Así se refirió Teresa Urriza a la creciente proliferación en la ciudad de talleres clandestinos donde se explota a los trabajadores y a sus familias.
jueves, 14 de julio de 2011
“AL INTENDENTE BRUERA NO LE IMPORTÓ NI QUISO EVITAR QUE HAYA MILES DE PERSONAS ESCLAVIZADAS EN LA PLATA”
Así se refirió Teresa Urriza a la creciente proliferación en la ciudad de talleres clandestinos donde se explota a los trabajadores y a sus familias.
DIRIGENTES DE FAA BONAERENSES RECIBIERON AL CANDIDATO A GOBERNADOR AMADEO
miércoles, 13 de julio de 2011
MONS. WILLIAMSON: TRIBUNAL HIZO UN DESCUENTO DE CASI EL 50% DE MULTA POR AFIRMAR EL REVISIONISMO
martes, 12 de julio de 2011
NUEVA YORK APRUEBA “MATRIMONIO” HOMOSEXUAL POR OMISIÓN DE ECLESIÁSTICOS*
“Matrimonio” homosexual en Nueva York: los Obispos católicos “¿se abstuvieron de luchar?”
El periodista Michael Barbaro publicó en el New York Times un largo y detallado análisis sobre cómo fue posible que se aprobara el “matrimonio” homosexual, concluyendo: “La Iglesia Católica, que se puede decir que es la única institución con la autoridad y alcance para evitar la aprobación del “matrimonio” homosexual, pareció abstenerse de la lucha”. Esa lucha debió darse para conquistar a la opinión pública, pero no se trabó.
Después de un intenso lobby y propaganda realizado por el movimiento homosexual y gracias a los esfuerzos empeñados del gobernador de Nueva York Andrew Cuomo y de algunos republicanos tránsfugas de última hora, el “matrimonio” homosexual fue probado y transformado en ley en el Estado de Nueva York.
2Q
Sin embargo, ni los esfuerzos del Gobernador Cuomo –que se enorgullece de ser católico y de sus buenas relaciones con los obispos [1]– ni los otros factores mencionados anteriormente habrían sido suficientes para aprobar una ley que pisotea la ley natural y la Revelación. Era necesario neutralizar la fuerza principal que podría impedir la aprobación: la Santa Iglesia, Católica, Apostólica, Romana. Era forzoso garantizar que la Jerarquía no movilizaría a los fieles para actuar en defensa de la Fe y de la moral. Y la verdad es que la Iglesia Católica estuvo en gran medida ausente durante esta lucha.
Esta ausencia fue reconocida por el ultra laico diario The New York Times, el cual hizo campaña claramente en favor de la aprobación de la ley.
El 25 de junio de 2011, bajo el título, “Detrás del matrimonio Gay en N.Y. , una improbable combinación de fuerzas”, Michael Barbaro publicó un largo y detallado análisis sobre cómo fue posible que se aprobara el “matrimonio” homosexual.
Él explica el papel desempeñado por colaboradores millonarios del Partido Republicano que apoyaron la ley, las intensas maniobras de bastidores entre los políticos y en otros círculos, y afirma: “La Iglesia Católica, que se puede decir que es la única institución con la autoridad y alcance para evitar la aprobación del “matrimonio” homosexual, pareció abstenerse de la lucha”. [2]
Señala también que el Arzobispo Dolan se abstuvo de ir a Albany (capital del estado de Nueva York) durante la polémica y viajó a Seattle en la misma semana de la votación. Y cuando el Arzobispo hizo una declaración contra el mismo “matrimonio” homosexual, casi in extremis, “fue por teléfono a un programa de radio del área de Albany”.
Esta omisión fue tanto más grave que, como el cronista religioso de USA Today escribió, el “voto clave” que permitió la aprobación de la ley fue el de un Senador católico, Mark Grisanti (Condados Erie y Niagara).[3]
Quien conquista a la opinión pública, vence.
Lamentablemente, los Obispos católicos parecen haber perdido de vista el principio de que las luchas políticas no se ganan con maniobras entre bastidores sino conquistando a la opinión pública; y que algunas declaraciones, aunque bien articuladas, no son suficientes para lograr este objetivo. El público quiere liderazgo y se mueve sobre todo por el ejemplo, por acciones concretas y gestos simbólicos.
Por su propia iniciativa, algunas organizaciones de laicos católicos, incluyendo la TFP Americana, salieron a las calles para influenciar directamente a la opinión pública. Muchos líderes judíos y protestantes promovieron manifestaciones en Albany y en la ciudad de Nueva York, especialmente el senador Rubén Díaz (Dem.-Bronx), un gran defensor del verdadero matrimonio.
Sin embargo, los Obispos no aglutinaron ni estimularon a los católicos a luchar enérgicamente contra la amenaza que se avecinaba: una ley que niega el propio principio de la moral, que dice “debe hacerse el bien, y debe evitarse el mal”. Tampoco existe ninguna noticia de que los sacerdotes llamaran desde los púlpitos a los católicos, clara y repetidamente, a manifestarse; de su participación en los medios de comunicación con un aluvión de entrevistas, artículos de opinión, artículos y discursos; que organizaran a los religiosos hombres y mujeres y a los laicos en una intensa campaña de oración, sacrificio, ayuno y testimonio público para evitar el pecado colectivo que legalizó el “matrimonio” homosexual en Nueva York, una gran ofensa y desafío a Dios.
Recordemos Sodoma y Gomorra
El fundamento del matrimonio es la unión fértil y estable entre un hombre y una mujer, que procede de la ley natural, de la misma naturaleza humana. Es la piedra angular de la familia, el componente básico de la sociedad. Además de haber sido elevada por Nuestro Señor al nivel de un Sacramento, la unión conyugal de un hombre y una mujer refleja los principios morales fundamentales del Decálogo.
Los mandamientos, “no pecar contra la castidad” y “no cometer adulterio” derivan del primer Mandamiento, “amar a Dios sobre todas las cosas”. Si no importa desobedecer la ley de Dios y es indiferente contraer matrimonio conforme a las leyes de la naturaleza y de la Revelación cristiana o un “matrimonio homosexual”, que es totalmente lo contrario, entonces Dios no existe o no toma las cosas en serio, que es lo mismo (un Dios no serio es una contradicción en los términos.)
Si además de seguir la ley natural también estimamos, como se debe, el regalo por excelencia de la Fe, no podemos ver el castigo de Sodoma y Gomorra como un cuento de hadas. Si Dios obviamente no envía castigos como el de Sodoma y Gomorra en todo momento, no hay duda que Él quiso convertir el castigo de aquellas ciudades, inmersas en el pecado contra la naturaleza, en un ejemplo para toda la historia de la humanidad. Él quiere mostrar la gravedad de ese pecado y su repugnancia por él.
Laicos obedientes y respetuosos, pero disfrutando de la libertad de los hijos de Dios
Con las anteriores consideraciones, no pretendemos emitir un juicio sobre la actitud del Arzobispo de Nueva York o de los otros Obispos de Nueva York, sino manifestar nuestra angustia como obedientes y fieles católicos (que, no obstante, disfrutan de la libertad de los hijos de Dios [4]) y registrar nuestra protesta inconformada con la legalización del “matrimonio” homosexual en Nueva York.
Oramos por nuestros Pastores y esperamos que, con la gracia de Dios, seguirán los consejos de San Pablo a Tito: “Predica la palabra: insta a tiempo y a destiempo: reprende, exhorta, increpa con toda longanimidad y no cejando en la enseñanza”. [5]
“A Ti levanto mis ojos, a Vos que moráis en el Cielo”
Como el profeta David, en nuestra angustia volvemos nuestros ojos hacia Dios, suplicando su ayuda y protección: “A Ti levanto mis ojos, a Vos que moráis en el Cielo”. [6]
Y como seguidores de la escuela espiritual de San Luis María de Montfort, nos volvemos especialmente a María Santísima, Consoladora de los Afligidos y reiteramos nuestra certeza en la victoria prevista en Fátima: “¡Al fin, mi Corazón Inmaculado triunfará!”
Escrito por Luiz Sérgio Solimeo
[1] “Uno de los primeros actos de Andrew Cuomo después de su investidura como Governador de Nueva York … fue ir a misa y percibir la comunión. …asistió el 2 de enero a misa con su conviviente, Sandra Lee… quien también es católica y divorciada … en la Catedral de la Inmaculada Concepción en Albany, presidida por el obispo local, Howard Hubbard. ” (David Gibson, “Andrew Cuomo Takes Communion and Revives the ‘Good Catholic’ Debate,” Politics Daily, Jan. 7, 2011, http://www.politicsdaily.com/2011/01/07/andrew-cuomo-takes-communion-and-revives-the-good-catholic-deb/print/”… una fotografía del Sr. Cuomo saludando al Arzobispo Dolan está colgada en la Oficina privada del gobernador”. (Michael Barbaro, “Behind N.Y. Gay Marriage, an Unlikely Mix of Forces” The New York Times, June 25, 2011, http://www.nytimes.com/2011/06/26/nyregion/the-road-to-gay-marriage-in-new-york.html?_r=1&pagewanted=print).
[2] Barbaro, “Behind N.Y. Gay Marriage.”
[3] Cathy Lynn Grossman, “Key vote for N.Y. gay marriage ‘not just Catholic’,” USA Today, June 26, 2011,
http://content.usatoday.com/communities/Religion/post/2011/06/gay-marriage-passes-ny-religion-/1
[4] Cf. ROM. 8: 21; Gal. 2: 4.
[5] 2 Timoteo 4: 2.
[6] Salmos 122 y 123.
Fuente: Acción Familia
*NOTA DE DIARIO PREGON DE LA PLATA: Importante resulta la similitud de lo detallado en el artículo con el modo en que fue aprobada la Ley para Argentina, y el modo en que muchos Obispos y Sacerdotes guardaron silencio al respecto, al igual que cuando fue aprobada la “unión civil” en la ciudad de Buenos Aires como paso previo al “matrimonio” homosexual. Especulaciones de que no sería aprobada, cuentas numéricas sobre diputados y senadores a favor, en contra y neutrales, y todo tipo de espíritu “democrático” civil que imperó en sectores “provida” acabó contrastando con una triste realidad: que las instituciones no funcionan y por imposición autoritaria promueven, sostienen y difunden lo antinatural como positivo.
REPUDIAN PRESENCIA DE RELATORA DE LA CIDH
Según anunció la Comisión de Legislación Penal de la cámara baja, el 13 de julio a las 11 hs “se abocará a analizar la temática del aborto. Concurrirá especialmente invitada la Comisionada de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Luz Patricia Mejía”.
Mejía es una abogada venezolana que siempre ha bregado por la legalización del aborto. Por tal motivo la Red Federal de Familias de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido un comunicado en el que repudia enérgicamente la presencia de Luz Mejía.
Asegura la entidad que la participación de Mejía -además de significar un avance abusivo sobre la soberanía nacional- es una gravísima violación al Pacto de San José de Costa Rica, tratado que dio origen a la CIDH que Mejía integra.
A continuación el texto completo del comunicado:
La Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados, abocada a estudiar el proyecto de ley de legalización del aborto, invitó a exponer a la Relatora de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Luz Patricia Mejía. Creemos que su presencia, además de una indebida injerencia en asuntos que hacen a la soberanía nacional, significa una lisa y llana violación del Pacto de San José de Costa Rica.
En efecto, por una parte el Pacto de San José de Costa Rica (Ley N° 23.054, en su artículo 4.1 determina que “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general desde la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”. Y ello significa el reconocimiento de ese derecho fundamental a todas las personas por nacer desde el momento de la concepción.
No desconocemos que una tergiversación del sentido de esta cláusula ha permitido que algunos sostengan equivocadamente que la expresión “en general” podría permitir la admisión de algunos supuestos de aborto, pero ello resulta reñido con la buena fe, el sentido corriente de las palabras y el objeto y fin del tratado. Pero, en lo atinente a la República Argentina, esa falsa interpretación ha quedado definitivamente superada al momento de aprobarse y ratificarse la Convención sobre los Derechos del Niño.
En este sentido, cuadra recordar que la Ley 23.849, aprobatoria del tratado, dispuso en su artículo 2 que al ratificar el instrumento la República Argentina debía declarar que “la República Argentina declara...que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad”.
Ello fue cumplido al momento de depositarse el instrumento de ratificación, por lo que nuestro país quedó internacionalmente obligado a reconocer todos y cada uno de los derechos que la Convención consagra, a todos y cada uno los niños desde el momento de la concepción. De esta manera, a partir de ese momento “Todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida” (artículo 6.1), sin que quepa la más mínima posibilidad de que el principio sea atenuado o modulado por vía de interpretación, pues los términos de la norma son suficientemente categóricos. Además de ello, nuestro país quedó obligado a actuar en consonancia con la cláusula contenida en el artículo 3.1 de la misma Convención que establece “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una condición primordial a la que se atenderá será el interés superior del niño”. Dicho concepto se ha definido en el artículo 3° de la Ley 26.061, donde se prescribió que “A los efectos de la presente ley se entiende por interés superior de la niña, niño y adolescente la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos en esta ley...” y que “...Cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de las niñas, niños y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros”.
Desde 1994 tanto el Pacto de San José de Costa Rica, como la Convención sobre los Derechos del Niño tienen jerarquía constitucional, en las condiciones de su vigencia, adquiriendo primacía sobre todo el universo infra constitucional de normas, entre las que se encuentra el Código Penal. Resulta evidente, entonces, que dichos instrumentos internacionales que ahora se encuentran en el vértice de nuestro ordenamiento jurídico positivo, han desplazado la hipotética validez de los supuestos que en 1921 contenía el artículo 86 del Código Penal, dispositivos estos que, siguiendo el criterio de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el caso citado al inicio, han venido a quedar definitivamente derogados.
Por lo tanto, no existe, ni puede existir, en nuestro ordenamiento jurídico ningún supuesto válido de “aborto no punible” y sí, en cambio, y de manera terminante, absoluta e intangible, se encuentra consagrado el derecho a la vida de toda persona desde la concepción.
Volviendo al Pacto de San José de Costa Rica, tenemos que su artículo 29 establece que:
Ninguna disposición de la presente Convención puede ser interpretada en el sentido de:
a) permitir a alguno de los Estados Partes, grupo o persona, suprimir el goce y ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Convención o limitarlos en mayor medida que la prevista en ella;
b) limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar reconocido de acuerdo con las leyes de cualquiera de los Estados Partes o de acuerdo con otra convención en que sea parte uno de dichos Estados;
c) excluir otros derechos y garantías que son inherentes al ser humano o que se derivan de la forma democrática representativa de gobierno, y
d) excluir o limitar el efecto que puedan producir la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y otros actos internacionales de la misma naturaleza.
Sin esfuerzo se aprecia que el Pacto prohíbe la limitación del goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pudiera estar reconocido en la propia Convención (inciso a) o en la legislación interna, o en otros instrumentos internacionales (inciso b), ni excluir o limitar el efecto que puedan producir la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y otros actos internacionales de la misma naturaleza (inciso d).
Siendo ello así, tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, como su Relatora (que también deben cumplir las obligaciones del instrumento que da razón de su existencia), se encuentran inhibidos de formular recomendaciones en orden a prohijar cualquier forma de aborto voluntario en la República Argentina, puesto que, desde el derecho internacional, tanto el Pacto, como la Convención sobre los Derechos del Niño (en las condiciones de su vigencia) reconocen la inviolabilidad del derecho a la vida desde la concepción. Y lo mismo puede predicarse del derecho constitucional, desde que ambos instrumentos han sido elevados a esa jerarquía.
Resulta, pues, de toda evidencia, que una injerencia de la Relatora en esta materia significaría de su parte una directa e inaceptable violación del propio instrumento que dio nacimiento a la Comisión y que debe ser la regla y medida de sus acciones.
Por los motivos expuestos, la Red Federal de Familias de la Ciudad de Buenos Aires repudia enérgicamente la presencia de Luz Mejía en la Cámara de Diputados de la Nación y reafirma que el primer derecho humano es el Derecho a la Vida, frente al cual no caben enfoques restrictivos.
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NOTIVIDA, Año XI, Nº 765, 12 de julio de 2011
Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja
Página web: www.notivida.org
Email: notivida@hotmail.com
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