En
su reflexión televisiva semanal, en el programa “Claves para un Mundo Mejor” (América TV), MONS. HÉCTOR AGUER,
Arzobispo de La Plata y miembro de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Sociales, advirtió que “el Ministerio de Salud
de la Provincia de Buenos Aires ha publicado un protocolo para la atención
integral de los abortos no punibles, que se promulgó por medio de la
Resolución 3146 del mismo Ministerio” y afirmó que “con este acto se legaliza de hecho el aborto en la Provincia de Buenos
Aires”.
Además indicó que “lo que ha ocurrido en la Provincia de Buenos Aires en estos días es
gravísimo. El Estado se impone la obligación legal de realizar abortos en
todos los establecimientos de su sistema de salud. Este Protocolo es inmoral,
ilegítimo, ilegal e inconstitucional”.
El prelado platense explicó que este Protocolo tiene “origen de esta medida está en el
inicuo fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 13 de marzo de este año, por
el cual reinterpretó el artículo 86 del Código Penal y extendió la causal de
violación como excusa para la despenalización del aborto a toda mujer que
haya sufrido ese atentado y lo solicite”. Y recordó que “una resolución de la Corte tiene vigor respecto del caso particular que ha llegado hasta esa altísima
jurisdicción; sin embargo la Corte se permitió exhortar a la Nación y a las
provincias a que adhirieran a esa posición y de allí se siguen estos protocolos
que se han aprobado ya en varias provincias”.
“Pero en realidad
la Corte no tiene derecho a inducir a semejante cosa y la Provincia de
Buenos Aires no tenía por qué sentirse obligada a adoptar esa medida, digna de
una severa reprobación”, aseguró.
También consideró que es necesario decir “que medidas como ésta son inconstitucionales,
porque la Constitución Nacional, reformada en 1994, ha incorporado a su texto tratados internacionales que
proclaman el derecho a la vida de toda persona desde el instante de la
concepción” y que “estos tratados tienen
jerarquía constitucional y están por encima de la legislación ordinaria y del
mismo Código Penal”.
Manifestó que “el Protocolo de la Provincia de Buenos Aires asume dos supuestos de
legalización del aborto: el de peligro para la vida o la salud de la mujer
gestante y el caso de violación” y que este
Protocolo “contiene una trampa, porque define
la salud como el estado de bienestar total, completo, en el orden físico,
psíquico y social. De tal manera que la mujer va a poder demandar el aborto
porque, por ejemplo, la maternidad menoscaba su salud social. Vaya a
saber uno qué se puede entender por salud social. ¿En qué queda el interés
superior del niño, protegido por nuestra legislación? ”.
Mons. Héctor Aguer explicó que en el
supuesto por caso de violación se deja implícita “una discriminación injusta porque distingue negativamente, en
cuanto al derecho a la vida, al niño que ha sido originado a través de
ese atentado contra la mujer. Todos los
otros niños tienen derecho a nacer, pero a él se le niega ese derecho”. Y
se preguntó: “¿Por qué hay que cargar a
la criatura con esta condena cuando, por otra parte, si el violador es
condenado recibe una pena de prisión y luego saldrá libre? Al niño en
cambio se le quita la vida. Además, para proceder al aborto basta la
declaración de la mujer ante el médico que la tratará, sin otro requisito. Se
pueden imaginar los casos de falsificación”.
“Me llamó
la atención que la foto del acto de la presentación muestra. En la pared,
detrás de los funcionarios, un cartel que dice: “Área de Políticas de Género”.
En esta decisión abortista del gobierno
provincial se revela el costado oscuro, siniestro, de eso que se llama política
de género. En virtud de esa política se ha legalizado el aborto en la
Provincia de Buenos Aires”, concluyó.
Adjuntamos el texto completo de la alocución televisiva de Mons. Héctor Aguer:
“Hace algunos días el Ministerio de Salud de la
Provincia de Buenos Aires ha publicado un protocolo para la atención integral
de los abortos no punibles, que se promulgó por medio de la Resolución 3146 del mismo Ministerio”.
“Con este acto se legaliza de hecho el aborto en la Provincia de
Buenos Aires”.
“El origen de esta medida está en el inicuo fallo de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación del 13 de marzo de este año, por el cual reinterpretó el artículo 86 del
Código Penal y extendió la causal de violación como excusa para la
despenalización del aborto a toda mujer que haya sufrido ese atentado y lo
solicite”-
“En realidad, una resolución de la Corte tiene vigor respecto del
caso particular que ha llegado hasta esa
altísima jurisdicción; sin embargo la Corte se permitió exhortar a la Nación y
a las provincias a que adhirieran a esa posición y de allí se siguen estos
protocolos que se han aprobado ya en varias provincias”.
“Pero en realidad la Corte no tiene derecho a inducir a semejante
cosa y la Provincia de Buenos Aires no tenía por qué sentirse obligada a
adoptar esa medida, digna de una severa reprobación”.
“Por otra parte, hay que decir que medidas como ésta son
inconstitucionales, porque la Constitución Nacional , reformada en 1994, ha incorporado a su texto tratados internacionales
que proclaman el derecho a la vida de toda persona desde el instante de la
concepción. Por ejemplo, la Convención Americana sobre Derechos
Humanos o la Convención de los Derechos
del Niño. En este caso, cuando la Argentina ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño afirmó que, para
nuestro país, se es niño desde la concepción hasta los 18 años. Estos tratados
tienen jerarquía constitucional y están por encima de la legislación ordinaria
y del mismo Código Penal”.
“El Protocolo de la Provincia de Buenos Aires
asume dos supuestos de legalización del aborto: el de peligro para la vida o la
salud de la mujer gestante y el caso de violación”
“Respecto del peligro para la vida o la salud de la mujer se puede
decir que hoy día, en el siglo XXI, la ciencia médica es tan eficaz en la
atención del embarazo y del parto que prácticamente este supuesto no
verifica en los hechos. Se puede asegurar la vida de la madre y del niño”.
“Pero el Protocolo de la Provincia contiene una trampa, porque
define la salud como el estado de bienestar total, completo, en el orden
físico, psíquico y social. De tal manera que la mujer va a poder demandar el
aborto porque, por ejemplo, la maternidad menoscaba su salud social. Vaya
a saber uno qué se puede entender por salud social. ¿En qué queda el interés
superior del niño, protegido por nuestra legislación? ”.
“El otro supuesto, que es el de la violación, implica una
discriminación injusta porque distingue negativamente, en cuanto al
derecho a la vida, al niño que ha sido originado a través de ese atentado
contra la mujer. Todos los otros niños tienen derecho a nacer, pero a él se le
niega ese derecho”.
“¿Por qué hay que cargar a la criatura con esta condena cuando, por
otra parte, si el violador es condenado recibe una pena de prisión y luego
saldrá libre? Al niño en cambio se le quita la vida. Además, para proceder al
aborto basta la declaración de la mujer ante el médico que la tratará, sin otro
requisito. Se pueden imaginar los casos de falsificación”.
“Lo que ha ocurrido en la Provincia de Buenos Aires en estos días es
gravísimo. El Estado se impone la obligación legal de realizar abortos en
todos los establecimientos de su sistema de salud. Este Protocolo es inmoral,
ilegítimo, ilegal e inconstitucional”.
“Me llamó la atención que la foto del acto de la presentación
muestra , en la pared, detrás de los funcionarios, un
cartel que dice: “Área de Políticas de Género”. En esta decisión
abortista del gobierno provincial se revela el costado oscuro, siniestro, de
eso que se llama política de género. En virtud de esa política se ha legalizado
el aborto en la Provincia de Buenos Aires”
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