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viernes, 13 de agosto de 2010

DECLARACIÓN DEL PRESO POLÍTICO TCNL ENRIQUE P. MONES RUIZ

a jorge-mones-ruiz

Palabras pronunciadas al inicio del juicio por el Tcnl Enrique P. Mones Ruiz ante el Tribunal Oral Federal de Córdoba que lo juzga.

Señores Miembros del Tribunal Oral Federal:

Soy el Teniente Coronel de Paracaidistas del Arma de Infantería (Retirado) Enrique Pedro Mones Ruiz. Estoy acá acusado por crímenes que no he cometido. El más grave, homicidio, quedó perfectamente aclarado en el año 2000, comprobándose mi inocencia. Oportunamente mi abogado defensor demostrará esta aseveración.

En esa época (hace diez años) no existían otros cargos. Es curioso que ahora aparezcan denuncias de tormentos. Pues bien, escucharemos a testigos falsos con pruebas también falsas, sobre hechos cometidos supuestamente hace más de treinta años y que hoy florecen curiosamente como siniestra conjura, producto del "odio como factor de lucha", por parte de  aquéllos que no se apartaron aún de las criminales enseñanzas del Che Guevara.

Lo endeble de la acusación original pareciera ser la causa que originaron semejantes nuevos delitos en mi contra y adjudicarme responsabilidad y culpabilidad, no sólo a mí, sino también al entonces Presidente de la Nación, Gral. Videla, al Comandante del IIIer Cuerpo de Ejército, Gral. Menéndez y al Gral. Pino quien fuera mi Jefe de Regimiento.

Más allá de proclamar mi inocencia dejo constancia que el crimen en cuestión, y por su naturaleza, tampoco puede ser imputado a los Señores Generales mencionados, a quienes no les cabe responsabilidad  mediata y mucho menos inmediata.

Sr. Presidente, Dr. Jaime Díaz Gavier, Sr. Vocal, Dr. José María Pérez Villalobo, Sr. Vocal, Dr. Carlos Lazcano. La dignidad de un Tribunal de la República se asienta en el irrestricto respeto a la Constitución Nacional. La vulneración de sus leyes y normativas, en un contexto caracterizado por la tergiversación histórica de los hechos acaecidos, sumado a intereses oscuros de actores políticos y sociales de distinta naturaleza, atentan contra la majestad de la Justicia, transformando su esencia y convirtiéndola en una parodia de acto jurídico, más parecido a un juicio popular llevado a cabo por tribunales revolucionarios vindicativos, propios de sistemas totalitarios, como advertimos en la Cuba de Castro o la Venezuela de Chávez.

A juzgar por la edad de cada uno de ustedes, deduzco que no pueden desconocer la realidad histórica y política de los aciagos años 70, salvo que sus entornos hayan sido limitados a la estrechez de una burbuja o hayan estado realmente vinculados directa o indirectamente a las organizaciones terroristas de entonces. En este último caso les comprenderían las generales de la ley y no podrían integrar este Tribunal.

Continuando con ésta, mi declaración inicial, me pregunto, ¿por qué estuvo ausente la Justicia Federal en el año 1976, siendo que muchos de los detenidos se encontraban bajo su dependencia?

La víctima, Raúl Augusto Bauducco, estaba a cargo del Juzgado Federal Nro. 1 que presidía el Dr. Zamboni Ledesma, cuya secretaria era la Dra. Cristina Garzón de Lazcano en lo Civil y el Dr. Otero Álvarez en lo Penal. También se desempeñaba como Defensor Oficial el Dr. Eduardo Molina, magistrado que, al igual que el actual Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Raúl Zaffaroni, juró por los Estatutos del Gobierno Militar (Proceso de Reorganización Nacional).

Señores Jueces:

Yo no presté ese juramento. Protesto contra esta arbitrariedad. Y que quede claro que con estos juicios no se están juzgando solamente a personas, se está juzgando y condenando a una Institución, el Ejército Argentino, su espíritu y vocación, hoy en peligro de muerte, ya que con los antecedentes que se están creando, la responsabilidad del mando, la disciplina y sobre todo, el sentido del deber quedarán limitados, al cobro del jornal y a desfiles de comparsas.

El Ejército quedará neutralizado y consecuentemente, ¿habrá un soldado dispuesto a cumplir con las misiones de combate que se le impongan?  Con estos antecedentes intuyo que no.

Con semejantes pautas pseudo jurídicas el militar argentino no tendrá futuro y la sociedad, de la que forma parte, tampoco.

Finalmente, y haciendo uso de los derechos que me asisten, manifiesto mi intención de continuar declarando en su oportunidad durante el desarrollo del debate. No tengo nada más que decir.

Tcnl (R)  Enrique P. Mones Ruiz

      Preso Político

viernes, 22 de mayo de 2009

TRASLADAN A LA CÁRCEL DE BOWER A OCHO MILITARES DETENIDOS

Los ex militares, actualmente detenidos en el Tercer Cuerpo del Ejército de Córdoba, que deben ser trasladados a la cárcel ubicada en las afueras de la ciudad de Córdoba, son: Osvaldo César Quiroga, Enrique Pedro Mones Ruiz, José Andrés Tofalo, Gustavo Adolfo Alsina, Miguel Ángel Pérez, Arnaldo José López, Héctor Raúl Romero y Emilio Morard.

El traslado fue dispuesto por la jueza federal Cristina Garzón de Lascano, la misma que había ordenado la prisión domiciliaria de Menéndez. La medida alcanza miembros de las Fuerzas Armadas acusados de delitos de lesa humanidad.

La juez federal Nº 3 de Córdoba, Cristina Garzón de Lascano, dispuso que los represores que aún se encuentran detenidos en el Tercer Cuerpo del Ejército de Córdoba sean trasladados a la cárcel de Bouwer.

La magistrada adoptó la resolución de la Cámara Federal de Córdoba, integrada por los Dres. Luis Roberto Rueda, Ignacio María Vélez Funes, Abel Guillermo Sánchez Torres y Luis Rodolfo Martínez, que estableció que los magistrados "deberán alojar a las personas privadas de su libertad por cualquier tipo de ilícito penal de competencia federal, en las unidades penitenciarias que correspondan conforme a la etapa procesal por las que transiten, debiendo observarse lo establecido por la Ley 24.660 y Código de Procedimiento Penal de la Nación".

Entre sus fundamentos, el tribunal destacó que "disponer que procesados y/o condenados, cumplan su detención en lugares distintos de los especialmente dispuestos por la ley para tal fin, genera una situación inequitativa de privilegios injustificados o por lo menos la concesión de un trato desigual o diferenciado".

Garzón de Lascano es la misma juez que otorgó días atrás el arresto domiciliaria a Luciano Benjamín Menéndez debido a que tiene más de 70 años.

La medida no alcanza a los ex policías detenidos en la Guardia de Infantería