Día 1:
Pinche: Doctor,
¿podemos hablar una causa?
Juez: Sí, decime.
Pinche: Es un
rebelde, que se abrió de nuevo. Un tipo que en el 2006 estafó un montón de
gente, vendiendo propiedades con títulos truchos y con un falso nombre. Estuvo
rebelde desde marzo de 2007, que lo llamaron a indagatoria. Apareció ahora.
¿Cómo podemos engancharlo?
Juez: No, no se
puede. Yo entiendo tu entusiasmo juvenil, a mí me pasó lo mismo cuando entré.
Pero pensalo bien: fue hace seis años el hecho. ¡Seis años! ¿Qué prueba podemos
hacer ahora? Preparame un sobreseimiento.
Pinche: Pero,
doctor, el verdadero nombre del tipo fue descubierto. ¡Hay posibles testigos!
Juez: Sí, pero
escuchame: ¿qué valor puede tener una declaración ahora, seis años después? El
tipo no se acuerda nada, no se puede acordar. Los testigos no nos pueden decir
nada, al menos nada contundente, como para procesarlo. Así que sobreseelo.
Pinche: Sí,
doctor.
Día 2:
Pinche: Doctor,
ahora que se legalizó el femicidio, ¿podemos cambiar la calificación legal de
la causa M. P. y acusarlo de femicidio al tipo este, así se come más años
adentro?
Juez: No, hijo,
no se puede. Cuando M. P. cometió el hecho, era homicidio simple, no femicidio.
No podemos acusarlo ahora de femicidio. La ley penal no es retroactiva. Sólo
puede ser retroactiva in bonam partem, es decir, para bien del imputado.
Pinche: Ah... No
sabía. ¡Gracias!
Día 3:
Pinche: Doctor,
¿por qué le pusieron pena condicional a F. S.? El tipo condujo borracho,
superando la velocidad máxima y cruzó en rojo. ¿Quién le devuelve a la familia
de D. S. la vida de su hjio ahora? ¡Y F. S. sale libre por la otra puerta!
Juez: Yo entiendo
tu enojo, pero no podés guiarte por los criterios de un carnicero, o un
quiosquero. Acá no hacemos venganza de nadie, no concedemos revancha a nadie.
¿Entendés?
Pinche: Sí, pero
si el delito tiene tantos años de prisión en el código, ¿por qué no se le
aplican ahora? ¿Por qué la condena es condicional?
Juez: Porque el
fin de la pena es la resocialización del imputado, hijo.
Pinche:
¿"Resocialización"? ¿No lo mandamos a la cárcel para castigarlo
nomás?
Juez:
¿"Castigar"? ¡No! Nosotros no castigamos. Castigaban los fascistas,
los medievales. Nosotros "resocializamos". Siempre tenés que tener en
cuenta eso. El imputado, en este caso, es un tipo que vive en la sociedad, está
insertado. Si lo metés en la cárcel, ahí se va a "des-socializar". Se
va a volver un marginal. Por eso, lo condenaron a dos años de prisión, pero es
"condicional". No los cumple efectivamente, siempre y cuando no se
mande una macana.
Pinche: Ahh...
claro. Gracias.
Día 4:
Pinche: Doctor,
entró la excarcelación, ¿vio?
Juez: Sí, acá la
tengo. El fiscal dice que se tiene que quedar adentro el imputado. ¡Ja, qué
gracioso! No sabe nada de derecho el fiscal.
Pinche: ¿Por qué?
Juez: Mirá,
aprendé. El fiscal dice que B. T. tiene que estar preso durante el proceso,
basándose en que el hecho que cometió fue violento. Sin embargo, el criterio no
debe ser ese. El criterio tiene que ser si B. T. puede o no entorpecer el
proceso, o escaparse. En este caso, mal que le pese al fiscal, B. T. tiene
domicilio fijo y un trabajo estable. Así que hay que excarcelarlo.
Pinche: Pero,
doctor, ¡el tipo entró a robar con un revólver, le pegó un tiro a una viejita y
se escapó! Si no se chocaba contra al farol no lo agarraban.
Juez: Bueno, pero
que se escape es normal. Por fugarse no lo podemos castigar. Lo que está claro
es que no hay riesgo de que entorpezca la causa. Por eso lo voy a liberar.
¿Entendés?
Pinche (dudando):
Creo que sí....
Día 5:
Pinche: Doctor,
ayer lo condenaron al General J. T., ¿vio?
Juez: Sí. Gran
juicio, gran actuación del tribunal.
Pinche: Lo que yo
no entiendo, doctor, es cómo probaron los hechos.
Juez: Es simple.
Hubo dos testigos que vieron al General J. T. torturando a la víctima.
Pinche: ¿Pero eso
no fue hace más de treinta años?
Juez: Sí.
Pinche: ¿Y
declararon ahora?
Juez: Sí.
Pinche: ¿No era
que no valía? ¿No era que no se acordaban los testigos? Me hizo sobreseer al
estafador porque los testigos eran de hacía seis años, ¡pero en eso se puede
condenar con testigos de hace treinta años!
Juez: Ehmm...
Pinche: ¿Cómo se
explica eso, doctor? No entiendo.
Juez: Mmmm....
Pinche: ¡Podría
haber enganchado al estafador!
Juez: No creo...
¿Sabés qué pasa?
Pinche: ¿Qué?
Juez: Son delitos
de lesa humanidad.
Pinche: ¿Qué?
Juez: Delitos de
lesa humanidad.
Pinche: ¿Qué es
eso?
Juez (suspira):
Otro día te lo explico.
Día 6:
Pinche: Doctor,
¿me explica los delitos de lesa humanidad?
Juez: Tengo poco
tiempo ahora. Te lo digo rápido: son los delitos más graves que existen. Los
hacen los militares, por pura maldad.
Pinche: ¿Y de
dónde salen?
Juez: En la
Argentina, los tenemos por el Estatuto de Roma, fundamentalmente. Acordate que
desde 1994 los tratados de derechos humanos tienen rango constitucional.
Pinche: Pero hay
algo que no entiendo. Usted me dijo la otra vez que la ley penal no se podía
aplicar retroactivamente. ¿De qué año es el Estatuto de Roma?
Juez: 1998.
Pinche: ¿Y cómo
puede aplicarse a hechos cometidos en el 70?
Juez: Ehm....
Porque son delitos de lesa humanidad.
Pinche: ¡Con eso
no me dice nada!
Juez: Creeme,
pibe: con eso te digo todo.
Día 7:
Pinche: Doctor,
ayer le dieron cadena perpetua al General V. R. ¿Lo vio?
Juez: Sí.
Impecable el juicio.
Pinche: Pero hay
algo que no entiendo. El General V. R. tiene 72 años. ¿Para qué lo
encarcelamos? ¿No era que los metíamos en la cárcel para resocializarlos?
Juez: Ehmm... Sí,
claro.
Pinche: ¿Y cómo
lo resocializás al General V. R. metiéndolo en cana? Vivía con la mujer, en su
barrio, tranquilo. Los vecinos dicen que era buen vecino. ¡Estaba inserto! Como
el tipo que conducía borracho y le dieron pena condicional.
Juez: Sí, es
cierto. Pero no te olvides que la pena también puede... cómo decirlo... servir
de castigo, o algo así.
Pinche: ¿Castigo?
¿No era que eso lo hacían los fascistas y los medievales, doctor?
Juez: No... a
ver. Cómo explicártelo....
(silencio)
Juez: La sociedad
pide una condena para esta gente. Esta gente persiguió sistemáticamente a
sectores de la sociedad, desapareciendo gente, torturando, haciendo cosas
horribles. La gente nos pide que los encarcelemos.
Pinche: ¿El
carnicero? ¿El quiosquero?
Juez (pensativo):
Quizás ellos no. Pero sí el universitario.
Pinche: Pero, ¿no
era que el derecho penal no es venganza ni satisfacción?
(silencio)
Juez: Si son
delitos de lesa humanidad, la pena es para el castigo y la venganza. Ahí está.
¿Entendés?
Pinche: Voy
entendiendo...
Día 8:
Pinche: Doctor,
¿por qué el Suboficial F. M. está preso hace cuatro años, sin condena?
Juez: Porque
tiene una causa en trámite, hombre.
Pinche: Pero
nosotros si tenemos a un tipo cuatro años en cana sin condena lo hubiéramos
liberado hace tiempo.
Juez: Sí...
Pinche: Usted me
enseñó que el criterio era si el tipo podía escaparse o entorpecer la
investigación. ¿No es cierto?
Juez: Claro...
Pinche: Y bien...
El Suboficial F. M., retirado hace diez años, ¿cómo puede entorpecer el
proceso?
Juez: Bueno, no
sé. Habrá que ver por qué el juez no le dio la excarcelación. Supongo que tiene
motivos.
Pinche: Pero,
¿qué motivos podría tener?
Juez: Lo que se
supone, es que, como se lo acusa de un delito de lesa humanidad, al ser tan
alta la pena, va a intentar escaparse. Por eso se lo deja adentro.
Pinche: Pero...
¿y si es inocente?
Juez: Mmm...
Pinche: ¿No tiene
derecho a que su situación se resuelva rápido?
Juez: Mmm... no
te olvides que es lesa humanidad.
Pinche: Sí. Ya
entiendo. NO TIENEN DERECHO A NADA.
Dedicado a todos los soldados presos por defender la Patria
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