La ministro de gobierno de San Luis, Galdys Bailac, anunció a Télam que los homosexuales de esa provincia podrán presentarse a partir del lunes en los registros civiles provinciales a pedir turno para poder “casarse”. Todo ello a pesar de que la Ley no se encuentra ni promulgada ni reglamentada.
La funcionaria dijo a Télam que se cambiarán los términos "hombre y mujer” por el genérico de "contrayentes”, y en vez de "padre y madre” se mencionará sólo "padres”.
Sin embargo, tal cambio de denominación, atenta contra lo expresado por la Constitución Nacional y el Pacto de San José de Costa Rica, motivo por el cual por “contrayetes” sólo puede entenderse “varón y mujer”, y por “padres” sólo puede entenderse “un papá y una mamá”.
Bailac destacó, además, que cuando se lea el artículo 188 del Código Civil, el funcionario dirá que para que el matrimonio se consagre "hace falta la declaración de que quieran respectivamente constituirse en cónyuges".
"Una de las modificaciones centrales del Código Civil aparece en el artículo 172 y establece que el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”, indicó (norma que contradice como hemos dicho al texto de la Constitución Nacional, al Pacto de San José de Costa Rica y al Orden Natural).
La ley aprobada en la madrugada del jueves en el Senado de la Nación, dijo la funcionaria puntana, "establece una paridad absoluta sin distinciones, por lo tanto todas las personas que quieran contraer matrimonio lo podrán hacer con los requisitos que establece el Código Civil".
La ministro detalló que las parejas "tendrán que solicitar un turno con 10 días de anticipación, traer sus documentos nacionales de identidad, llenar un formulario de solicitud y realizar el certificado prenupcial”. Bailac remarcó que en provincia rige una ley llamada de Objeción de Conciencia que garantiza a todos los habitantes de la provincia el derecho fundamental a no actuar en contra" de sus propias convicciones.
"Esto es en el marco de las normas jurídicas, del respeto por las creencias y convicciones de otros y del resguardo absoluto de daños a terceros", dijo la ministra.
Estos “matrimonios homosexuales”, utilizan el traste como órgano irreproductivo, y por tanto para tener hijos deberán ir a buscar a heterosexuales, o procedimientos de laboratorio. Cabe destacar que todos los actos que se realizan en tal sentido, son jurídicamente nulos de nulidad absoluta e insanable.
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