Para los particulares habría reducciones en algunas categorías, pero subiría un 24% la cuota más baja, que actualmente es de 114,75 mensuales.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) enviará en los próximos días al Congreso el proyecto de ley por el cual se intenta actualizar el Monotributo para ampliar sus límites y modificar las cuotas mensuales que deben pagar los contribuyentes adheridos a ese régimen.
El proyecto -que pronto sería enviado a la Cámara de Diputados de la Nación- ampliaría los límites de facturación anual permitidos para estar dentro del sistema simplificado tanto para particulares como para industrias y comercios.
De acuerdo con lo que trascendió, para el caso de los particulares el tope, que actualmente es de 72 mil pesos anuales, se elevaría a 200 mil, mientras que para industria y comercios el límite pasaría de 144 mil a 300 mil pesos.
Las cuotas mensuales que deben pagar los contribuyentes también se modificarían, con variaciones que van desde una reducción del 56 % a un incremento de casi el 102 %, depende de la categoría, en el caso de las empresas.
Para los particulares, las modificaciones oscilarían entre una baja del 41 % y un aumento de casi el 24 %, afectando en este caso a la categoría más baja que actualmente paga 114,75 por mes. La idea del Gobierno es tener sancionada la modificación del régimen para poder aplicarla a partir del 1, de setiembre cuando se realice la recategorización de los monotributistas.
Si bien no hubo hasta ahora una confirmación oficial de las nuevas categorías en que quedaría conformado el régimen -por lo menos en los que hace al proyecto que se remitirá al Congreso- se estima que la más baja irá hasta los 35 mil pesos anuales, con un pago mensual de 141,75 pesos.
La segunda categoría, que involucrará desde los 35.001 pesos de facturación anual hasta los 75 mil, tendrá una cuota mensual de 171,75 pesos.
La tercera -que abarcará a los que facturen anualmente entre 75.001 y 110 mil pesos- tendrá una cuota de 271,75 pesos mensuales; la cuarta, de 110.001 a 155 mil pesos, pagará 981,75 pesos mensuales, y la quinta -entre 155.001 y 200 mil pesos- 1.321,75 pesos por mes.
En el caso de las empresas, además de estas categorías, se sumarían tres adicionales que van de 200.001 a 235 mil pesos anuales de facturación con un pago mensual de 2.081,75 pesos; de 235.001 a 270 mil pesos de facturación, con una cuota de 2.431,75, y de 270.001 a 300 mil pesos, con un pago mensual de 2.781,75 pesos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los mensajes son moderados antes de su publicación. No se publican improperios. Escriba con respeto, aunque disienta, y será publicado y respondido su comentario. Modérese Usted mismo, y su aporte será publicado.