miércoles, 18 de noviembre de 2009

CARLOS RUCKAUF VOLVERIA A LA FUNCION PUBLICA



En la foto: Carlos Ruckauf junto a María Estela Martínez de Perón cuando ejercía la Presidencia y a Antonio Cafiero, y también junto al General Jorge Rafael Videla, en otros tiempos cuando la violencia terrorista reinaba en las calles.



El recordado autor de la frase "Hay que meter bala a los delincuentes", más que nunca se jacta por estas horas de la razón de sus dichos, ante el análisis de los resultados de otras políticas garantistas que fracasan.

El ex Gobernador estuvo en la residencia del gobernador Daniel Scioli los últimos días hablando sobre distintos temas vinculados a la seguridad y justicia de la provincia.

Cuentan además que a pedido de alguien de peso fuerte dentro del PJ, Ruckauf quien tuvo que salir a despotricar contra la pasiva gestión de Felipe Solá en materia de seguridad, según informó Datavip.

Es probable que en poco tiempo, y luego de la aprobación en el congreso provincial de las contravenciones impulsadas por el sciolismo, se conforme una mesa federal de seguridad, de la que formaría parte Ruckauf, León Arslanián y otros ex funcionarios provinciales.

Algunos todavía recuerdan que Ruckauf además firmó junto con Antonio Cafiero y María Estela Martínez de Perón uno de los decretos que ordenó a los militares el aniquilamiento de la subversión terrorista en la violenta década de 1970.

LA CAMARA DE DIPUTADOS BONAERENSE APROBÓ LA "OBJECIÓN DE CONCIENCIA" A LA LEY DE "SALUD REPRODUCTIVA"


En la foto: Un bebé Aido, reproducción de un feto humano de 12 semanas de vida


La Cámara de Diputados bonaerense giró al Senado la inclusión de la “objeción de conciencia” a las prácticas médicas que establece la ley de Salud Reproductiva y Procreación Responsable.

El proyecto fue presentado por el diputado del Pro, Jorge Macri, e incorpora a la normativa una disposición por la cual médicos, directivos o personal auxiliar del sistema de salud bonaerense, “tienen el derecho constitucional a ejercer la objeción de conciencia, personal o institucional de acuerdo a su ideario, según corresponda, con respecto a las prácticas médicas” que menciona el texto de la ley y “todas aquellas que pudieren derivar de la aplicación de la misma” (se refiere al aborto y a la distribución de anticonceptivos que son abortivos, en lo cual se viola el Pacto de San José de Costa Rica y la Constitución Nacional).

Fundado en preceptos constitucionales y fallos judiciales, el legislador entiende “necesario implementar la objeción de conciencia”, ante la posibilidad de que se obligue a los médicos “a realizar las intervenciones quirúrgicas, con un tinte de excesivo autoritarismo, o al menos que impliquen una restricción del derecho a la objeción de conciencia de los mismos”, según informó la Agencia Aninoticias.

Según Macri, la posibilidad de establecer la obligatoridad del aborto de manera imperativa a los profesionales de la salud "generó la obligación moral de presentar este proyecto y enmarcar el derecho constitucional de objeción de conciencia de manera específica para los profesionales médicos y autoridades de los establecimientos pertinentes pese a que ya estar enmarcado en instrumentos internacionales y en la propia Constitución Nacional, por lo cual es un derecho que ninguna ley puede desconocer, soslayar, o modificar en su esencia. Y además haber sido remarcado por la Corte Suprema de Nación”, afirmó.

“La esencia de este derecho es la imposibilidad de verse forzado a contrariar las propias convicciones morales y científicas, ejecutando o haciendo ejecutar actos incompatibles con ellas”, afirma el titular del bloque Pro y aclaró: “En otras palabras, estamos frente al derecho a negarse a observar determinadas conductas cuando ellas violentan la propia conciencia”.

"LAMENTABLE REFLEXIÓN" SOBRE MOHAMED ALI SEINELDIN


Publicamos a continuación una nota dirigida al Director del periódico Tiempo Militar.
El escrito escrito que más abajo se reproduce será publicado y respondido editorialmente en la próxima edición de TIEMPO MILITAR correspondiente a diciembre 2009 que sale a la venta el día 03 de diciembre de 2009.


Buenos Aires 15 de noviembre de 2009


Sr. Director de Tiempo Militar

“Lamentable reflexión”

Lamento profundamente, haberme enterado cuarenta y cinco días más tarde sobre la crónica que bajo el título “Un adiós, una reflexión”, fuera publicada en el periódico que usted dirige en la edición del 1 de octubre del corriente año, con motivo del fallecimiento del señor coronel Mohamed Alí Seineldín. Semejante confusión periodística merecía una respuesta inmediata.

En principio, como dicha crónica no tiene firma, deduzco, al igual que el resto de los lectores, que la misma responde a la línea editorial del diario, por lo que se desprende su grado de responsabilidad en la misma en su condición de Director.

Tratándose de dos temas de tanta importancia como lo son el 3 de diciembre de 1990 y el fallecimiento del coronel Mohamed Alí Seineldín, si usted no fue el autor directo, quien la escribió, debió firmarla… más que nada porque estaba cuestionando el proceder de una persona que ya no podría responderle.

Cuando leí la misma créame que, sinceramente pensé que más respondía a la línea editorial de Página 12 escrita por Horacio Verbistky o algún otro enemigo reconocido de las Fuerzas Armadas, que a un periódico que se supone defiende los intereses propios del ámbito militar. Por tal motivo es que ni siquiera considero serio solicitar un derecho a réplica, pues hoy me interesa mucho más que el resto de la sociedad conozca la forma de pensar de quienes hacen Tiempo Militar que rebatir, punto por punto, las erróneas consideraciones efectuadas en el escrito de marras. No obstante lo expresado, algo diré.

¿O es que acaso el Director de Tiempo Militar desconoce cuál ha sido el significado del 3 de diciembre de 1990 a la luz de los hechos acontecidos en el ámbito militar, y de la defensa nacional desde aquél acontecimiento a la fecha?. Resultaría ocioso decirle que interrogue a quienes en aquella jornada nos reprimieron con feroz energía y hoy se muestran arrepentidos por no haber creído en las alertas que pronunciáramos sobre lo que iba a suceder en el futuro con las Fuerzas Armadas como paso previo a lo que iba a suceder con la Nación toda.

Sería redundante relatarle qué dijeron los jueces que nos condenaron cuando afirmaron que: “el 3 de diciembre de 1990 no fue un golpe de estado y quienes en esa jornada se pronunciaron, lo hicieron por motivos de elevado valor moral y social”, porque usted por el puesto que desempeña, tiene la obligación de saberlo.

Por último, querer hacer pasar al coronel Seineldín como un buen soldado pero que estaba equivocado o actuó engañado, es subestimarlo o no conocerlo, pues él fue quien más claro tenía lo que estaba pasando en el ámbito de las FFAA de toda Latinoamérica, en contraposición con los más encumbrados generales, almirantes y brigadieres que no sabían quién era el enemigo y sólo sirvieron a los políticos de turno en el proceso de desnaturalización y destrucción de sus respectivas instituciones. Diecinueve años más tarde todavía hay militares y civiles confundidos que siguen sirviendo a esos fines.

¡Por Dios y por la Patria!


Hugo Reinaldo Abete

Ex Mayor E.A.

BUSCAN REGULAR POR LEY LA ACTIVIDAD DE VENTAS A DOMICILIO





El ministerio de Trabajo bonaerense avanza en la elaboración de un proyecto de Ley que busca elaborar un registro y regular la actividad de “motomandados y deliverys”, una actividad que según estimaciones oficiales cuenta con casi 65 mil personas “en estado de precariedad laboral y que atenta contra la integridad de las personas”.

En declaraciones a una FM local, la jefe de Asesores de la cartera laboral, Evangelina Del Pozo, explicó la iniciativa que “viene avanzando, ya pasó por la Asesoría General de gobierno y ahora está en las oficinas de la Contaduría General”, aseguró, aclarando que el proyecto surge de la idea de que existe "una cuestión de seguirdad y la integridad de las personas, ya que hay un estado de precariedad general, donde se manejan motos en mal estado, sin casco y tampoco con el chaleco preestablecido”.
La funcionaria aseguró que “es una forma de regular la actividad precarizada y además darle un beneficio, ya que obliga al empleador a regularizarlo,a informar el inicio y el final de la relación laboral, así como también proporcionarle el casco, el chaleco reglamentario.
Uno de los objetivos es crear un Registro Único de Prestadores de Servicios en Motos que busca “priorizar la vida y el trabajo de quienes desarrollan esta tarea”, por lo que además de todo lo anterior, se instará al empleador a “garantizar el uso correcto de los elementos de seguridad y el cumplimiento de las normas”, además de la “adecuación a las cuestiones climáticas”.
Del Pozo señaló que “la idea es que las sanciones estén en la cabeza del empleador que es quien generalmente presionan para que se cumplan los tiempos y que ellos cumplan algunas cuestiones”, dijo.
“La idea es una sanción económica, en el primer proyecto habíamos planteado la clausura, pero provocaba un desmedro de la fuente laboral, por lo que una sanción económica podría cumplirla y no afectaría a las personas, con la posibilidad que en la reincidencia se incremente el monto que irá entre un mínimo y un máximo que todavía tendrá que analizar la legislatura”, concluyó.

EL SUELDO DE UNA DOMÉSTICA QUE TRABAJA 8 HORAS DIARIAS ES DE $ 1.347


Desde noviembre el sueldo mínimo del personal doméstico aumentó un 18 %, de acuerdo a una resolución del Ministerio de Trabajo de la Nación publicada en el Boletín Oficial.
Para las mujeres que trabajan por hora, el pago sube de $ 8 a $ 10. En tanto, para una labor diaria de hasta cuatro horas se eleva $ 571 a $ 673.
En el resto, el salario mínimo se incrementa hasta $ 1.846 para la escala más alta de la mayor categoría (institutriz, mayordomo, damas de compañía y preceptores). Para la categoría más baja (con retiro y por ocho horas diarias) el sueldo es de $ 1.347. En todos los casos se trata de valores mínimos.
Se estima que actualmente más de 1 millón de personas realizan trabajos domésticos, a tiempo completo, con o sin retiro y por horas. De ese total, según la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), unas 370.000 están registradas.
A cambio del pago de una suma fija de $ 81 mensuales que corre por cuenta del patrón ($ 35 de jubilación y $ 46 de salud), la doméstica obtiene una cobertura médica a través de una obra social nacional, con derecho a la pensión de invalidez y fallecimiento.
Con 30 años de aportes, puede jubilarse con la garantía del haber mínimo.