Por el Dr. Juan Pedro Chaves *
(Especial para Diario Pregón de La Plata)
En el día de hoy, 1° de octubre, fui invitado a participar de la presentación del proyecto de Ordenanza Fiscal e Impositiva en la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas del H Concejo deliberante de La Plata , cuya presidenta es la reelecta Cjal. Teresa Razzari.
En la misma se explicaron a grandes rasgos, las principales reformas y los lineamientos ideológicos del proyecto. Yo quiero analizar una de las reformas, que es la masiva, y es el aumento de la Tasa por Servicios Municipales (SUM).
El aumento se daría al tomar el Municipio como base imponible para el cálculo de la Tasa de Servicios municipales la VALUACION FISCAL realizada por CATASTRO PROVINCIAL dejando de lado la que efectúa Catastro Municipal (DIRECCION DE COORDINACION DE CATASTRO), obviamente por ser mayor la del estado Provincial, generando así un aumento que podría llegar a ser hasta del Quinientos o seiscientos por ciento en algunos casos.
Surgió en la reunión un dato concreto: el 40 por ciento de las propiedades de la ciudad difiere (en menos) la valuación fiscal que tiene el municipio en relación a la que lleva Catastro provincial.
Ante esta situación de casos de excesivos aumentos, la concejal Razzari afirmó que el aumento no sería tan abrupto y dio a entender la voluntad del intendente de efectuar un aumento progresivo, de manera anual, con un tope de aumento del orden del 30 por ciento por año. Por ello hay casos que año tras año la tasa va a ir aumentando en un 30 por ciento hasta alcanzar los valores de la alícuota establecidos por el órgano de aplicación.
Creo que el problema que se plantea radica en que erróneamente el Municipio (al igual que la Provincia ) confunde el concepto de Valuación Fiscal con Valor de Mercado. Sostiene el Ejecutivo Comunal que los ciudadanos deben pagar la tasa en relación al Valor de Mercado que debe ser igual o similar al Fiscal.
Sabemos que la valuación fiscal es el valor que el Estado da a los bienes, en este caso inmuebles, a los efectos de tomar la Base Imponible para el pago de impuestos, o en este caso Tasas.
Como hombre formado en la ciencias jurídicas, sostengo conceptualmente que ese valor no debe tener como único parámetro el valor de mercado, debe responder y atender a la situación económica, histórica y social del lugar donde esta situado el bien, a los movimientos del circuito económico, a estado general de la economía, etc…
Así, pongo como ejemplo al docente o empleado de comercio, que vive en una propiedad de 60 años de construcción, quizás heredada hace 20 años, dentro del casco urbano, cuyo valor de venta es de 150 mil dólares, pero su realidad económica es otra, tiene dos mil pesos para llegar a fin de mes, sostener una familia , pagar los servicios, y demás necesidades básicas. ¿Cómo afronta este vecino un cambio de la valuación fiscal de 70 mil pesos a más de quinientos mil?
La mayoría de la gente que vive en una propiedad del casco urbano, o en zonas de Gonnet, City Bell y hasta Villa Elisa, ha visto en los últimos años el fenómeno del aumento del valor de las propiedades inmobiliarias pero no acompañado de un aumento del monto de sus ingresos.
Por ese motivo es sabido e innegable el problema que se genera hoy día para lograr el acceso a la primer vivienda en la región.
Por ello, LA VALUACION FISCAL debe atender estas situaciones, como otros casos de similares características, y brindo otro ejemplo: una quinta productora de verduras frente al country Gran Bell seguro que tiene un valor inmobiliario por hectárea diez o veinte veces mayor a la ubicada dentro de colonia Urquiza o en medio de Arturo Seguí, pero por ello no se le puede aumentar al humilde productor de verduras y hortalizas la VALUACION FISCAL 10 o 20 veces, y así pagar 10 o 20 veces mas impuesto y mas tasa SUM.
Ahora pregunto. ¿Quién tiene la INMEDIATEZ , como órgano gubernamental para saber el valor fiscal que debe darse a la propiedad? Obviamente que es el Municipio, y no Catastro Provincial que no tiene la capacidad de evaluar cual debe ser la VALUACION FISCAL de cada inmueble en los 134 partidos de la provincia.
Por ello considero equivocado DELEGAR en la Provincia la realización de la VALUACION FISCAL de cada propiedad de nuestro municipio. Y voy mas allá: la provincia debería tomar las valuaciones fiscales que realizan los Municipios, que son quienes tiene el contacto con el vecino y conocen las realidades que hay que tener en cuenta cuando se establece la controvertida Valuación Fiscal.
Además del error básico que significa en momentos de recesión económica recargar de Tasas a los contribuyentes, no se explico cual va a ser la contraprestación del Municipio ante este aumento de Tasas. No nos olvidemos que las tasas presuponen una contraprestación directa por quien la percibe.
Espero haber sido lo suficientemente claro para que las autoridades municipales consideren con esta opinión alguna modificación al proyecto de mentas
*CONCEJAL ELECTO UNION PERONISTA
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