Cristina Kirchner: “Führer del pueblo argentino”,
con su “Frente
para la Victoria”.
-Capítulo 1-
Führer. Guía, conductor.
De
mi Libro “La Ley de Acefalía y la Espada de Damocles” (Año 2002; Capítulo 3).
«Partidos Políticos y "Partido
Único"
Que
la inserción de los Partidos Políticos en el texto de la Ley Fundamental de una Nación y sus deletéreos efectos
institucionales y sociales, son cosa que han hecho historia, quizá, no haya
sido lo debidamente conocida por su pertinaz mentor Raúl Ricardo Alfonsín, y su
"adlátere"
en esta cuestión, Carlos Saúl Menem.
Otro enfoque, podría ser que los haya
conocido, y que aspirara a emular al más emblemático de ellos que, en este
caso, ocurrió en la Alemania post I Guerra Mundial.
En
efecto, como resultado del Tratado de Versalles de 1919, se reorganizó el Imperio Alemán de acuerdo con la Constitución
adoptada por la Asamblea Nacional de Weimar, que establecía la forma
republicana de gobierno basada en el sufragio popular.
Adolf
Hitler, austríaco nacionalizado alemán, ingresó entonces en el
Partido Obrero Alemán, posterior Partido Nacionalsocialista
-Nationalsozialistische Partei- o nazi, en el que luego de un "push"
político, pasó un tiempo en la cárcel donde escribió su libro Mein
Kampf. El Partido fue aumentando su caudal político y, dentro de él
su influencia, hasta llegar a ser su Presidente. En las elecciones de 1930 logró una fuerte representación legislativa
que, con el crecimiento de su popularidad, se hizo mayoritaria en las
siguientes elecciones de 1933. El manejo
absoluto del Parlamento, lo logró proscribiendo a todos los Partidos
Políticos opositores.
En
1933 fue nombrado Canciller por el
Presidente Pablo von Hindenburg; empleo desde el cual comenzó a desarrollar una política
de Partido Único, con el fin específico de conformar la fuente confiable
de proveimiento de casi todos los cargos del gobierno. A su
muerte, en 1934, asumió las funciones de Presidente,
adoptando el título de Führer.
De allí
al totalitarismo
había sólo un paso, que lo transitó sin aprensión alguna cambiando la Constitución de Weimar por una nueva
Constitución fascista, donde el Partido Único -el nazi- encabezado por él,
proveía
casi todos los funcionarios del Gobierno, y él
-El
Führer-, era "El
Guardián de la Constitución" ("Der Hüter der Verfassung").
Esa
Constitución
fascista, totalitaria, contó, entre sus
eminentes defensores, al doctor Carl Schmitt, enfrentado
dogmáticamente con las fundamentaciones del Constitucionalismo Moderno, del
gran jurista Hans Kelsen.
El
resultado de esa Constitución fascista, totalitaria,
terminó con el mesianismo de su propio inspirador, el Führer, algo muy positivo
sin duda. Lo gravísimo, lo terrible, es que condujo a una II Guerra Mundial
que, en lo propio, terminó con la
división en dos Alemanias (la Oriental y la Occidental) durante casi
medio siglo, con su capital Berlín dentro de la denominada Alemania Oriental o
Democrática, como acostumbra denominar a su sistema de gobierno el
totalitarismo
de izquierda. Luego de ese período, con las raíces germánicas
indelebles, se conformó la República Federal de Alemania, a un costo de
millones de muertos, destrucción casi completa de ciudades, y miríadas de
situaciones personales en las que la reorganización de cada proyecto de vida
personal debió hacerse, fácticamente, sin saber adónde acudir a "los
gritos
de llamado de los familiares muertos en una guerra hecha..."
por nada... por nada más que por una ambición
enfermiza de poder.
Esto
es lo que se ha exacerbado en nuestro país, a partir del 8 jul 1989.
La
eliminación
de la religiosidad del Presidente y Vicepresidente de la
Nación en un país mayoritariamente católico, sólo factible con un Episcopado tolerante¹ (como mínimo, por
respeto a la Iglesia eclesial);
la fascista
inserción de los Partidos Políticos con entidad de
"instituciones
fundamentales del sistema democrático", a pesar de ejemplarizar
que son su antítesis; la fascista introducción de los Partidos Políticos en la elección de:
varones y mujeres (acceso a cargos); senadores nacionales; Consejo de la
Magistratura; Auditoría General de la Nación; la atribución del
Presidente de la Nación para "emitir disposiciones de carácter
legislativo" (Decretos de Necesidad y Urgencia); la
instauración del "Partido Único" "UCR-PJ" desde el 10 dic
1983: 1ª operación: la estructuración de un Poder Judicial adicto: CSJ
(de 5 miembros), Fuero
Federal, instancias y magistraturas; 2ª operación: juzgamiento de miembros del denominado PRN por una “Comisión
especial”; ...; nª
operación: ..."PJ-UCR" desde el 8 jul
1989; [n+1]ª operación: la
sanción de las leyes 23.696 y 23.697,
de enajenación
del Patrimonio Nacional; [n+2]ª operación: ...; [n+d]ª operación: la
reestructuración de una CSJ adicta (de 5 a 9 miembros) en 1991; ...; [n+r]ª operación: la sanción de la nueva CN
Alfonso-Menemista
el 22 ago
1994; ...; etc.; son pruebas más que
contundentes del autoritarismo fascista de que ha hecho gala el "César" de turno
del "Partido Único" vernáculo.
¹ tolerar.
| 2. Permitir algo que no se tiene
por lícito, sin aprobarlo expresamente.
De
la
"Presentación"
-Item 4-, adjunta al
"Aporte
de la CEA para la Reforma de la Constitución
Nacional", del 9 mar 1994:
"4. Queda pendiente la cuestión de la
religión del Presidente y Vicepresidente de la República que, al no
considerarla como tema
prioritario aunque importante, no ha sido tratado en el Aporte que ahora presentamos, a
pesar de su inclusión en la ley de reforma por exigencias de un acuerdo previo.
[...]."
¿Si
la cuestión
de la religión del Presidente (y "Vice")
de la República, que representa a una República, por
tradición* bajo la protección de la Virgen de Luján, no es considerado "tema
prioritario" para la Conferencia Episcopal Argentina, ...
para quién lo debería ser?
¿[...]
por
exigencias... de un acuerdo previo.? ¿De quién... y con quién?
* tradición.
Comunicación o transmisión de noticias, composiciones literarias, doctrinas, ritos, costumbres, hecha de padres a hijos al correr de los
tiempos y sucederse las gene-raciones.
Así
como ese "Partido Único" nazi,
y su Führer,
llevó a la catástrofe a la propia Nación Alemana, ese semejante "Partido
Único" "UCR-PJ" desde
el 10 dic
1983, o "PJ-UCR" desde el 8 jul
1989, y su "César" de turno, llevó a la
catástrofe a la propia Nación Argentina; verificada en la forma de un "Estado de
Colapso" y secuencial "Estado de Disolución",
que se constata en cuanto ámbito de actividad -oficial o privado- se analice.
Esta
generalizada infición espiritual y material a la que ha llegado la República,
sólo puede entenderse que haya tenido factibilidad, a la luz de haberse
identificado -de modo claro y conclusivo-, a la primigenia y
principal fuente de perversión del "Principio de Legalidad",
al "Matar el «Palladium de la Democracia»" desde
el mismo 10 dic 1983; continuada y maximada sin escrúpulo a partir del 8 jul
1989, con lo que "la forma republicana de gobierno"
(art.
33 de la CN), pasó a ser nada más,
que una sensibilizante "letra muerta".
Tal
vez, la demostración pública más irreverente, o vilipendiosa, o... (de muy
difícil calificación), de perversión del "Principio
de Legalidad" en la República, fue exibida por el Congreso de la Nación con el par de Asambleas Legislativas del 21-22/23
dic 2001 y 1 ene 2002, donde con el mismo texto básico de Decreto
de Convocatoria, se sancionaron 2 Resoluciones total y
absolutamente incoherentes, al amparo de las atávicas y muy
respetables indemnidad e impunidad funcionales.
Por
la Resolución sancionada el 23 dic
2001, se convocaba al pueblo a elecciones
de Presidente y Vicepresidente de la Nación para el 3 mar 2002 (para asumir el
5 abr
2002 hasta el 10 dic 2003), mandato para el cual
se
designaba Presidente de la
Nación al doctor Adolfo Rodríguez Saá, como
máximo, hasta el 5 abr 2002; y una semana después, por la
Resolución sancionada el 1 ene
2002, se designaba Presidente de la Nación al doctor
Eduardo Alberto Duhalde, hasta el 10 dic 2003. Tal vez, con
este inverosímil
"modus operandi" arepublicano, el Congreso Nacional pretendió parangonarse con Calígula -Cayo
César- cuando, en el máximo
esplendor del Imperio Romano, menospreció, se burló, puso
en
ridículo, a las fenecidas instituciones de la República, designando
a su caballo Incitato, primero sacerdote
y luego cónsul.
El
inverosímil
"modus operandi" evidenciado, constituye una prueba
ejemplar e irrefutable, del grado extremo de improbidad ética, moral y
jurídica con que han actuado los poderes e institutos
constitucionales de la República para alcanzar el fin propuesto, y que será de
imposible elidición, de no realizar, con categoría de inicial e imprescindible:
el restablecimiento de la Constitución Nacional
de 1853/60 -con las reformas de 1866, 1898 y 1957-.
Este
inverosímil
"modus operandi" institucional, que tantas satisfacciones
pecuniarias le dio a sus operadores en sus distintos grados de participación
criminal -autoría, participación o complicidad-, ha causado infinitud de desgracias
a los habitantes de la República, a más de la propia República; por lo que constituye un ineludible deber
ciudadano, en estricta justicia, procesar
a todos los “reos” que saben, cabalmente, que les "llegará
su sanmartín".»
«CONCLUSION
CONCEPTUAL
En
suma: el estudio que se ofrece a quienes estén interesados, es indicativo de
que los límites legales preestablecidos
se encuentran desbordados por el populismo iletrado sostenido por los explotadores
-o más bien parásitos-, que para conseguir sus objetivos
soslayan o simplemente ignoran la Constitución
Nacional cuya vigencia, tal cual fue propuesta por los fundadores
de nuestra institucionalidad, molesta.
Retrocedemos así en el tiempo, a
principios del tumultuoso Siglo XX,
cuando aparecieron en la escena los grandes
totalitarismos, finalmente vencidos
por el "sentido común", es decir, por el "retorno a la razón".
La
elaboración del trabajo sometido a consideración, demandó como es fácil
suponer, tiempo y esfuerzo sólo explicable en la búsqueda de la Verdad, y descubre que las ideas del jurista alemán Carl
Schmitt, sobreviven aun sin pensarlo en la actual clase de mandatarios del pueblo (el mandante
en una república representativa),
que ha instalado la noción de que la política se reduce a los términos de
"amigos
o enemigos".
Esta
aviesa simplificación de la concepción de la política, nos conduce directa e inevitablemente a un enfrentamiento
que se debe tratar de evitar desde ahora. Al conceptuar que al "enemigo"
hay que "aniquilarlo" como única solución, no tiene empacho en
transponer los límites impuestos por la ley, cuya existencia pasa a un segundo
plano de importancia, dando lugar a la aparición irrefrenable de los
protestatarios aparentemente ideologizados, que integran la clientela de la que se sirve el demagogo de turno con la
que se sostiene en el poder.
En
el transcurso de la lectura de este trabajo, se fueron advirtiendo una cantidad
de falencias sólo explicables por la extrema ligereza con la que se produjo
este proyecto político, que satisface exclusivamente a los "amigos"
del poder contra sus proclamados
"enemigos",
dándose en esta oportunidad la señal más visible del camino escogido para
gobernar, como incorrectamente se lo entiende: "los unos contra los otros".
Si nos callamos:
¿Qué les diremos a nuestros hijos y nietos sobre la
herencia que habrán de recibir?»
nota
bene.
Por otra parte, y teniendo en cuenta que la “Seguridad de personas y bienes” es un
bien ausente que se verifica cotidianamente, hago responsable públicamente por
este medio a las autoridades nacionales y demás funcionarios públicos que
incumben en la materia, por cualquier evento que pueda sucederle a algún miembro
directo o indirecto de mi familia, así como al dicente.
Destinatarios de esta Carta Abierta, por e-mail u otro
medio, entre otros:
- Autoridades eclesiásticas.
- Presidente de la Corte Interamericana de DD.HH.: Dr. Alberto Pérez Pérez.
- Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: Dr. Ricardo Luis Lorenzetti, con petición
de enterar a los señores Jueces: Dra. Carmen
María Argibay, Dr. Carlos Santiago
Fayt, Dra. Elena Inés Highton de
Nolasco, Dr. Juan Carlos Maqueda,
Dr. Enrique Santiago Petracchi y Dr.
Eugenio Raúl Zaffaroni; Procuración
General de la Nación; Defensor del Pueblo de la Nación, Dr. Anselmo Sella.
-
Presidente del Senado de la Nación: Lic. Amado
Boudou; Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación: Sr. Julián Andrés Domínguez.
- La
Nación; Clarín; Hoy Corrientes; Informador Público; El Pregón de La Plata.
-
Periodista de Investigación y Analista Político Carlos Manuel Acuña; Periodista y Doctor en Ciencias Económicas Roberto Cachanosky; Ingeniero Químico Francisco Gliemmo (Gasol Platense SA;
La Plata, Prov. de Bs. As.) y Magíster & B.Sc. Business Administration Carlos Chiaraviglio Nazar (San
Fernando, Prov. de Bs.As.); Unión de Promociones del Ejército Argentino - Cnl. Guillermo César Viola.
Buenos
Aires, 2 de mayo de 2012
Ing.
Tomás Julián Persichini
El autor es ex Profesor Ordinario Titular,
Consejero Académico Titular de Facultad Regional y Rector (con atribuciones de
Consejo Académico Superior), de la Universidad Tecnológica Nacional. Analista
histórico-político de la realidad nacional.
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