ACADEMIA NACIONAL DE EDUCACIÓN
Buenos Aires, agosto de 2012
Entre los
objetivos fundamentales de la Academia Nacional de Educación se encuentra el de
actuar como institución capaz de asumir la responsabilidad de una celosa
custodia del cumplimiento de los valores y principios fundamentales expresados
en la Constitución Nacional, y de inspirar y respaldar esfuerzos tendientes a
favorecer el avance de la democracia y la justicia social en todos los procesos
y manifestaciones del quehacer educativo nacional. Así lo ha cumplido siempre.
El 27 de
diciembre de 2006 se aprobó el Decreto 1938, que promulgó la Ley de Educación
Nacional. Su texto dice: “Por tanto, téngase por Ley de la Nación N° 26206,
cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese.- Néstor Kirchner-Alberto A. Fernández-Daniel F. Filmus”.
El artículo
11, inciso i, de la Ley 26206, cuyo
cumplimiento dispuso el Decreto 1938/06 establece que los fines y los objetivos
de la política educativa nacional son, entre otros, asegurar la participación
democrática de docentes, familias y estudiantes en las instituciones educativas
de todos los niveles. Esta participación no incluye las organizaciones
políticas con actividades partidarias.
Por esta razón,
la Academia Nacional de Educación ve con preocupación la serie de hechos de los
que hemos tenido público conocimiento en estos días – violatorios de los fines
y objetivos de la política nacional establecida en la Ley 26206 – donde grupos
partidistas han desarrollado en varias escuelas del país talleres de
adoctrinamiento partidario con presencia en el interior de los establecimientos
de personas ajenas a la educación con banderas, lemas, cantos y figuras de
facciones políticas.
Estos métodos de adoctrinamiento de niños
y jóvenes, en el seno mismo de las escuelas, aparte de ser violatorios de la
Ley, constituyen una práctica condenable, por haber sido históricamente
utilizada por regímenes totalitarios para adoctrinar a la juventud. Valoramos
las acciones de todos aquellos que preservan y respetan el ideario de una
sociedad democrática en la que no caben ni el silencio, ni la tolerancia, la
anuencia o la autorización por parte de las autoridades educativas nacionales,
provinciales o propias de cada establecimiento
frente a acciones de carácter
sectario.
No se puede
avalar dicho actuar ilegal y desconocer todo el esfuerzo que los docentes
argentinos hacen desde siempre y día a día para formar como democráticos
ciudadanos a nuestros niños y adolescentes. Pensar que este proceder es
necesario para formar argentinos porque durante mucho tiempo deformaron a los
argentinos, implica que ni los docentes, ni las autoridades de los colegios, ni
las autoridades educativas de la Nación y de las provincias cumplen con sus
objetivos.
No se puede
ignorar la tarea cotidiana de nuestros maestros y profesores y descalificar con
injusticia el aporte que realizan para la construcción de una patria
democrática.
Por las razones
expuestas, convocamos a las autoridades de todos los sectores para que den cumplimiento con los establecido en el
artículo 3 de la Ley de Educación Nacional: “ La educación es una prioridad
nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad
justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de
la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades
fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación”.
Por el pleno,
Académico Secretario
Académico Presidente
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