DISTINGUIDOS AMIGOS:
les hago llegar la carta del Tcnl Alonso al Cnl Greppi.
Ambos eran mis subordinados en la Br I Mec XI. Fueron los únicos que sacaron los pies del plato en la crisis de Semana Santa, en direcciones opuestas, les puse la mayor sanción que correspondía a mi cargo.
Intercepté el radiograma de Alonso y la llamada telefónica de Greppi a Alfonsín, donde le ofrecía sus tanques, que luego no pudo mover.
A Alonso lo relevó el JEMGE.
A Greppi le puse la más baja calificación de mis 40 años de servicios. Sin embargo ascendió.
Hoy uno está libre, cuando peleaba por terminar con la judicialización de la guerra, y el otro sentenciado y defiende al autor de decreto 158/83, que lo llevó a perder la libertad.
Esas son la paradojas de las falacias que nos envuelven. El que actúa rectamente, con la verdad, nunca se arrepentirá.
FELIZ NAVIDAD,
Heriberto Auel G (R)
Sr. Coronel (R) D. Néstor Omar Greppi
Colonia Penal de Santa Rosa - U.4
Santa Rosa – La Pampa
Presente
Mi Coronel:
Me dirijo a usted con motivo de lo publicado en diversos medios de comunicación respecto a su condena a “20 años de prisión por el Tribunal Oral Federal de Santa Rosa por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en La Pampa" (La Nación, 17/11 2010; Pág.12 en el artículo "Condenan a un ex edecán de Alfonsín”), en el cual además se informa que en sus palabras finales usted manifestó: "que fue uno de los oficiales convocados para reprimir a los carapintadas".
Movido por la sorpresa y la curiosidad, amplié la investigación en medios de prensa de la Pampa, y es así como el diario La Arena, del 17/11/2010, consigna que usted expresó: “Actué en los sucesos de Semana Santa en 1987 y en los Villa Martelli en diciembre de 1988, y tuve una participación activa en Monte Caseros en enero de 1988”. Y el Diario de la Pampa (en su versión en Internet del 16/11/2010), afirma que expresó, además: “Siempre respondí a los mandos naturales, y siempre en defensa del gobierno democrático”.
Debo confesarle que nunca me imaginé que en un juicio por la supuesta violación de los “derechos humanos o delitos de lesa humanidad”, alguien pudiese alegar públicamente el mérito de haber participado en la represión de los hechos ocurridos en Semana Santa de abril de 1987 y posteriores.
Obviamente, usted comprenderá que – sin buscarlo ni desearlo – me veo involucrado por sus afirmaciones, dado que en esas circunstancias ambos nos desempeñábamos como jefes de unidad; usted como Jefe del Regimiento de Caballería de Tanques 11, en Puerto Santa Cruz, y yo como Jefe del Regimiento de Infantería Mecanizado 35, en Rospentek (próximo a Río Turbio y a 500 Km de su unidad).
Usted está en su derecho de realizar las afirmaciones públicas más arriba citadas, ya que las considera un mérito o un hecho destacado de su parte, que lo haría merecedor de un reconocimiento y que, como tal, debería ser valorado positivamente por quienes lo juzgan, ya que tienen la obligación de evaluar íntegramente sus antecedentes militares, su conducta habitual y su personalidad.
Y a eso, mi Coronel, precisamente deseo contribuir confirmando sus dichos - no puedo permanecer indiferente - y en relación a los acontecimientos relacionados específicamente con Semana Santa de 1987 y con su persona, ya que de los otros no tengo conocimiento ni testimonios de su actuación. La presente actitud no tiene otra finalidad - eventualmente – que la de ser usada en su favor en las futuras instancias de apelación, para que conste que efectivamente usted tuvo "una participación activa", con respecto a la unidad a mi mando y en el lapso en que el Regimiento de Infantería Mecanizado 35 desconoció la autoridad del Jefe del Estado Mayor (General División Héctor Ríos Ereñú, lamentablemente hoy también detenido) y de la correspondiente cadena de comando.
Al respecto, usted recordará que en mi condición de Jefe del RIMEC 35, yo emití un radiograma (16/04/1987), con destino al Comandante de la Brigada de Infantería Mecanizada XI (Nro. 197/87) y, simultáneamente, para conocimiento de todos los Jefes de Unidades de la misma, donde fijaba los fundamentos de mi actitud frente a los acontecimientos internos del Ejército, que en ese momento se estaban desarrollando. Usted fue el primero en recibirlo, porque su unidad debió retransmitirlo - por inconvenientes técnicos - al resto de los destinatarios. Entre otros fundamentos señalaba que de continuarse con la aplicación, por parte del entonces Jefe del Estado Mayor General del Ejército, del curso de acción retenido (conocido vulgarmente como la “Batalla jurídica”), “hasta su consumación total, constituiría un costo inaceptable que afectará la conservación de la fuerza, su honor, su justificación histórica, la disciplina, la obediencia confiada y la moral de los cuadros en el presente y los que se incorporen a la institución en el futuro”.
Asimismo aclaraba que para ello era necesario “instrumentar las acciones necesarias para que cese la represalia de naturaleza jurídica dirigida contra el Ejército Argentino,… por hechos de guerra en actos del servicio, en el transcurso de la guerra contra la subversión…” y además agregaba que “... el suscripto rechaza toda calificación que pretenda darse a la presente actitud, como propiciando alteración del sistema constitucional vigente”.
Al día siguiente, el 17 de abril de 1987, en horas de la noche, usted – a quien no me unía ninguna relación de dependencia - se comunicó por radio con el suscripto, advirtiéndome que si no deponía mi actitud, ejecutaría operaciones militares contra mi unidad, a lo cual le respondí que no accedería a su exigencia y que, en consecuencia, procediera como creyera conveniente, pero que mi regimiento respondería a cualquier tipo de agresión.
Años después me enteré por comentarios, que efectivamente usted ordenó alistar su unidad para desplazarse hacia Rospentek, pero por problemas con sus jefes de escuadrones subordinados no pudo ejecutar su intención. También tomé conocimiento de que usted habría sugerido o influido, entre otros, a través de sus relaciones políticas y amistades militares, para que yo fuera relevado de inmediato como Jefe de Regimiento, lo que se cumplió al día siguiente de finalizado el conflicto. Finalmente, usted habría solicitado al Comandante de Brigada que se me instruyera un sumario por rebelión o motín, en lugar de que se me sancionara con un simple arresto, como el que comencé a cumplir en Río Gallegos a partir del 20 de abril.
En consecuencia, por todo lo manifestado anteriormente, no deben quedar dudas de que usted realmente "respondió a sus mandos naturales y al estado democrático" e inclusive – en mi opinión - excediéndose en sus responsabilidades específicas.
Lamento profundamente mi Coronel, que en su persona como en la de otros cientos de Jefes y Oficiales presos y condenados, muchos de los cuales se opusieron activamente a nuestra actitud – despectivamente calificada como “carapintadas”, cuando en realidad llevaba el nombre de “Operación Dignidad” – e inclusive nos persiguieron, se haya consumado finalmente la malograda “batalla jurídica”. Desgraciadamente, el tiempo y los hechos nos han dado la razón.
Según expresaron reiteradamente numerosos legisladores nacionales de esa época y luego, con motivo de la abolición de la ley que se sancionó posteriormente a los hechos mencionados, con la actitud de mi Regimiento y de otras pocas unidades se contribuyó a que usted y los que hoy están condenados o detenidos o que fallecieron en esa condición, hayan disfrutado de la libertad a partir de Semana Santa de 1987 hasta la reapertura de las causas judiciales (17 años o más), aunque ello representó para mí y para varios de mis oficiales y suboficiales, la prisión o arrestos extensos, la pérdida de la carrera, la discriminación por parte de muchos de nuestros camaradas (que aún se mantiene) y en no pocos casos la quiebra de sus familias.
No sé si usted lo habrá advertido en esas circunstancias o años después: resulta paradójico que en el momento de los hechos descriptos y de haber sido protagonistas alejados del foco de los mismos, nadie del Regimiento 35 estaba ni ha estado involucrado en causas judiciales por la supuesta violación de los derechos humanos o por delitos de lesa humanidad.
Finalmente, le informo que trataré de hacer pública esta carta, como públicos fueron sus dichos, en la intención de que pueda serle de utilidad en las futuras instancias judiciales de apelación y así pueda llegar a quien corresponda, de forma que su conducta pueda ser evaluada integralmente.
Lo saludo muy atentamente y le deseo la mejor de las suertes en esta situación tan desagradable y difícil que le toca atravesar. Tenga la seguridad de que no le guardo ningún rencor y mucho menos en estas circunstancias. No se desaliente y tenga paciencia, desde hace décadas, nada en nuestro país es definitivo; esto no pretende ser una esperanza, sino una mera observación de la realidad y de la experiencia histórica.
(*) Enviado por Correo Argentino por ExpresoPlus (EU800618135), con Aviso de Recibo (6 Dic 2010)
Santiago Roque Alonso Tcnl (R)
Ex Jefe RIMEC 35
DNI 7.585.612
NO TERMINO DE ENTENDER PORQUE QUIENES SE OPONIAN A LA CONTINUACION DE LOS JUICIOS CONTRA LOS INTEGRANTES DEL EJERCITO Y LOS QUE ESTABAN A FAVOR (RIOS EREÑU) ESTAN PRESOS POR LOS MOTIVOS DIAMETRALMENTE OPUESTOS.COINCIDO CON EL CARAPINTADA ALDO RICO EN QUE NO FUE UN LEVANTAMIENTO CONTRA EL GOBIERNO DEMOCRATICO SINO CON LA CUPULA DEL EJERCITO QUE NO TUVO EL CORAJE DE DEFENDER A AQUELLOS QUE SE JUGARON LA VIDA PARA DEFENDER A LA PATRIA CONTRA LA SUBVERSION APATRIDA QUE BUSCABA INSTALAR UN GOBIERNO COMUNISTA EN ESTA PARTE DE AMERICA.FUE UNA GUERRA CONTRA UN EJERCITO PERFECTAMENTE ENTRENADO Y ARMADO POR POTENCIAS EXTRANJERAS,GRACIAS A DIOS,DERROTADOS POR NUESTRAS FFAA.EN LA GUERRAS SIEMPRE HAY EXCESOS Y DEBEN SER CONSIDERADAS BAJO ESA CONDICION.EL HECHO DE NEGAR ESE ESTADO DE COSAS CONVIERTE A ACTOS DE GUERRA EN DELITOS DE LESA HUMANIDAD LO QUE ADEMAS DE SER INJUSTO PERMITE QUE QUIENES FUERON DERROTADOS EN LA BATALLA SE CONVIERTAN EN VICTIMAS Y LOS TRIUNFADORES CONSIDERADOS DELINCUENTES SIN DERECHO A NADA,COMO DECIA PERON:"AL ENEMIGO NI JUSTICIA" Y A LOS VENCIDOS EN HEROES Y FUNCIONARIOS CON INDEMNIZACIONES INCLUIDAS.
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