El Ministerio del Interior y
Transporte, conducido por Florencio
Randazzo, a través del Instituto
Nacional de Formación Política, realizó la firma de un Convenio Marco de
Cooperación con la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo. De la rúbrica del
convenio participaron la Presidente de
Abuelas de Plaza de Mayo, Estela
de Carlotto y el Director Nacional del Instituto de Formación Política, Juan Mincarelli.
Tras la firma del mismo, Juan Mincarelli destacó que “desde este
Ministerio y por indicación del ministro Randazzo,
buscamos afianzar las relaciones con las instituciones, asociaciones y
entidades de bien público, y en este caso con Abuelas de Plaza de Mayo
colaborando en la difusión de todas las tareas que tengan que ver con la
recuperación de los nietos que permanecen sin conocer su verdadera identidad.
Por eso la idea de realizar este convenio que traerá aparejado un Seminario de
Derechos Humanos, una herramienta clave para nuestros alumnos”.
Asimismo, Estela de Carlotto aseguró que “es muy importante la formación de
cuadros, que hace unos años era impensable y que hoy que los jóvenes volvieron
a volcarse a la política, es vital para contenerlos y prepararlos para las
responsabilidades que emprenden. También es importante el apoyo que desde el
Ministerio, y desde el Renaper más específicamente, siempre nos han brindado
con la documentación que es vital para las investigaciones que llevamos
adelante, y con este convenio que hoy firmamos seguimos con la voluntad de
trabajar en conjunto”.
También se hicieron presentes,
la vicepresidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Rosa T. de Roisinblit, el secretario de la directiva, Abel Pedro Madariaga, e Irma Rojas, otra integrante de la
entidad. Además, participó de la reunión, parte del equipo interdisplinario del
Instituto de Formación Política.
(*) NOTA DEL DIRECTOR
DERECHOS HUMANOS Y CORRUPCIÓN
Por EMILIO NAZAR KASBO
Especialista en Derechos Humanos
UNLZ
Hasta hace no mucho tiempo, el
Derecho Internacional y los Tratados Anticorrupción eran citados por la
Wikipedia y otros sitios como una generación de Derechos Humanos. Tal referencia
ha desaparecido de Internet, se ha “esfumado”, “no está”. Sería importante que
volviera a constar.
Las generaciones de Derechos
Humanos son las siguientes:
PRIMERA GENERACIÓN: llamados “Derechos Azules”, se refieren
esencialmente a la libertad y a la participación de la vida política, tratándose
de derechos civiles y políticos.
SEGUNDA GENERACIÓN: llamados “Derechos Rojos”, están referidos a la
equidad, los cuales han surgido después de la Segunda Guerra Mundial, y son
fundamentalmente económicos, sociales y culturales.
TERCERA GENERACIÓN: llamados “Derechos Verdes”, son “ecológicos” y
generales, tales como los derechos grupales y colectivos, el derecho a la
autodeterminación, el derecho al desarrollo económico y social, el derecho al medioambiente
sano, el derecho a los recursos naturales, el derecho a comunicar y a la
comunicación de derechos, el derecho de participación en el patrimonio cultural,
y los derechos a la equidad intergeneracional y a la sustentabilidad.
No ingresaremos al abordaje de lo que significa cada generación en particular, sino que simplemente se trata de encuadrar la situación actual de los Derechos Humanos en relación a los Tratados Anticorrupción. Acerca de la base jurídica de los Derechos Humanos, el Realismo Jurídico sustenta el Derecho Natural clásico, aristotélico Tomista conforme la Filosofía Perennis, a los cuales debe remitirse obligatoriamente para la comprensión de los Tratados Internacionales. Tal orientación es la única que otorga sentido e inmutabilidad a las normas, pues tiene en cuenta la naturaleza humana en su contexto y cosmovisión.
TRATADOS ANTICORRUPCIÓN
¿A qué generación pertenecen los
Tratados Anticorrupción, que incluyen la faz económica del terrorismo, y del
lavado de dinero en las naciones y a escala internacional? Resulta lógica,
notoria y evidente la respuesta: la corrupción afecta a la existencia misma del
Estado o de la comunidad de Estados, por lo cual se trata de derechos de la
PRIMERA GENERACIÓN.
Es decir, no se trata de derechos
económicos, sociales y culturales, no se trata de operatorias económicas
dañosas, que perjudican a particulares, sino de diversas operaciones corruptas
que pueden abarcar desde el nepotismo, el tráfico de influencias o la
malversación de caudales públicos, defraudaciones y estafas a escala
internacional, lavado de dinero, entre otras, que ponen en peligro al mismo
Estado.
Ello nos hace concluir que los
Tratados Anticorrupción afectan al reconocimiento de los Derechos Civiles y
Políticos. Es evidente, por tanto, que si gobernantes incurren en la violación
de los Tratados Anticorrupción, están violando Derechos Humanos, y si someten a
toda una Nación a semejante injusticia social, tales gobernantes incurrirían en
las sanciones del Tratado de Roma, pero además obligarían a aplicar los Tratados
Anticorrupción.
CRIMEN DE LESA HUMANIDAD
La violación de los Tratados
Anticorrupción, no pueden ser más que calificados de crímenes de lesa
humanidad, sobre todo si son los mismos Gobiernos (y funcionarios de Gobierno)
los que incurren en semejantes violaciones. Una Nación donde los gobernantes se
enriquecen y viven con acceso a los bienes más superfluos en medio de un pueblo
que es sometido a la más abyecta de las miserias, no es más que una Nación
gobernada por Genocidas. El gobierno soviético de Stalin con su Holodomor, es uno de los casos que podría mencionarse
como ejemplo, tanto como el de Fidel
Castro en Cuba.
No se pretende aquí cuestionar el
Derecho de Propiedad, sino todo lo contrario. La propiedad pública no puede ser
considerada como propiedad privada de los gobernantes, sino un servicio al Bien
Común. El Gobernante puede tener sus propios bienes, y en nada afecta ello al
Bien Común. Lo que el Gobernante no puede hacer, es enriquecerse a costa del
poder que ejerce, en beneficio propio y en detrimento de la sociedad. En una
sociedad opulenta, el Gobernante puede gozar de la misma prosperidad que ha
dado a su pueblo, ya que sus haberes responderán a tal prosperidad. En una
sociedad donde sólo hay miseria, y donde se obliga a enfrentar a pobres contra
pobres, a trabajadores contra personas reducidas a la miseria viviendo todos en
situaciones económicas indignas, el Gobernante necesariamente deberá gozar de
haberes públicos acordes a tal situación (independientemente del manejo de sus
bienes personales).
La derogación de organismos
Anticorrupción, o la anulación de sus actuaciones, no es más que un síntoma de
disolución de auditorías y contralores para impedir la transparencia económica
gubernamental.
IMPRESCRIPTIBLES
Cabe destacar, además, que ha de incluirse
como acto de corrupción no solamente la sobrevaloración del trabajo, o el
manejo de fondos públicos en beneficio propio, sino también la infravaloración
de la labor, ya que en este último caso son los mismos organismos nacionales o
internacionales los que niegan el justo derecho ciudadano y la igualdad proporcional
y equitativa ante la Ley, basada en la idoneidad.
El Instituto Nacional de
Formación Política, ha firmado un Convenio Marco de Cooperación con la
Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, cuya rúbrica fue realizada por su
Presidente, Estela Barnes. Esperamos
también que continúen firmando más acuerdos marcos en la misma materia, para
que se investiguen a fondo los actos de corrupción gubernamental, de todos los
que han ejercido al presente cargos de responsabilidad pública desde que se
aprobaron los Tratados Anticorrupción por la Argentina.
Recordemos que los crímenes de
Lesa Humanidad, tales como son la violación de los Tratados Anticorrupción, son
imprescriptibles.
JUICIO Y CASTIGO
Juicio y Castigo a los culpables.
¿A los culpables de qué? A los culpables del hambre y la miseria en el país, a
los culpables de la inflación y la hiperinflación, a los culpables de haber
endeudado el país más allá de su capacidad financiera convalidando la gestión
de José Martínez de Hoz y sus
sucesores, a los culpables de poner a su nombre la propiedad pública, a los
culpables de designar en cargos de relevancia a incompetentes por “amiguismos”,
a los culpables de utilizar la información pública para enriquecerse
personalmente, a los culpables de designar a sus propios familiares incurriendo
en nepotismo, a los culpables del tráfico de influencia, a los culpables de
manipular los indicadores y los índices económicos, a los culpables de exigir
coimas para cumplir con lo que es su deber, a los culpables de malversar
caudales públicos, a los culpables de entregar subsidios sin contraprestación
ni obligación de rendir cuenta por parte del beneficiario, a los culpables de
presiones a legisladores para la aprobación de leyes, a los culpables de la
compraventa de votantes y manifestantes, a los culpables del clientelismo político, a los culpables de quitar a los jubilados su derecho y de reducirlos a condiciones miserables,
y un gran etcétera que todo el mundo conoce porque a diario lo ve en los medios
de comunicación.
Juicio y Castigo a los culpables.
Violar los Tratados Anticorrupción es incurrir en crímenes de Lesa Humanidad. Y
los crímenes de Lesa Humanidad, son imprescriptibles.
La Argentina necesita un grupo como “Los
Intocables”. En un país donde la gente honesta y honrada es difamada, y donde
los invertidos corruptos se complacen en el Gobierno, sólo la unión de los que
se conserven en la virtud a pesar de todas las contrariedades puede revertir la
situación. El problema, está en su organización.
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