sábado, 7 de noviembre de 2009

PROBLEMAS CON EL JUEZ ROZANSKI EN EL TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL 1 DE LA PLATA


En la foto: el juez Carlos Alberto Rozanski, acusador y acusado a la vez dentro del Tribunal Federal platense

Responsabilidad
El juez Carlos Alberto Rozanski del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata, denunció la desaparición del cuerpo XII de la causa 2913/09 seguida por delito de extorsión (art. 168 del Código Penal) del escritorio de la Dra Renata González al Presidente del Tribunal, Dr. Horacio Insaurralde.
La desaparición se habría producido entre la tarde del día 8 de septiembre de 2009 y la mañana del 9 del mismo mes.
Según el magistrado, no ha sido informado sobre la citada desaparición del cuerpo del expediente, ni se habría iniciado sumario para deslindar las responsabilidades del caso, considerando dicha situación como “de suma gravedad”, ya que en el mismo se encuentran involucrados funcionarios públicos.
El juez solicitó que respecto de la Dra. Renata González, secretaria contratada del Tribunal, que se inicie sin dilación el correspondiente sumario administrativo y la reconstrucción del cuerpo XII, apartándose de inmediato a la nombrada funcionaria de sus funciones contratadas hasta tanto se aclaren los hechos. También solicitó el mismo en fecha 30 de octubre que se ponga en conocimiento del Consejo de la Magistratura en la persona de la diputada Diana Conti, las referidas circunstancias, mientras se realizaba una auditoría al mencionado Tribunal sin informarse tales circunstancias a los Auditores, pese a que la desaparición se produjo con anterioridad a su visita en fecha 26 de octubre.

Hostigamiento de Rozanski
El día 2 de Noviembre de 2009 se esclareció por los jueces Pablo D. Bertuzzi y Horacio Alfredo Isaurralde “que a fs. 2655 la actuaria informó que entre los días 8 y 9 de septiembre del corriente año advirtió la faltante del cuerpo citado, tras lo cual se ordenó su búsqueda exhaustiva”, detallándose la existencia ante la Fiscalía Federal de Quilmas de una copia certificada del cuerpo en cuestión.
Tras el esclarecimiento de la situación, califican como un “nuevo hostigamiento que evidencia la actitud del juez Rozanski en perjuicio de la secretaria Renata González, claramente evidencia una suerte de persecución laboral que el Tribunal no puede tolerar bajo ninguna circunstancia. La actual actitud se condice con la oportunamente adoptada en el mes de mayo del corriente año por el magistrado al sancionar sin sumario administrativo a la mencionada secretaria”
También sostienen que el juez Rozanski atribuye exclusivamente la responsabilidad a la secretaria, en una “clara parcialidad y arbitrariedad”, rechazando la petición del mismo.

Propuestas improcedentes
Por otra parte, en la misma fecha se realizó coincidentemente un nuevo pronunciamiento por los Dres. Pablo D. Bertuzzi y Horacio Alfredo Isaurralde, en el cual se califica de “nuevo y peculiar oficio realizado por el colega Rozanski”.
La resolución aborda el “trámite de la causa n° 2789/08” seguida por el delito de injurias recíprocas, tráfico ilegal de personas agravado, abuso sexual, lesiones, reducción a servidumbre y privación ilegítima de la libertad (arts. 116 del Código Penal, y 121 1° parte Ley 25.871, 119, 90, 140 y 142 bis respectivamente).
Menciona la resolución, según las fuentes del Diario Pregón de La Plata informaron, que “la citada causa por expresa inquietud del colega oficiante se encuentra en trámite en su vocalía (la de Rozansky) desde hace varios meses. Asimismo días pasados, ante la urgente solicitud del mencionado en cuanto a que refrendáramos un proyecto de proveído de prueba, le hicimos saber que amén de necesitar tomar contacto con dicho expediente y proyecto, no compartíamos su idea de recibir declaraciones testimoniales a diversos testigos de la provincia de Salta, sin que para ello, y tal como lo establecen los artículos 132 y 246 del ordenamiento de rito, se efectuaran tales actos por vía de exhorto y con la debida intervención del juez feeral de la jurisdicción, más allá de que el Tribunal lo autorizara –al juez Rozanski- para su diligenciamiento”.

Apresuramiento “sin urgencia”
Es un resolución, dan cuenta los referidos Magistrados que explicaron al Juez Rozanski la necesidad de “librar un exhorto diplomático o al menos vía INTERPOL” por trámites ante las autoridades judiciales de la República de Bolivia, aclarando que la recepción de testimoniales a ciudadanos bolivianos que residen en dicho país se encuentran “más próximos a la provincia de Jujuy y no a la de Salta en la que el colega mencionó como lugar para recibir sus declaraciones”.
Señalan ambos magistrados que “el apresuramiento del juez Rozanski en adoptar medidas procesales en causas, sin la debida intervención de los suscriptos, se está tornando una constante –ver causa n° 2901 del registro del Tribunal-, circunstancia que impide en lo concreto el debido desempeño jurisdiccional de los jueces naturales que deben intervenir en la causa”.
Según los jueces, “no existe urgencia” como la alegada por el referido Magistrado, y las medida que el mismo propone serían apartadas de la Constitución Nacional, los Tratados internacionales sobre Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño, mostrando los mismos interés en que “las medidas procesales a adoptarse en el marco de la causa referida… procurando sobre todo que no se lleven a cabo actos susceptibles de ser declarados nulos”.

Inteligencia a Bertuzzi e Insaurralde
Los jueces Bertuzzi e Insaurralde, ante la Secretaria del Tribunal, María Verónica Michelli, calificaron las manifestaciones de Rozanski como “imprudentes” en torno a los horarios de entrada y salida del Tribunal, de uno de los suscriptos”, mientras que “deliberadamente, y con fines claramente descalificantes, el juez Rozanski, efectúa –una vez más- menciones sobre los horarios de entrada y salida de los jueces que integran el Tribunal”.
También señalan que el Magistrado Rozanski se dedica a descalificar la labor de sus colegas en alusión a horarios, produciendo “situaciones sumamente graves e irritativas” con sus pares.
Atribuyen Bertuzzi e Insaurralde que “alguien… se encuentra realizando, como en las mejores épocas de la dictadura, una suerte de tarea de inteligencia respecto a los movimientos de los suscriptos”, afirmando que “la misma podría estar dirigida a impedir la labor jurisdiccional que nos compete o afectar nuestra integridad física”.
Destacan a su vez que sólo se deja constancia por “las medidas oportunamente por decisión del juez Rozanski en cuanto a registrar los horarios de entrada y salida del Tribunal”, donde se anotan “sólo los ingresos del personal y funcionarios del Tribunal, omitiéndose el registro de otros, que por cierto se producen con destacada frecuencia sin registro alguno”.

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