Excma.
Cámara Federal:
Tomás Julián PERSICHINI, en mi
condición de ciudadano y Mayor del Ejército Argentino (R) - OIM (Oficial
Ingeniero Militar), por derecho propio y con el patrocinio letrado del Dr.
Enrique A. PIRAGINI, abogado inscripto al Tomo 22 Folio 23 del CPACF,
constituyendo domicilio procesal en Uruguay 485, p. 3º “R02” (zona 119,
154-159-84º1), a V.E. digo:
Vengo a promover esta denuncia por la
comisión de “Abuso de Autoridad” por parte de la Sra. Presidente de la Nación Cristina Elisabet Fernández de Kirchner
quien, en su atribución constitucional de “Comandante
en Jefe de todas las Fuerzas Armadas de la Nación”, aseveró urbi et orbi por
TV un aumento en los haberes del personal en el cierre de la Cena de
Camaradería de las Fuerzas Armadas llevada a cabo el 10 de julio de 2012 en el
Edificio Libertador del Ejército Argentino.
Al efecto manifestó “…durante la
semana que viene de acuerdo con el Ministro de Defensa y seguramente con el
Secretario de Hacienda se destinarán las disposiciones para el aumento
correspondiente a todo el personal de las Fuerzas Armadas que será a partir del
1 de julio.” (sic)
Siendo la “Primera Mandataria”, no cabe dudar de su conocimiento del principio
jurídico:
“Lo
prometido debe cumplirse, pero en lo imposible no hay obligación.”
(Repertorio Jurídico- Guillermo Cabanellas)
¿Si
no se le cree a quien ejerce la Presidencia
de la Nación; a quién se le puede
creer de la República Argentina?
El Reglamento de los Tribunales de Honor
de las Fuerzas Armadas, que tendrá eterna vigencia, expresa en su Prólogo:
«El honor es la
riqueza más grande que puede tener un militar.
Mantenerlo sin mancha y sin tacha es el deber más sagrado de todo miembro de
las Fuerzas Armadas. Observar en todo
momento una conducta ejemplar es la mejor defensa del propio honor.
El
Capitán General en Jefe del Ejército de Los Andes, D. JOSE DE SAN MARTIN,
cabal expresión de lo que deber ser un hombre de armas y singular ejemplo de honor militar, fue el redactor del primer Reglamento de Honor, y,
al ponerlo en vigor, dijo a sus oficiales:
“Yo estoy seguro que los oficiales
de honor tendrán un placer en ver establecido en su cuerpo, una institución
que los garantice de confundirse con los malvados y perezosos, y me
prometo -porque la experiencia me ha demostrado- que esta medida les hará ver
los más felices resultados, como la segura prosperidad de las armas de la
Patria.”»
El dicente ha transitado una vida, que
puede inferirse con tal de acceder a su sitio web, que ha llevado inherente la
conducta de un “Oficial de honor”, y
de la cual -con seguridad- no me he
“confundido ni con los malvados ni con
los perezosos”, razón por la cual acudo directamente al Fuero Penal dentro
del Poder Judicial de cara a que, en ejercicio del Derecho Positivo -derivado
directo del “Derecho Divino”-, se administre justicia en términos expeditivos.
En consecuencia, solicito de la Excma.
Cámara la adopción de las medidas que estime pertinentes, de cara a la liquidación
de mis “Haberes” a partir del 1 de julio de 2012, con el aumento “prometido”
y demás rubros que correspondieren.
Proveer de conformidad que
SERA
JUSTICIA
(Firma) (Firma)
ENRIQUE A. PIRAGINI TOMÁS
JULIÁN PERSICHINI
Abogado www.tjpersichini.com.ar
CPACF 22-23
«ADDENDA
Esta
denuncia será dada a conocer por los distintos medios de información.
n.b. Por otra parte, y teniendo en cuenta que la “Seguridad de personas y
bienes” es un bien ausente que se verifica cotidianamente, hago
responsable públicamente por este medio a las autoridades nacionales y demás
funcionarios públicos que incumben en la materia, por cualquier evento que
pueda sucederle a algún miembro directo o indirecto de mi familia, así como al
dicente.
(Signo)
Ing. Tomás Julián Persichini
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