jueves, 22 de noviembre de 2012

DECIR A ALGUIEN NAZI O FACHO ES UN ELOGIO, SEGÚN LA CORTE SUPREMA




Fuente: Diario Judicial
La Corte Suprema revocó parcialmente un fallo de Cámara que consideró lesivos al honor de un ex Fiscal el calificativo de "nazi" por parte del ex periodista y agente de la SIDE Guillermo Cherasny. Para la Corte existía “una lamentable costumbre” por la que “se califica rápidamente de fascista (“facho”), por lo que "es mejor para la democracia tolerar ese exceso que caer en el contrario".

La Corte Suprema de Justicia admitió parcialmente el recurso del periodista Guillermo Cherasny, contra el fallo de Cámara que lo condenó –a él, a Chiche Gelblung y a dos ex diputados- a indemnizar por daño moral al ex Fiscal Norberto Quantín, por la difusión de escuchas telefónicas y la calificación de nazista del ex funcionario. La sentencia impugnada fue revocada sólo con relación a la valoración de los dichos de Cherasny como lesivos al honor del actor.

La decisión fue tomada por los Ministros Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, quienes indicaron que “los dichos de Cherasny pueden haber incurrido en una gran hipérbole, pero –en ese caso- no traducen sino una lamentable costumbre, según la cuál, se califica rápidamente de fascista (facho), comunista (bolche) o trotskista (trotsko) a quienes demuestran inclinaciones derechistas o izquierdistas, según el caso, pero se hallan muy lejos de esos extremos del arco ideológico”.

“De todos modos, es mejor para la vida democrática tolerar ese exceso que caer en el contrario, que consistiría en convertir a los jueces en especialistas en ciencia política, que –biblioteca en mano- deberían pronunciarse sobre la exactitud de las calificaciones políticas que los participantes en el debate social se enrostran mutuamente”, puntualizó el Máximo Tribunal.

La causa tuvo origen en la demanda por daños que promovió Norberto Julio Quantín, quien al momento de deducir la acción era Fiscal ante la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, contra los periodistas Samuel “Chiche” Gelblung y Guillermo Cherasny, y los ex diputados Jorge Benedetti y Eliseo Roselló.

El demandante accionó judicialmente a raíz de la difusión en los medios de comunicación de grabaciones de conversaciones telefónicas que él había sostenido. Sostuvo que tal difusión lesionó sus derechos personalísimos y, también, se quejó por supuestas acusaciones de antisemitismo y nazismo formuladas por Guillermo Cherasny, en el marco del programa radial de Chiche Gelblung.

El juez de grado condenó a los ex diputados al pago de 60.000 pesos y a los periodistas al pago de 20.000 pesos, en ambos casos, por daño moral. Apelada esa sentencia, la Sala F de la Cámara Civil confirmó la decisión y elevó la condena a 100.000 pesos a cargo de los ex legisladores y 30.000 pesos a cargo de Gelblung y Cherasny. Este fallo fue recurrido ante la Corte por Benedetti y Cherasny. No obstante, el recurso de Benedetti se declaró mal concedido, por lo que sólo subsistió la impugnación del periodista.

Primero, el Alto Tribunal sostuvo que Guillermo Cherasny había introducido en forma tardía dos planteos: por un lado, el relativo al secreto de las fuentes de información periodística, y por otro, el atinente a que las escuchas, más allá de ser ilegítimas, podían utilizarse como información periodística. No obstante, la Corte consideró que sí era procedente la impugnación del demandado con relación a sus dichos sobre el actor, a quien había calificado como “nazi confeso”.

Los Ministros, tras citar numerosos precedentes propios y, también, de tribunales internacionales, explicaron que “el estándar de la real malicia resulta inaplicable a los supuestos de expresión de ideas, opiniones y juicios de valor”, pues “sólo cuando se trata de la afirmación de hechos es posible sostener un deber de veracidad”. “Respecto de las ideas, opiniones, juicios de valor, juicios hipotéticos o conjeturales no es posible predicar verdad o falsedad”, puntualizaron.

Las opiniones de Cherasny sobre la ideología de Quantín fueron “muy generales” y no le imputaron “ningún hecho ilícito concreto al fiscal”, afirmó el Máximo Tribunal, y no pueden someterse “al test de veracidad, por cuanto se limitan a adjudicarle determinada ideología”. Además, “las expresiones de Cherasny tampoco pueden ser encuadradas como insulto o vejación gratuita o injustificada”, agregaron los magistrados.

La sentencia de la Corte, también, aclaró que la jueza Elena Highton dejaba a salvo su opinión respecto de que “no se configura en el caso un interés público imperativo que justifique la imposición de sanciones para el autor del juicio de valor”.

En consecuencia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió admitir parcialmente el recurso de Guillermo Cherasny, “en punto a que los dichos de Cherasny merecen protección constitucional”, por lo que las actuaciones fueron reenviadas al tribunal de origen para el dictado de un nuevo pronunciamiento acorde a lo resuelto en esta instancia superior.

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