GLORIA, HONOR Y GRATITUD
A NUESTROS HÉROES
Clausula Transitoria Primera de la Constitución Nacional: La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.
La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.
PERONISMO POPULAR REPUBLICANO EN EL
PARTIDO PERONISTA DE MAR DEL PLATA
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