miércoles, 3 de noviembre de 2010

LA JUSTICIA DE EE.UU. DESESTIMÓ EL PEDIDO DE EXTRADICIÓN DEL CAPITÁN DE FRAGATA ROBERTO BRAVO

Roberto Guillermo Bravo-foto decada 1970

La Justicia de los Estados Unidos de Norteamérica desestimó el pedido de extradición del Teniente de Fragata (R ) Roberto Bravo. El pedido había sido formulado por el Gobierno de Argentina, e impulsado por la Secretaría de Derechos Humanos, en la causa iniciada por hechos acaecidos en la Base Naval “Comandante Espora” de Trelew.

En el pedido de extradición se alegaba por la Argentina la comisión de delitos de Lesa Humanidad.

Sin embargo, después de un exhaustivo análisis de las pruebas presentadas por las partes, se dictaminó el fallo precedente.

La información fue suministrada a la Agencia Associated Press y transmitida a los medios de comunicación argentinos e internacionales.

Cabe destacar  que el requerimiento de extradición fue rechazado por considerarse que el acusado no estaba incurso en actos criminales. Por lo expuesto, ha quedado libre de culpa y cargo disponiendo de su entera libertad.

TODOS RESPONSABLES DE TODO

Roberto Guillermo Bravo era sindicado como alguien que recorrió los calabozos para dar un tiro de gracia a las víctimas. Bravo se encuentra radicado en Estados Unidos desde los años ’70.

Su extradición había solicitada por el juez federal de Rawson, Hugo Sastre. El 19 de febrero de 2008, tras la orden de detención. El juzgado de Rawson tardó diez meses para traducir las pruebas. El pedido de extradición se presentó ante el Departamento de Estado de EEUU, y a pedido de un juez de Florida se enviaron las huellas dactilares del marino.

Ayer fue detenido y hoy probablemente se sepa si la Justicia le concede la posibilidad de pagar una fianza para permanecer en libertad durante el proceso de extradición, que podría durar varios meses, sobre todo porque Bravo tiene ciudadanía norteamericana.

En la causa son imputados los capitanes Luis Emilio Sosa y Emilio Jorge del Real y el cabo Carlos Marandino, y como cómplices necesarios el contraalmirante Horacio Mayorga, enviado por el gobierno de Alejandro Lanusse tras la fuga del penal de Rawson, y el jefe de la base Zar, capitán Rubén Paccagnini. El responsable del sumario interno que hizo alusión al intento de fuga, capitán Jorge Bautista, es juzgado por encubrimiento, porque el Gobierno actual de Argentina afirma que no hubo ningún intento de fuga.

Sin embargo, Bravo es también señalado como autor de 16 asesinatos de 16 personas, y el razonamiento consecuente es que todos han asesinado al mismo tiempo a todos los presos, descartando la versión difundida y documentada de que hubo una fuga de los detenidos.

SIN PRUEBAS SUFICIENTES

El juez de la corte federal de Miami, Robert Dubé, negó la extradición porque el Gobierno argentino “no presentó suficientes pruebas que justifiquen la extradición”.

Dube consideró también que Bravo quedó absuelto por una investigación militar realizada en Argentina en su momento, y que el ex militar demostró en su defensa que las acusaciones en su contra implican la atribución de un delito político. Además expresó que los testimonios de Berger, Haidar y Camps (los tres únicos sobrevivientes de los hechos) que fueron presentados para avalar la extradición no son “creíbles ni confiables”, y que la evidencia de la defensa era buena.

Dubé afirmó que “la extradición está legalmente prohibida” en este caso porque “los crímenes que se le imputan a Bravo constituyen ofensas políticas”. El artículo 4 del Tratado de Extradición en vigor entre EE.UU. y la Argentina prohíbe una extradición cuando se trata de ese tipo de delitos.

El argumento esclarece la condición de presos políticos de muchos detenidos por causas de Lesa Humanidad en la Argentina, quienes son perseguidos y condenados no por la comisión de un delito en particular, sino por la ocupación de un cargo o un pensamiento ideológico en particular.

CAUSA POLÍTICA

En el fallo, Dubé explicó que los testimonios de los tres sobrevivientes “requieren más investigación porque pueden haber formado parte de un operativo de propaganda guerrillera”, argumento que hace caer la veracidad de testimonios que no tienen sustento en documentos y otras pruebas más que el testimonio de personas que tienen manifiesta enemistad pública con los acusados, cayendo así la fuerza de su testimonio.

Berger, Haidar y Camps acusaron a Bravo de haber ejecutados a sangre fría a sus compañeros, y desmienten la versión de que estaban tratando de escaparse. Dubé utilizó las declaraciones de uno de los testigos de la defensa, el profesor Jon Perdue, del Fondo para los Estudios Americanos de Washington.

Durante la audiencia de extradición, Perdue recordó que los tres sobrevivientes “eran guerrilleros del ERP”, para justificar sus dudas sobre los tres sobrevivientes.

El tribunal concluyó que "la evidencia de la investigación militar completa y la absolución, el decreto presidencial número 425, así como la evidencia y el testimonio sobre la aplicación de la ley de amnistía 20.508 son todos relevantes y admisibles".

El abogado defensor de Bravo, Neal Sonnett, explicó a Clarín que incluso si hubiera habido suficiente evidencia para probar que su cliente cometió un delito, el juez Dube no hubiera otorgado la extradición porque en su dictamen habló de una “ofensa política”.

La negativa de extradición de un guerrillero chileno al vecino país por el Ejecutivo Nacional, quien había asesinado a un senador, cuando la Corte de Justicia de la Nación lo había ordenado, es un precedente similar a la negativa de Estados Unidos a la extradición. La conducta política y diplomática de Argentina impone la reciprocidad y el mismo manejo en otras causas donde es la Argentina la que reclama extradición.

“Esto quiere decir que hubo una base política para la acción”, dijo Sonnett agregando que el juez Dube cree que lo que ocurrió en Trelew no fue una masacre como afirma el Gobierno argentino “sino que Bravo actuó en defensa propia”. Un tribunal militar había exonerado a Bravo durante el gobierno del teniente general Agustín Lanusse afirmando exactamente lo mismo.

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