estas explicaciones, y todas las discusiones que se deriven de las mismas, corresponden ya a un hilado más fino que no es, por el momento, el propósito de la presente propuesta; lo mismo que sus problemas de empalme y coexistencia con el sistema monetario oficial vigente en pesos.
En consecuencia – como se dijo – en una primera etapa las nuevas líneas de crédito en Bonos estarían a cargo de Organismos Oficiales y Bancos (Públicos y Privados), sometidas a la Administración, Regulación y Control del BCRA; y monitoreadas para su aplicación transparente y rentable a proyectos productivos.
BONOS Y TIPO DE CAMBIO.
Estrictamente hablando, debieran prohibirse en el país todas las transacciones en moneda extranjera y el BCRA tendría que actuar como “Aduana Financiera”: toda entrada de divisas queda depositada en el BCRA y éste emite pesos a quien se los entrega a la Paridad Cambiaria que se fije al efecto (que será determinada por el Estado). Y viceversa, cuando salen divisas – obviamente, siempre que se trate de operaciones legítimas y certificables – el mismo BCRA procederá a cambiarlas por los pesos correspondientes a una paridad oficial.
No entramos aquí - porque excede el alcance del presente trabajo – en el problema del Tipo de Cambio y la forma de su determinación que, por su complejidad requiere un tratamiento especial y por separado, pero dejamos simplemente consignado este tema por su directa relación con el sistema monetario y cuasi-monetario nacional; y por su relación con el manejo de las Reservas Internacionales.
Aquí el sentido de esta vinculación entre Peso y Tipo de Cambio nos interesa, por el momento, solamente en lo relativo al planteo de la cuestión inicial del uso de Reservas para el Desarrollo Económico y no para el pago de Deuda Externa.
En principio, la existencia de un importante stock de Reservas es necesario y hasta vital para la autonomía de divisas de la Argentina, y sería altamente riesgoso desprenderse de las mismas.
Las Reservas Internacionales son, en esencia, las disponibilidades que tiene el país para atender sus compromisos legítimos comerciales y financieros, oficiales y privados; y no deben utilizarse como parte de pago para los negociados de refinanciación de la Deuda Perpetua de la Argentina sino mantenerse como fondo de intervención, de precaución y de emergencia para la Balanza de Pagos.
Más aún, la importancia de disponer de tales reservas – que nos son necesarias en caso de aislamiento financiero externo – es tan alta que no sólo no debieran usarse para el pago de Deuda Externa descapitalizando al Estado sino repatriarlas para tener verdadera libertad de acción sobre las mismas; sin dejarlas a merced de posibles embargos en el extranjero (cualquiera sea la seriedad de las instituciones donde estén colocadas).
BONOS Y POLITICA DE GOBIERNO.
Ideas y experiencias prácticas de mecanismos de cuasi-monedas (medios de pago paralelos a la Moneda Oficial con valor cancelatorio de obligaciones) no son nuevas y, en realidad, se remontan no solamente al origen mismo de la moneda como sustituto del trueque sino también al sentido filosófico del Dinero.
El Dinero no tiene entidad, no posee un valor intrínseco que vaya más allá del que convencionalmente le asigna el Hombre y la Sociedad que lo utiliza. Su valor depende en los hechos de la confianza que amerite el emisor y, como ese emisor es el Estado, el grado de monetización de la economía de un país y de sus transacciones financieras en dinero propio (y no en dólares) depende consecuentemente del poder cancelatorio que esa moneda tenga como medio de pago doméstico, esto es, de lo que esa moneda o cuasi-moneda valga en términos de Poder Adquisitivo.
Y aquí es donde se replantea una cuestión que es mucho más amplia y profunda, que ha sido discutida desde los filósofos de la Antigua Grecia (empezando por la Teoría de la Esterilidad del Dinero, de Aristóteles) hasta nuestros días; y es el tema de la esencia del Dinero y sus funciones.
Aunque este tema es imposible tocarlo en esta nota por su amplitud y profundidad, puede sin embargo hacerse un enunciado que sirva simplemente para dejar flotando la pregunta sobre una cuestión esencial.
Normalmente – y esto es de texto – el Dinero se define a través de sus tres funciones básicas: 1. Unidad de Medida del valor de las cosas, 2. Instrumento de Pago, y 3. Medio de Atesoramiento.
Partiendo de la existencia de una Unidad Monetaria de referencia, el interrogante es el siguiente: puede dividirse o desdoblarse el concepto de Dinero teniendo una Moneda que cumpla la función de Medio de Pago y otra que cubra la función de Atesoramiento?
Estaríamos así en el caso de una suerte de institucionalización de la vieja Ley de Gresham, aunque con la importantísima diferencia que las cuasi-monedas (la “moneda mala”) no devengarían interés, eliminando la incidencia del costo financiero a través de toda la cadena de pagos de la Economía Productiva; y que el Peso Oficial debiera tender a convertirse en “moneda buena”.
Si esto fuera así, los Bonos de Producción, como cuasi-monedas, servirían sólo como medio de pago y no de atesoramiento o reserva de valor, porque su rentabilidad sería nula y sólo tendrían utilidad y sentido si se usan.
Esto no es, ni más ni menos, que la sabia teoría de Silvio Gesell y de otros viejos exponentes de la heterodoxia monetaria, es decir, de aquéllos que no conciben ni aceptan el predominio de la Economía Monetaria sobre la Economía Natural y Productiva: de quienes pugnan por liberar la Economía Productiva de su subordinación al Capital Financiero.
Es lo que, como idea-eje pudiera denominarse Cuarta Función de la Moneda: la idea del Dinero Paralelo como instrumento movilizador de la Economía Productiva.
Concepciones de este tipo no son nuevas en el Mundo, e incluso ha habido numerosas experiencias concretas y positivas en el pasado y en el presente. Desde las monedas municipales que circularon a raíz de la Crisis Financiera de la Década de 1930 (como el caso del pueblo de Wörgl, Austria, en 1933) hasta los Bonos MEFO de la Alemania Nazi, que sirvieron para financiar sin inflación la red de autopistas alemanas y también el rearme.
Aquí, en la Argentina, hubo un amago frustrado de poner en circulación Moneda Paralela cuando se produjo la Crisis de Deuda de 2001 y la cesación de pagos por insolvencia del Estado.
El entonces presidente Adolfo Rodríguez Saá – que formalizó la declaración del default y pidió la investigación de la legitimidad de la Deuda Pública por el Congreso de la Nación – anunció simultáneamente la emisión de una nueva moneda, el Argentino, que habría tenido la finalidad de preparar la transición o salida de un régimen de Convertibilidad absoluta a un nuevo régimen monetario.
Pero su inmediata caída excluyó rápidamente toda idea de moneda propia y paralela, llevó a la macro-devaluación del peso con su consiguiente estampida inflacionaria, al congelamiento e incautación de los depósitos con el Corralón Bancario y al aumento ulterior y generalizado de la Deuda para compensar la Pesificación Asimétrica y tomar nuevos compromisos externos de pago.
En opinión del autor de esta nota, el intento de investigar la Deuda y, particularmente, de emitir moneda propia fue el verdadero factor causal del golpe de estado institucional que derrocó al Dr. Rodríguez Saá para volver al Sistema de Endeudamiento Perpetuo de la Argentina que rige hasta el presente.
Si se quiere liberar a nuestra Patria de la Servidumbre de la Deuda éste es un momento necesario y oportuno para hacerlo replanteando hoy el problema de fondo, que reside en la Moneda y en la eliminación de la Usura, porque: o emitimos Moneda o emitimos Deuda.
La Argentina se encuentra hoy, una vez más, en la encrucijada por “vuelta de tuerca” de una nueva Crisis de Deuda; y sólo la moneda propia es la respuesta final al Sistema de la Deuda.
El uso de Reservas para el pago de Deuda Externa sólo está pensado para salir al Mercado Internacional de Capitales para tomar más Deuda
Por qué desprenderse de las Reservas Internacionales, que son el reaseguro de la capacidad de pago de la Economía Argentina frente a los insumos y bienes de Capital que necesite del Exterior?
Por qué volver al Mercado Internacional de Capitales pagando Deuda Externa con Reservas del BCRA para tomar más Deuda sin capacidad de repago?
Por qué convertir Reservas en Divisas a Pesos cuando pueden emitirse Bonos de Producción que funcionen como cuasi-monedas?
Solamente la tenencia y disposición concreta de divisas repatriadas puede dar a nuestro país esa autonomía que es pre-requisito de toda decisión independiente del Estado Argentino en materia monetaria, cambiaria y financiera.
Porque:
No existe Economía Independiente sin Moneda Propia. No existe Economía Libre si la Economía es esclava de la Finanza y de la Deuda. No existe Economía Nacional sin Moneda Nacional.
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