domingo, 14 de febrero de 2016

ABOGADOS SOLICITARON CESE LA ESTRUCTURA DE DOBLE ACUSACIÓN ESTATAL EN JUICIOS DE “LESA HUMANIDAD”



Los Dres. Hernán Guillermo Vidal y Eduardo S. San Emeterio solicitaron al Ministro de Justicia y Derechos Humanos dela Nación, Germán Carlos Garavano que se revoquen los mandatos al equipo de letrados militantes que actúan en juicios de lesa humanidad.

LETRADOS MILITANTES
Los letrados expresaron en su escrito que durante el gobierno kirchnerista fue creado en la órbita de la Secretaría de DD.HH. del Ministerio de Justicia, “un equipo de letrados militantes… a fin de que estos actuaran en representación de ese órgano como querellantes particulares en los llamados juicios de lesa humanidad, siguiendo su ideología”, lo cual califican de inconstitucional.
Continúan su escrito manifestado que dicho “equipo de abogados militantes, fue creado durante la gestión del entonces Secretario de DD.HH., letrado Eduardo Luis Duhalde… siendo secundado por la Dra. Ana María Figueroa, quién detentó el cargo de Coordinadora Jurídica”, los cuales “organizaron y comandaron el equipo de letrados militantes que actuaron y todavía aún hoy actúan en los mal llamados juicios de lesa humanidad, los que no son ni más ni menos que asimétricos juicios políticos, donde se ejerce la lesa venganza”.
Afirman que los integrantes de dicho equipo de abogados accedieron al mismo “sin ningún tipo de concurso público de oposición y antecedentes para desempeñar tal cometido, a lo que se le debe adicionar que no existe norma vigente alguna, ya sea de orden procesal, o emergente de la CN o de la CADH o del PIDC y P, que autorice a que el Estado Nacional -a través de un órgano del Poder Ejecutivo, como lo es la Secretaría de DD.HH. de la Nación-, ejerza una doble persecución penal, persecución que es pertenencia exclusiva del Ministerio Publico Fiscal de la Nación (arts. 120 CN y 5 y 65 del CPPN, y Ley 24.946 -normas que el Sr. Ministro conoce perfectamente-), y que de ese modo se viole la igualdad de armas en el proceso penal y se desequilibre la balanza” de la Justicia.

QUERELLANTES ANTIJURÍDICOS
Los presentantes sostienen que “a la fecha letrados de la Secretaría de DD.HH. se encuentran actuando como letrados querellantes en representación de ese órgano, lo que legalmente no está acordado por los arts. 82 y 82 bis del CPPN, ya que un órgano del Estado como lo es la Secretaria de DD.HH de ese Ministerio, no está habilitada legalmente en modo alguno para actuar en esa contingencia”.
Asimismo consignan que “mal puede un órgano perteneciente al poder ejecutivo como lo es la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, pretender irrogarse facultades que son propias del Ministerio Público, que es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, y que tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad. Lo que no incluye intereses militantes, ni ideológicos de ningún tipo”.
Continúan su presentación afirmando que “no es función del Estado alentar, fomentar o propiciar la venganza ideológica de cualquier tipo o tendencia”, de modo que si desde el Ministerio se permite que tal equipo de abogados siga “actuando de manera inconstitucional como querellantes particulares en procesos de lesa humanidad, se seguirá fomentando la usurpación de misiones y funciones que son resorte exclusivo del Ministerio Público, al igual que se dilapidan los escasos fondos, que con mucho esfuerzo oblan los ciudadanos contribuyentes, para satisfacer otras necesidades básicas del pueblo”.

REVOCACIÓN DE MANDATOS
Concluyen solicitando “con premura, que el Sr. Ministro, arbitre los medios necesarios, a fin de que por intermedio de su Secretario de DD.HH., se proceda a revocar todos los poderes otorgados a los letrados militantes, para actuar como querellantes en representación de ese Ministerio. Y de ese modo cese su inconstitucional intervención como letrados querellantes particulares (ya que el CPPN no prevé querellantes estatales), en los juicios de lesa humanidad, como lo son Dres. Santiago BERECIARTÚA, Nadia SCHUJMAN, Ana OBERLIN, Lucas CIARNELO y Carolina IBAÑEZ, CAUSA N° 76000007/2011, “PATTI, LUIS ABELARDO, Y OTROS S/ HOMICIDIO AGRAVADO”, perteneciente al registro del TOCF de Rosario N° 2. Al igual que el letrado Daniel Domínguez Henain y su equipo quién actúa en la causa n° 870/12, “Sr. Procurador Fiscal solicita formación de causa por delitos de lesa humanidad”, del registro del TOCF de Corrientes”.
Denuncian que también “numerosos letrados de la Secretaria de DD.HH. de la Nación, perteneciente a ese Ministerio, están actuando actualmente ante los Tribunales Orales Federales de San Salvador de Jujuy, Mendoza, y en muchas otras jurisdicciones, a quienes al igual que los señalados en el párrafo precedente, también expresamente peticionamos que se les revoquen los poderes otorgados”.

Como colofón y a la vez fundamento, citan las “palabras del Excmo. Señor Presidente de la Nación, de todos los Argentinos, Ing. Mauricio Macri, quien tanto sea en su campaña presidencial, como ejerciendo ahora su mandato constitucional, ha dicho que él quiere una justicia independiente, imparcial, eficiente, no militante, y que la gestión del ejecutivo a su digno cargo va a ser transparente. Ha dicho, también que se va a respetar en todo la igualdad ante la ley y la seguridad jurídica. Y además que no iba a tolerar el despilfarro de los dineros públicos en funciones que no eran propias. Ello, al igual que ha expresado que su con la lucha contra la corrupción va a ser tenaz y sin cuartel, y que no habrá excepción alguna a ese respecto”.-

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los mensajes son moderados antes de su publicación. No se publican improperios. Escriba con respeto, aunque disienta, y será publicado y respondido su comentario. Modérese Usted mismo, y su aporte será publicado.